Contrato Programa 2026 con el Consejo Comarcal del Segrià, en materia de servicios sociales y otros programas relativos…

Título oficial: Contrato Programa 2026 con el Consejo Comarcal del Segrià, en materia de servicios sociales y otros programas relativos al bienestar social

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT DE DRETS SOCIALS I INCLUSIÓ.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 537.294,27 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cuenta justificativa, en formato html, sin aportación de los comprobantes de gasto, según los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones, modificada por la ORDEN VEH/79/2020, de 9 de junio. A efectos de los gastos incluidos en la cuenta
  • Declaración de responsable de la persona titular de la intervención o secretaría- intervención, de acuerdo con el modelo facilitado por el DSI que tendrá que cumplir con el contenido mínimo establecido en la Nota 01/2022 de la Intervención General sobre la justificación de las subvenciones otorgadas a los entes locales mediante certificado del interventor.
  • Memoria justificativa de la actividad realizada y de los resultados obtenidos, que acredite que se han cumplido el objeto y la finalidad de la subvención, de acuerdo con el modelo facilitado por el DSI.
  • Declaración responsable de IVA, única para todas las fichas objeto de justificación, firmada electrónicamente por el interventor del ente local.
  • Certificado acreditativo de la ejecución de las actividades subvencionadas firmado por el secretario/a del ente local. Para la justificación de la actividad habrá que informar los indicadores y las variables correspondientes (cumplimentar los datos adecuadamente), que se incluyen en la aplicación lSocial.
  • Son gastos subvencionables los que constan en anexo para cada una de las líneas otorgadas. Se puede subcontratar con terceros la actividad subvencionada con un máximo del 50% del coste de la acción. En ningún caso se pueden subcontratar actividades que aumenten el coste de la actividad objeto de la ayuda y no aporten un valor añadido a su contenido. En caso de que la ficha específica lo indique, se podrá subcontratar el 100% de la actividad objeto de la subvención. La subcontratación se tiene que ajustar a los artículos 29 y 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y al artículo 68 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. De acuerdo con el artículo 29.3 de la Ley 38/2003, no puede subcontratarse con personas
  • Que tengan vinculación con el beneficiario, a menos que la contratación se realice con las condiciones de mercado y con autorización previa.
  • Que hayan sido condenadas por sentencia firme por delitos de corrupción, soborno o tráfico de influencias.
  • Que estén inhabilitadas para obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social.
  • Esta subvención es compatible con la subvención de otros entes destinada a la financiación parcial de los proyectos de la acción subvencionada, sin que la suma de estas pueda superar el coste total del proyecto financiado. El ente local beneficiario tiene que comunicar al DSI las ayudas, los ingresos o los recursos que financien la actividad subvencionada, obtenidos o solicitados de otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, con la presentación de la solicitud de subvención.
  • El ente local beneficiario tiene que proporcionar en todo momento la información que les sea requerida respecto de la subvención concedida y someterse a las actuaciones de comprobación y control del órgano instructor, de la Intervención General de la Generalitat de Catalunya, de la Sindicatura de Comptes y de otros órganos competentes de acuerdo con la normativa aplicable.
  • El ente local beneficiario tiene que cumplir las obligaciones recogidas en los artículos 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS) y 90 bis letras c) y d), 92 bis y 95 del TRLFPC y, adherirse a los principios éticos y reglas de conducta en las cuales tienen que adecuar su actividad, que se recogen en el anexo de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 55.2 de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • El gasto mínimo, realizado y justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplidos el objeto y la finalidad de la ayuda es del 50% del coste de la actividad. Si la ejecución del presupuesto presentado es inferior a este porcentaje, se tendrá que incoar un expediente de revocación total de la subvención otorgada.
  • El Departament de Drets Socials i Inclusió, de conformidad con lo que establece el
  • Observar los principios, las normas y los cánones éticos propios de las actividades, los oficios y/o las profesiones correspondientes a la actividad objeto de subvención o ayuda pública.
  • No realizar acciones que pongan en riesgo el interés público.
  • Denunciar las situaciones irregulares que se puedan presentar en las convocatorias de subvenciones o ayudas o en los procesos derivados de estas convocatorias.
  • En particular, las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas asumen
  • Comunicar inmediatamente en el órgano competente las posibles situaciones de conflicto de intereses.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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