Personas físicasES53 - ILLES BALEARS

Concurs fotografia Ibdona - 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES53 - ILLES BALEARS. La gestiona INSTITUTO BALEAR DE LA MUJER.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Haber justificado suficientemente, en su caso, las subvenciones y las ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Islas Baleares.
  • Acreditar ante la autoridad administrativa que no se incurre en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, o efectuar una declaración al respecto. No pueden ser beneficiarias de estos premios, las personas que incurran en alguna de las causas previstas en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
  • Las personas que hayan sido objeto de sanciones administrativas firmes o condenadas por sentencia judicial firme, en los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • Las personas que hayan sido sancionadas o condenadas mediante resolución administrativa firme con la pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas durante el periodo establecido en el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia. Las personas participantes, o sus representantes legales, en su caso, serán los responsables íntegramente y exclusivamente de los contenidos, mensajes y/o comentarios que incorpore o comunique en el trabajo objeto de estos premios. Así mismo, se responsabilizarán también, en todo caso, de cualquier reclamación relacionada, directa o indirectamente, con la posible vulneración de los derechos de imagen, de protección de datos, de honor, de intimidad y de cualquier otro derecho de terceras personas con motivo de la fotografía presentada al concurso, así como de cualquier responsabilidad que se pueda derivar, manteniendo en todo caso indemne al Instituto Balear de la Mujer.
  • Comunicar al órgano competente, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación de la propuesta de resolución de concesión del premio, si lo acepta expresamente. En el supuesto de que la persona interesada no formule ninguna manifestación ni alegación dentro de este plazo, se entenderá que la propuesta de resolución de concesión del premio ha sido aceptada en los términos en que se ha formulado.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que lleven a cabo los órganos competentes y aportar toda la información que les sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
  • Acreditar, en su caso, antes de que se dicte la propuesta de resolución de concesión, en la forma y el alcance que se determine reglamentariamente, que están al corriente de las obligaciones tributarias, o de cualquier naturaleza, con la Administración Autonómica de las Islas Baleares, con el Estado y con la Seguridad Social.
  • Comunicar al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos exigidos para concederla.
  • Colaborar en el control de la actividad facilitando toda la información y la documentación que le requiera la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Intervención General del Estado, el Tribunal de Cuentas, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos de control de la Unión Europea.
  • Reintegrar las cantidades percibidas en concepto de premios de esta convocatoria, así como el interés de demora correspondiente, desde el momento del pago del premio hasta la fecha en que se acuerde que el reintegro es procedente, cuando concurran alguna de las causas que señala el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre. El procedimiento de reintegro se debe ajustar a lo que establecen los artículos 41 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de
  • Cumplir cualquier otra obligación exigida por la normativa vigente que sea aplicable. Octava Imputación temporal de las acciones premiables Son premiables las fotografías presentadas antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el importe máximo y con la partida presupuestaria establecida en el punto quinto de estas bases. Novena Presentación de solicitudes y plazo Las personas físicas que quieran participar en el concurso solo pueden presentar una solicitud que debe incluir, en todo caso, una única fotografía. La solicitud debe formalizarse mediante el modelo normalizado que figura como
  • documentation
    De forma electrónica, mediante el trámite telemático disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de esta Administración, al que se adjuntará la solicitud y la documentación anexa del procedimiento debidamente firmadas electrónicamente.
  • documentation
    Aquesta és una còpia autèntica imprimible d'un document electrònic. Podeu comprovar la seva validesa al següent enllaç: https://csv.caib.es/concsvfront/view.xhtml?hash=0bd9ec1af7ad1b67e7e33f696a6bc64944d4780dadbc8ffafba02094e3c203d7 CSV: 0bd9ec1af7ad1b67e7e33f696a6bc64944d4780dadbc8ffafba02094e3c203d7 Pàgina 13/48 C. d’Aragó, 26, 1r E 07006 Palma Tel. 971 17 89 89 http://ibdona.caib.es 13 No se aceptarán fotografías presentadas fuera de plazo ni aquellas que lleguen por una vía diferente a la indicada o que no contengan los datos antes mencionados. Las personas interesadas en participar en el concurso deberán presentar la
  • documentation
    El formulario de solicitud firmado (anexo 1) que recoge los datos de la persona física autora de la fotografía presentada y, en su caso, los de su representante legal. Así mismo, dicho anexo incluirá el título de la fotografía y el texto que la contextualiza, de conformidad con lo establecido en el punto doce de las presentes bases.
  • documentation
    Fotocopia del DNI o NIE de la persona participante. En el supuesto que sea menor de edad o tutelada, se tendrá que presentar también DNI o NIE de su representante legal junto con una copia de libro de familia o partida de nacimiento o documento que acredite la tutela o curatela, según el caso.
  • documentation
    Certificado de empadronamiento actualizado de la persona participante que acredite su residencia en las Islas Baleares en el momento de la presentación de la solicitud.
  • documentation
    Una declaración responsable de no haber solicitado ni recibido ninguna otra ayuda o financiación para la misma finalidad, procedente de cualquier administración pública o ente público o privado, en la que, asimismo se manifieste que la fotografía no ha sido premiada con anterioridad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (anexo 2).
  • documentation
    Una declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones generales para recibir subvenciones (anexo 3).
  • documentation
    Una declaración de veracidad de datos bancarios (anexo 4).

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social