Concesión directa 2026 a la Asociación Economato Social Mercedes Arias, Ciudad de Badajoz, para garantía de alimentos a través de economato a las familias vulnerables de Badajoz

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    Proyectos dirigidos a paliar y mejorar la situación de vulnerabilidad social de las familias, cubriendo necesidades básicas de alimentación, higiene, ropa, etc. y facilitando el acceso a otros servicios como los de salud (física y mental), educación (material escolar, ayudas para comedor), vivienda (alquiler y mejora de las condiciones de habitabilidad de la viv ienda, suministros, etc.) y de em pleo, así c omo el acompañamiento y trabajo social con las familias.
  • justification
    Proyectos de apoyo a la conciliación familiar y laboral para familias en procesos de inserción socio-laboral con personas m enores a cargo tales como ga stos de asistencia a escuelas inf antiles, la atención de niños y niñas para c ubrir necesidades puntuales de conciliació n, l os servicios de apoyo complemen tarios de los servicios normalizados educativos u otros que garanticen el derecho de los niños, niñas y adolescentes a una atención y desarrollo adecuados.
  • justification
    Las circunstancias de que no sea posible promover la concurrencia pública. Como se ha expuesto anteriormente, el artículo 32.1.d) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura permite la concesi ón directa de subvenciones cuando, por razones de interés público, social, económico o humanitario, no sea posible promo ver la concurrencia públ ica. En el presente caso, la situación de vulnerabilidad social de las familias justifica plenamente la aplicaci ón de este
  • Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida. Ejecutar el programa “ Garantía de alimentos a través de Economato a familias vulnerables de Badajoz ” en la forma, condicio nes y plazos establecidos en el mismo.
  • Acreditar con car ácter previo al pago que se halla al corriente en las obligac iones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con la Hacienda Autonómica.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los document os electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control. Esta documentación deberá obrar en poder de la entidad beneficiaria durante al menos cuatr o años, contados a partir del momento Csv: FDJEX94SG5EX7FD76FDPZJ96JFU2FE Fecha 15/07/2026 08:57:17 Firmado Por FERNANDO JOSE GUERRERO MORENO - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 7/16

Gastos y actuaciones

  • Asimismo, no se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos originados por los miembros de la Junta Directiva u órgano de representación de la entidad en el ejercicio de sus funciones.
  • Asimismo, no se considerarán gastos subvencionables: · ineligible
    Las cantidades percibidas por el personal contratado para la e jecución del programa no c onsideradas como salario (retribuciones no salarial es o extrasa lariales): las cantidades percibidas por el pe rsonal contratado para la ejecución del programa en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su activi dad lab oral, salvo los gastos en concepto de dietas , desplazamientos y gastos de viaje po r com isión de servic io relacionad os directamente con la ejecución del programa siempre que se justifique la rea lidad del desplazamiento, el lugar y el motivo; las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones por fallecimiento , traslados, suspens iones, despid os o ceses. No obstante, en los contratos temporales vinculados exclusivamente a alguna actividad objeto de subvención serán subvencio nables los gastos derivados de la finalización del contrato. Los gastos de finalización d e contrato no serán subvencionables en ningún caso si el contrato no está vinculado única y exclusivamente a la actuación objeto de subvención. CONDICIÓN SEXTA. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDAD. De acuerdo con lo previsto en el

Documentos y trazabilidad

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