Concesión directa 2026 a Romis Calis para disminución de la brecha digital en la población gitana de Badajoz

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    Por razón de la especial naturaleza del programa a subvencionar. El programa “Disminución de la brecha digital en la población gitana de Badajoz” en el año 2026, presentado
  • justification
    Celebración del Día Internacional del Pueblo Gitano 2026.
  • justification
    Capacidad de convoca toria y legitimidad d entro del propio colectivo g itano: se procederá a la planificación y desarrollo de los actos institucionales conmem orativos del Día Internacional del Pueblo Gitano, que tendrá lugar el 8 de abril de 2026.
  • justification
    Enfoque integral: cultura + inclusión digital: o Combina acciones culturales de visibilización y reconocim iento con formación digital personalizada, algo poco habitual en programas sociales. o No se limita a la asisten cia o sensibilización, sino que empodera a las personas gitanas, especialmente mujeres, para que gestionen su vida administrativa con autonomía. o Trata de combinar acción cultural y social con impacto directo en la inclusión digital.
  • justification
    Ser una respuesta directa a la discriminación estructural (antigitanismo) y a la exclusión digita l de un
  • justification
    Por razón de las especiales características del perceptor. La Asociación Romís Calís Camelan Naquerar es una asociación sin án imo de lucro , cuyos objetivos
  • justification
    Las circunstancias de que no sea posible promover la concurrencia pública. El programa “Disminución de la brecha digital en la población gitana de Badajoz”, dada su especial naturaleza justificada en el punto 1, tiene un clar o in terés público y social para la Vicepresidencia y Consejería de
  • justification
    Promoción de la Intercultural idad: Las actividades cultura les y de sensibilizaci ón están abiertas a toda la ciudadanía, promoviendo el diálogo intercultural y combatiendo estereotipos y discursos de odio.
  • justification
    Contribución a la Inclusión Social : El programa se dirige principalmente a la población gitana, especialmente a mujeres jóvenes , que sufren una triple discrimi nación: por género, et nia y nivel educativo. Promueve la igualdad de oportunidades y la participación activa de este colectivo en la vida social, económica y cultural de Extremadura.
  • justification
    Reducción de la Brecha Digital : La al fabetización digital es hoy un r equisito básico para e l acceso a derechos y servicios público s (empleo, salud, educación, vivienda). El program a ofrece formación personalizada y acceso a recursos digitales, lo que permite a las person as beneficiarias gestionar sus trámites de forma autónoma, reduciendo la dependencia de terceros.
  • justification
    Alineación co n los Objetivos Estratégicos de la Junta de Extrem adura: El programa se alinea con la Estrategia Nacional para la Igualdad, Inclusión y Participación del Pueblo Gitano 2021-2030. Contribuye a los fines de la Ley 14/2015 de Servicios Sociales de Extremadura, especialmente en lo relativo a la promoción de la participación ciudadana, la inclusión social y la igualdad efectiva.
  • justification
    Generación de Im pacto Directo y Medibl e: El programa atiende a este colectivo de forma directa. Incluye indicadores cuantitativos y cualitativos para evaluar resultados (número de t utorías, competencias adquiridas, satisfacción, etc.). Implica a la comunidad en el diseño y ejecución del p rograma, lo que refuerza su legitimidad y eficacia. Csv: FDJEXDMGFB3A82R6MHWVQ9ZLWD9998 Fecha 15/07/2026 08:57:39 Firmado Por FERNANDO JOSE GUERRERO MORENO - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 5/18
  • Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida. Ejecutar el pro grama “Disminución de la brecha digital en la población gitana de Badajoz ”, para el año 202 6” en la forma, condiciones y plazos establecidos en el mismo.
  • Acreditar con carácter previo al pago que se ha lla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda Autonómica.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto pued an ser objeto de las actividades de comprobación y control. Esta documentació n deberá obrar en poder de la entidad beneficiaria durante al menos cuatro años, contados a partir del momento en que haya finalizado el plazo máximo para justificar el programa, para poder ser consultada en caso de inspección o auditoria de la Administración competente.
  • Adoptar las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública a la financiación obtenida a través de la pres ente s ubvención por la Junta de Extremadur a, Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia. En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actividades del programa objeto de subvención (comunic aciones, material publicitario, cartelería, anuncios, memorias y otros soportes utilizados) se hará constar expresamente que este se lleva a cabo en virtud de la financiación establecida por la Junta de Extremadura, Vicepresidencia y Consejería de Desregul ación, Servicios Sociales y Familia , atendiendo a las normas de identidad corporativa. A estos efectos, la entidad beneficiaria deberá instalar una placa o cartel informativo en el lugar en el que se realicen las actuaciones que constituyan la justificació n del otorgamiento de esta subvención, en sitio visible al públi co y e n las demás condiciones especificada s en el

Gastos y actuaciones

  • Asimismo, no se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos originados por los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la entidad en el ejercicio de sus funciones.
  • Asimismo, no se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Las cantidades percibidas por el personal contratado para la e jecución del programa no c onsideradas como salario (retribuciones no salarial es o extrasa lariales): las cantidades percibidas por el personal contratado para la ejecu ción del programa en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su activi dad lab oral, salvo los gastos en concepto de dietas , Csv: FDJEXDMGFB3A82R6MHWVQ9ZLWD9998 Fecha 15/07/2026 08:57:39 Firmado Por FERNANDO JOSE GUERRERO MORENO - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 13/18
  • Asimismo, no se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Copia Electrónica Auténtica desplazamientos y gastos de viaje po r com isión de servicio relacionados directamente co n la ejecución del programa siempre que se justifique la rea lidad del desplazamiento, el lugar y el motivo; las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones por fallecimiento , traslados, suspensiones, despidos o ceses. No obs tante, en los contratos temporales vinculados exclusivamente a alguna actividad objeto de subvención serán subvencio nables los gastos derivados de la finalización del contrato. Los gastos de finalización d e contrato no serán subvencionables en ningún caso si el contrato no está vinculado única y exclusivamente a la actuación objeto de subvención. CONDICIÓN SEXTA. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDAD. De acuerdo con lo previsto en el

Documentos y trazabilidad

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