CONV. AYUDAS SECTOR VACUNO DEMARCACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA MANTEQUILLA DE SORIA

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES417 - Soria. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 30.000,00 €. Inicio: 17/10/2026. Plazo: Fin: 16/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Certificado de la actividad económica (CNAE-014 del beneficiario).
  • Fotocopia de N.I.F./C.I.F. del beneficiario.
  • Listado oficial de animales de la explotación en el que pueda acreditarse el número de vacas en producción computables a efectos de la subvención mediante documentación oficial expedida durante el plazo de presentación de solicitudes (IRMA).
  • Certificado de la entrega de leche a la D.O.P.
  • Certificado de inscripción en la D.O.P. de la ganadería.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria.
  • Certificados de estar al corriente de pagos en Hacienda y Seguridad Social.
  • Anexo II. Se admitirá una única solicitud por beneficiario en la que se incluyan todos los gastos subvencionables. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se admitirán a trámite y se procederá al archivo de la instancia de solicitud. n0067662620d0f1513407ea2550a0e02D
  • NOVENA.- FASE DE RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE. El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será el establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El vencimiento de dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa legitimará a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo previsto en la citada Ley. La valoración de las solicitudes la realizarán los Servicios Técnicos de la Corporación, quienes emitirán informe técnico sobre el cumplimiento de los requisitos y la propuesta de subvención correspondiente a cada expediente. En el supuesto de que las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos superen el crédito presupuestario de la partida, se podrá aplicar una reducción proporcional de los importes aplicando un coeficiente reductor igual al cociente entre el crédito disponible n0067662620d0f1513407ea2550a0e02D
  • DUODÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN Y PLAZOS. Para la justificación de la subvención, el beneficiario deberá cumplimentar y remitir a esta Diputación Provincial el Anexo III hasta el 15 de febrero de 2027, inclusive, con la
  • Facturas y documentos bancarios probatorios de gastos y pagos. Solo se considerarán válidas las facturas y pagos cuyas fechas estén comprendidas entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de diciembre de 2026, ambos inclusive. La justificación de pago debe realiz arse mediante transferencia bancaria o domiciliación en cuenta.
  • En el caso de Ayudas a la adecuación de infraestructuras y material de control y seguimiento para el manejo del ganado, deberá aportarse memoria descriptiva.
  • En el caso de adquisición de ganado se deberá aportar copia de la carta de origen y certificado de registro genealógico.
  • Cualquier otra documentación acreditativa que la Diputación Provincial de Soria estime necesaria para la comprobación del cumplimiento de las condiciones de concesión de la subvención pudiendo solicitarse en cualquier momento antes del abono de la misma. Una vez recibida la totalidad de la documentación y encontrada correcta, el Servicio instructor de Diputación Provincial de Soria emitirá el correspondiente informe. n0067662620d0f1513407ea2550a0e02D
  • - La subvención se pagará previa justificación. Si la justificación se realiza por importe inferior al gasto subvencionable tenido en cuenta para determinar la subvención, se abonará la cuantía que corresponda de acuerdo con el porcentaje de subvención concedido y el gasto correctamente justificado.
  • - Si se comprueba la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada, se pondrá en conocimiento del beneficiario, concediéndole un plazo de diez días para su corrección. Transcurrido dicho plazo, si persisten los defectos, se procederá conforme a lo establecido en la normativa reguladora de subvenciones y en las presentes bases. El pago requerirá el informe favorable del Servicio Agropecuario y fiscalización favorable de la Intervención de la Diputación de Soria.
  • Serán penalizadas en un 30 % de la subvención concedida las entidades que presenten la documentación justificativa fuera del plazo establecido, con carácter previo al requerimiento extraordinario de justificación.
  • Serán penalizadas en un 40 % de la subvención concedida aquellas entidades que, finalizado el plazo de justificación sin que hayan presentado la documentación justificativa, hayan tenido que ser requeridas extraordinariamente para que, en un plazo adicional, aporten la documentación justificativa de la subvención otorgada.
  • La falta de presentación de la documentación justificativa dentro del plazo adicional concedido dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención y, en su caso, al reintegro de las cantidades que hubieran sido percibidas, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran corresponder.
  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Serán subvencionables los siguientes gastos:
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Adquisición de ganado.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Gastos de alimentación.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Gastos veterinarios (excepto gastos de inseminación).
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Ayudas a la adecuación de infraestructuras y material de control y seguimiento para el manejo del ganado. La cuantía de la subvención no sobrepasará el 50 % del gasto subvencionable hasta alcanzar una cuantía máxima de 365 euros por vaca en producción. A efectos del cálculo del límite máximo de la subvención, se computarán exclusivamente las vacas en producción de la explotación beneficiaria que consten acreditadas mediante la documentación oficial correspondiente. n0067662620d0f1513407ea2550a0e02D
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    SERVICIOS AGROPECUARIOS C/Caballeros, 17 Soria www.dipsoria.es 42002 975101013 Los gastos objeto de subvención deberán haberse realizado y efectivamente pagado dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de diciembre de 2026, ambos inclusive. Todas las cuantías indicadas se entienden como máximas y podrán ser objeto de ajuste en función del cumplimiento del objetivo de la convocatoria establecido en la cláusula primera, así como en caso de que se supere la dotación presupuestaria. En este último supuesto, se aplicará una reducción proporcional mediante un coeficiente reductor calculado como el cociente entre el crédito disponible y el total inicialmente propuesto, hasta ajustarse a los límites económicos establecidos en la convocatoria. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) no tendrá, en ningún caso, la consideración de gasto subvencionable. A efectos del cálculo de la subvención, se tendrá en cuenta exclusivamente la base imponible de las facturas correspondientes a los gastos subvencionables.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Certificado de la actividad económica (CNAE-014 del beneficiario).
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Fotocopia de N.I.F./C.I.F. del beneficiario.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Listado oficial de animales de la explotación en el que pueda acreditarse el número de vacas en producción computables a efectos de la subvención mediante documentación oficial expedida durante el plazo de presentación de solicitudes (IRMA).
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Certificado de la entrega de leche a la D.O.P.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Certificado de inscripción en la D.O.P. de la ganadería.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Certificado de titularidad de cuenta bancaria.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Certificados de estar al corriente de pagos en Hacienda y Seguridad Social.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Anexo II. Se admitirá una única solicitud por beneficiario en la que se incluyan todos los gastos subvencionables. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se admitirán a trámite y se procederá al archivo de la instancia de solicitud. n0067662620d0f1513407ea2550a0e02D
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Facturas y documentos bancarios probatorios de gastos y pagos. Solo se considerarán válidas las facturas y pagos cuyas fechas estén comprendidas entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de diciembre de 2026, ambos inclusive. La justificación de pago debe realiz arse mediante transferencia bancaria o domiciliación en cuenta.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    En el caso de Ayudas a la adecuación de infraestructuras y material de control y seguimiento para el manejo del ganado, deberá aportarse memoria descriptiva.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    En el caso de adquisición de ganado se deberá aportar copia de la carta de origen y certificado de registro genealógico.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    Cualquier otra documentación acreditativa que la Diputación Provincial de Soria estime necesaria para la comprobación del cumplimiento de las condiciones de concesión de la subvención pudiendo solicitarse en cualquier momento antes del abono de la misma. Una vez recibida la totalidad de la documentación y encontrada correcta, el Servicio instructor de Diputación Provincial de Soria emitirá el correspondiente informe. n0067662620d0f1513407ea2550a0e02D
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    SERVICIOS AGROPECUARIOS C/Caballeros, 17 Soria www.dipsoria.es 42002 975101013 Procederá una modificación de la cuantía de la subvención aprobada inicialmente cuando se alteren las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, sin que en ningún caso dicha modificación pueda suponer un incremento de la cuantía de la subvención concedida ni la alteración de su finalidad. En caso de diferencia negativa entre los gastos elegibles que sirvieron para fijar la cuantía de la subvención y los gastos justificados, procederá una minoración proporcional de la subvención.
  • CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA. · eligible
    - La subvención se pagará previa justificación. Si la justificación se realiza por importe inferior al gasto subvencionable tenido en cuenta para determinar la subvención, se abonará la cuantía que corresponda de acuerdo con el porcentaje de subvención concedido y el gasto correctamente justificado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación