Personas jurídicasES617 - Málaga

CONCESIÓN SUBVENCIÓN DIRECTA NOMINATIVA REAL HERMANDAD DEL SANTÍSIMO CRISTO DE LA SALUD Y DE LAS AGUAS Y ÁNIMAS DE SAN JUAN - SALIDA PROCESIONAL Y APERTURA DE TEMPLO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Intereses deudores de cuentas bancarias
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas
  • Gastos de procedimientos judiciales
  • En caso de tratarse de entidades que son sujetos pasivos del IVA no se subvencionará ni aceptará como justificante el importe del IVA soportado por la entidad. Cuando la subvención otorgada sea por el funcionamiento de entidades con ejercicio económico diferente del año natural, se admitirán los justificantes en el ámbito del correspondiente ejercicio económico. Cuando el importe del gasto supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para el contrato menor o la que se establezca en cada momento por la normativa vigente, en el supuesto de prestación de servicios o suministro de material fungible, el beneficiario deberá acreditar que se
  • Excmo. Ayuntamiento Antequera Pag. 9 de 13 han solicitado como mínimo tres ofertas a diferentes proveedores, con carácter previo, salvo que por las especiales características no existan en el mercado suficiente número de entidades o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Se deberá justificar también cuando la elección no corresponda a la propuesta más ventajosa económicamente. En ningún caso, los importes percibidos por el beneficiario en concepto de subvención, ayudas, ingresos o recursos podrán ser de un importe que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste real de la actividad subvencionada. Se tendrá en cuenta lo que señala el artículo 34 del Reglamento General de Subvenciones, en relación con la proporcionalidad en caso de reintegro del exceso de subvención.
  • Además de lo anterior, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
  • Cuando una entidad emisora de facturas esté exenta del IVA habrá de acompañarse certificado expedido por órgano competente que acredite de forma fehaciente la exención de que se trate.
  • Para considerar acreditados como costes salariales los correspondientes a gastos de personal, deberán acompañarse copias del contrato de trabajo, nóminas firmadas por el perceptor y pagadas, o abonaré bancario en su caso, así como los justificantes correspondientes a las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Se aceptarán facturas con fecha distinta a las inicialmente previstas para la ejecución del proyecto, en aquellos casos en que previamente se haya autorizado por el órgano competente una modificación del mismo que afectare a su plazo de ejecución.
  • La acreditación del pago a los proveedores se efectuará mediante adeudo bancario, “recibí” debidamente firmado, u otro documento acreditativo de que las facturas presentadas han sido pagadas. En el caso de pago en efectivo, se deberá de acompañar de certificado de la persona física o del Presidente o Tesorero, en caso de persona jurídica, donde se relacionen los proveedores,
  • 2 Se incorporará un Informe de valoración suscrito por un técnico municipal competente, en el que se ponga de manifiesto expresamente el cumplimiento total del objeto de la subvención, o aquellas deficiencias o circunstancias que imposibiliten la aprobación de la justificación. Cuando se trate de subvenciones para inversiones, se adjuntará acta o informe sobre el resultado de la comprobación material practicada.
  • 3 No procederá en ningún caso la concesión de nueva subvención si a la fecha de la solicitud existen deudas con este Ayuntamiento pendientes de liquidar o subvenciones anteriores pendientes de justificar o reintegrar.
  • - Plazo de vigencia, requisitos y condiciones. La duración del presente Convenio será desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • - Compatibilidad o incompatibilidad de la subvención. Las subvenciones que se concedan con arreglo a la Ordenanza serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. No obstante, el importe de las subvenciones concedidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • - Difusión de la subvención concedida. Cualquier subvención concedida por el Excmo. Ayuntamiento de Antequera, llevará
  • - Mecanismos de seguimiento de la ejecución del convenio. Se establece una Comisión de Seguimiento para el control de la adecuada ejecución de las actividades que se derivan del presente convenio. La Comisión de Seguimiento deberá reunirse al menos una vez durante la producción de efectos del Convenio, y estará integrada por la responsable del área de Cultura, Fiestas Mayores, Tradiciones y Promoción del Flamenco, el coordinador del área, que actuará de secretario y un representante de la REAL HERMANDAD DEL SANTISIMO CRISTO DE LA SALUD Y
  • Seguimiento de las actividades realizadas en ejecución del presente Convenio.
  • Interpretación y resolución de las discrepancias o incidencias que pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente Convenio.
  • - Reintegro. Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención, hasta la fecha en que se acuerde la procedencia de reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a esta, en los supuestos recogidos en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura