Contrato Programa 2026 con el Ayuntamiento de Sant Andreu de la Barca, en materia de servicios sociales y otros programas relativos al bienestar social

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT DE DRETS SOCIALS I INCLUSIÓ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    Cuenta justificativa, en formato html, sin aportación de los comprobantes de gasto, según los requisitos establecidos en el artículo 5 dla Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones, modificada por la ORDEN VEH/79/2020, de 9 de junio. A efectos de los gastos incluidos en la cuenta justificativa, se entiende gasto realizado aquel ejecutado durante la anualidad y efectivamente pagada con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
  • justification
    Declaración responsable de la persona titular de la intervención o secretaría - intervención, de acuerdo con el modelo facilitado por el DSI que deberá cumplir con el contenido mínimo establecido en la Nota 01/2022 de la Intervención General sobre la justificación de las subvenciones otorgadas a los entes locales mediante certificado del interventor.
  • justification
    Memoria justificativa de la actividad realizada y de los resultados obtenidos, que acredite que se han cumplido el objeto y la finalidad de la subvención, de acuerdo con el modelo facilitado por el DSI.
  • justification
    Declaración responsable de IVA, única para todas las fichas objeto de justificación, firmada electrónicamente por el interventor del ente local.
  • justification
    Certificado acreditativo de la ejecución de las actividades subvencionadas firmado por el secretario/a del ente local.
  • justification
    5 de 72 Passeig del Taulat, 266-270 08019 Barcelona Tel. 93 483 10 00 Para la justificación de actividad deberán informarse los indicadores y las variables correspondientes (cumplimentar los datos adecuadamente), que se incluyen en la aplicación lSocial.
  • justification
    Son gastos subvencionables los que constan en anexo para cada una de las líneas otorgadas. Se puede subcontratar con terceros la actividad subvencionada con un máximo del 50% del coste de la acción. En ningún caso se pueden subcontratar actividades que aumenten el coste de la actividad objeto de la ayuda y no aporten un valor añadido a su contenido. En caso de que la ficha específica lo indique, se podrá subcontratar el 100% de la actividad objeto de la subvención. La subcontratación deberá ajustarse a los artículos 29 y 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y al artículo 68 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. De acuerdo con el artículo 29.3 de la Ley 38/2003, no puede subcontratarse con personas
  • justification
    Que tengan vinculación con el beneficiario, a menos que la contratación se realice con las condiciones de mercado y con autorización previa.
  • justification
    Que hayan sido condenadas por sentencia firme por delitos de corrupción, soborno o tráfico de influencias.
  • justification
    Que estén inhabilitadas para obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • justification
    Que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social.
  • justification
    Esta subvención es compatible con las subvenciones de otros entes destinada a la financiación parcial de los proyectos de la acción subvencionada, sin que la suma de estas pueda superar el coste total del proyecto financiado. El ente local beneficiario debe comunicar al DSI las ayudas, los ingresos o los recursos que financien la actividad subvencionada, obtenidos o solicitados de otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, en la presentación de la solicitud de subvención.
  • justification
    El ente local beneficiario debe proporcionar en todo momento la información que les sea pedida respecto de la subvención concedida y someterse a las actuaciones de comprobación y control del órgano instructor, de la Intervención General de la Generalitat de Catalunya, de la Sindicatura de Cuentas y de otros órganos competentes de acuerdo con la normativa aplicable.
  • justification
    El ente local beneficiario debe cumplir las obligaciones recogidas en los artículos 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS) y 90 bis letras c) y d), 92 bis y 95 del TRLFPC y, adherirse a los principios éticos y reglas de conducta en las cuales deben adecuar su actividad, que se recogen en el anexo de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 55.2 de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • justification
    El ente local beneficiario debe comunicar, por escrito y de manera debidamente motivada, al Departament de Drets Socials i Inclusió cualquier modificación sustancial del proyecto que suponga un cambio en los conceptos del presupuesto inicial, a fin de que este valore su aceptación. La no comunicación o no aceptación expresa de cualquier modificación sustancial del proyecto puede dar lugar a la
  • justification
    6 de 72 Passeig del Taulat, 266-270 08019 Barcelona Tel. 93 483 10 00 revocación total o parcial de la subvención, según su incidencia en el proyecto y en el presupuesto global de la actividad. Excepcionalmente, el órgano concedente podrá acordar la modificación al alza de la cuantía otorgada, a solicitud expresa del ente local beneficiario, el cual deberá presentar una memoria justificativa y una propuesta de modificación del presupuesto y del p royecto mediante EACAT. La aprobación de este incremento estará fundamentada en razones de interés público, supeditada a la disponibilidad de crédito presupuestario suficiente, y no podrá alterar el objeto de la actuación. La ampliación deberá instrumentarse mediante una modificación de la resolución de concesión. Asimismo, cualquier renuncia parcial o total a la subvención otorgada debe formalizarse mediante un escrito motivado, firmado por el representante legal del ente local y presentado a través de EACAT antes del 31 de octubre de 2026.
  • justification
    El gasto mínimo, realizado y justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplidos el objeto y la finalidad de la ayuda es del 50% del coste de la actividad. Si la ejecución del presupuesto presentado es inferior a este porcentaje, deberá incoarse un expediente de revocación total de la subvención otorgada.
  • justification
    El Departament de Drets Socials i Inclusió, de conformidad con lo que establece el
  • Observar los principios, las normas y los cánones éticos propios de las actividades, los oficios y/o las profesiones correspondientes a la actividad objeto de subvención o ayuda pública.
  • No realizar acciones que pongan en riesgo el interés público.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social