Concesión Subvención Nominativa al CLUB DEPORTIVO GRUPO DE CAMINATAS ROSI DE LEÓN 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OROTAVA, LA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 489.01. CUARTO. Conceder el pago anticipado del 100% de la subvención sin exigencia de depósito de garantía previa, según propuesta del Concejal de Deportes y suscrita por el Alcalde-Presidente, de fecha 25 de febrero de 2026, al tratarse de una subvención directa en donde el objeto de dicha subvención es el fomento y la promoción del deporte en todas sus expresiones en el término municipal de la Villa de La Orotava, así como por razones de interés público. QUINTO. Que se de traslado del expediente a la Intervención y a la Tesorería para la continuación del expediente en fase de pago, previos los trámites oportunos. Cód. Validación: 9AZRDWYPZFM3PM2RG4SKT7DLT Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4
  • RECURSOS/ALEGACIONES Contra el presente decreto podrá formular Recurso Potestativo de Reposición ante el (Alcalde-Presidente o en su caso Sr. Concejal Delegado del Área), en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al de la notificación. Transcurrido un mes desde la interposición del Recurso sin que se notificare dentro del referido mes su resolución se entenderá desestimado y quedará expedita la vía Contenciosa – Administrativa. La interposición del Recurso Potestativo de Reposición impide la interposición del Recurso Contencioso – Administrativo contra el mismo acto, hasta que sea resuelto expresamente el Recurso de Reposición o se entienda desestimado por el silencio administrativo. El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, será de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa específica se entienda desestimado por silencio administrativo.
  • Expone / Solicita Solicitud de Subvención Directa (Nominativa) para el fomento y promoción del Deporte Datos del interesado Datos del representante Tipo de persona NIF/CIF Nombre Primer apellido Segundo apellido (Solo si Tipo de persona = Física) Razón Social (Solo si Tipo de persona = Jurídica) Tipo de persona NIF/CIF Nombre Primer apellido Segundo apellido (Solo si Tipo de persona = Física) Razón Social (Solo si Tipo de persona = Jurídica) Poder de representación que ostenta Nombre del Convenio (Solo si Poder de representación que ostenta = Estoy adherido a un convenio con esta administración para representar al interesado) Datos a efectos de notificaciones Solicita La concesión de una subvención directa a la entidad que represento Expone El Anexo de Subvenciones del Presupuesto Municipal detalla las subvenciones de concesión directa (nominativas) aprobadas para el presente ejercicio detallando el beneficiario, importe y crédito presupuestario.
  • Información Adicional Denominación del Proyecto / Actividad Plazo de ejecución: Año/Temporada Importe del Proyecto Importe de la Subvención Solicitada Solicita el pago anticipado No Sí Concurrencia con otras Subvenciones Ha recibido ayudas y/o subvenciones con el mismo objeto de otra administración, ente público o privado Documentación Obligatoria Documentación a aportar según el caso Está inscrit a o ha solicitado su inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades Ciudadanas, así como en el Registro Oficial correspondient e (Registro de Asociaciones del Gobierno de Canarias, Registro de Entidades Deportivas, Registro de Fundaciones….)
  • CUARTA. Vigencia del Convenio La duración del presente Convenio será de cuatro años (incluirá el presente año 202 4 y los siguientes tres años ), pudiendo el mismo ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes, por otros dos años adicionales . En todo caso, la prórroga deberá ser expresa, previo acuerdo del órgano municipal competente. La vigencia del convenio queda condicionada a la aprobación nominativa de la subvención por el Pleno del Ayuntamiento, dentro del Plan Estratégico de Subvenciones, donde debe figurar el objeto, dotación presupuestaria y beneficiario expresamente en el estado de gastos del presupuesto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos futuros. En el caso de prórroga del presupuesto municipal, a un ejercicio siguiente, quedará sin efecto el presente convenio.
  • La concesión de la subvención requerirá por parte del beneficiario:
  • Estar legalmente constituido e inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias y en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades Locales.
  • Tener constituido su domicilio social en el término municipal de La Orotava.
  • Presentar la correspondiente solicitud, así como toda la documentación
  • Memoria o proyecto de la actividad a realizar.
  • Presupuesto de gastos e ingresos.
  • Declaración de las ayudas y/o subvenciones de otras administraciones, entes públicos o privados recibidas, en su caso, para el mismo objeto. Cód. Validación: 59TP7XA9WRXY3GED6W57M7TJ5 Verificación: https://laorotava.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 17
  • Certificado acreditativo de la representación del solicitante.
  • En caso de no haberse presentado previamente o haya habido
  • No encontrarse en ninguno de los supuestos previstos en el artículo
  • 2 de la LGS que prohíben la obtención de la condición de beneficiario.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta situación podrá acreditarse mediante una declaración responsable del beneficiario cuando el importe de la subvención no supere los 3.000,00 €.
  • No ser deudor por reintegro de subvenciones ni tener pendiente de justificar subvenciones de este Ayuntamiento percibidas con anterioridad y cuyo plazo de justificación haya concluido.
  • Compromiso a destinar los fondos a la actividad a la actividad prevista en la memoria o proyecto y
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación de las circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad