Personas jurídicasES3 - COMUNIDAD DE MADRID

CONCESIÓN DIRECTA AYUDAS MUNICIPIO CM REDAC.PEM E INSTRUMENT.PLAN.GRAL 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES3 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Podrán beneficiarse de estas ayudas los municipios de la Comunidad de Madrid que hayan acordado la redacción de los instrumentos de planeamiento general, de desarro- llo y sus modificaciones, que deberán ser aprobados por el órgano municipal competente en la forma requerida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y cuya población sea igual o inferior a 15.000 habitantes, según los datos actualiza- dos del Padrón Municipal de Habitantes publicados por el Instituto Nacional de Estadísti- ca disponibles a 1 de enero del año de solicitud de subvención.
  • No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Atendiendo a la actividad y gasto subvencionable regulados en el artículo 4 del presente Acuerdo y a los efectos previstos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de no- viembre, los beneficiarios podrán subcontratar la realización de la actividad subvenciona- da en su totalidad, con sujeción a los límites establecidos en dicho artículo.
  • documentation
    Certificación del Secretario municipal en la que conste los acuerdos del órgano
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    o La solicitud de subvención y cantidad que se solicita.
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    o La redacción del instrumento de planeamiento objeto de solicitud de subvención.
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    o La adjudicación de los trabajos de redacción del planeamiento objeto de soli- citud de subvención. Si no se ha adoptado aún acuerdo de adjudicación se hará constar dicha circunstancia.
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    Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen la redacción de los trabajos, con diligencia de aprobación por el órgano competente. Si aún no se hubiesen aprobado o no procediesen se hará constar di- cha circunstancia por certificación del Secretario municipal.
  • documentation
    Contrato suscrito para la redacción de los trabajos, si procediese y ya se dispusiese.
  • documentation
    Memoria sobre la situación del planeamiento de rango general vigente en el muni- cipio, planes de sectorización y modificaciones aprobadas, razones que hacen ne- cesaria la redacción del instrumento de planeamiento objeto de solicitud de sub- vención, trabajos a realizar, programación temporal de su ejecución, estado actual de la tramitación y presupuesto de gastos de su realización.
  • documentation
    Declaración responsable del órgano competente relativo a la totalidad de las ayu- das solicitadas y, en su caso, concedidas, para la financiación de la actividad a sub- vencionar o, cuando así lo fuese, de su ausencia, de acuerdo con el Anexo II.
  • documentation
    Declaración responsable del órgano competente de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de no- viembre, incluida en el Anexo III.
  • documentation
    Certificado acreditativo de haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en los tér- minos previstos en la Orden de 14 de enero de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid beneficiarias de subvenciones. Las certificaciones acreditativas de que la entidad solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, salvo que cons- te en el procedimiento su oposición expresa, y de inexistencia de deudas en período ejecu- tivo con la Comunidad de Madrid, se solicitarán de oficio por la Administración, de con- formidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el
  • La documentación justificativa a presentar por los beneficiarios en el plazo máxi- mo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de término del plazo de rea- lización de la actividad subvencionable previsto en el artícul o5oa ld el an o tificación de la orden de concesión, en el supuesto de que la actividad estuviese realizada en el momento
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impues- tas en la concesión de la ayuda, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Facturas emitidas con los requisitos reglamentariamente establecidos y aprobadas por acuerdo del órgano municipal competente, debiendo acreditarse dicha aproba- ción con la correspondiente certificación del Secretario municipal.
  • Certificación del Secretario-Interventor municipal o Interventor municipal en la que se deje constancia de los gastos incurridos y los pagos realizados con especi- ficación de la fecha de liquidación del gasto o, en su caso, el concepto y la refe- rencia del documento contable justificativo del reconocimiento de la obligación. A efectos de lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de no- viembre, se considera gasto realizado las obligaciones reconocidas contable- mente en el presupuesto de la Corporación Local, con anterioridad al fin del pe- ríodo subvencionable.
  • En el supuesto de no haber sido ya aportado, en los casos que proceda: copia del contrato suscrito para la redacción de los trabajos objeto de subvención.
  • Certificado del Secretario municipal de aprobación de los trabajos por el Pleno del Ayuntamiento con las formalidades y requisitos requeridos en la Ley 7/1985, de 2 de abril.
  • Un ejemplar de los trabajos realizados debidamente diligenciado. En el supuesto de que ya obrasen en la Dirección General competente en materia de urbanismo por razón de su tramitación se hará constar dicha circunstancia.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad