Personas jurídicasES62 - REGION DE MURCIA

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. ALUMBRES, PARA INVERSIONES

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    - CRITERIOS DE VALORACIÓN. Para la valoración de las solicitudes, la Comisión de Evaluación tendrá en cuenta los siguientes criterios, que sumarán hasta un total de 100 puntos, distribuidos de la siguiente
  • documentation
    - Número de los asociados de la entidad solicitante hasta 15 puntos. (Se recabará información sobre el n.º de asociados que constan registrados tras la última renovación o inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones).
  • documentation
    - Realización de pequeñas obras y reparaciones para mantenimiento del local hasta 30 puntos. (Se valorará la necesidad, idoneidad y urgencia de ejecución de dichas obras o reparaciones).
  • documentation
    - El desarrollo de proyectos / actividades, acciones formativas, jornadas, que potencien la participación ciudadana, el asociacionismo, la mejora de las relaciones vecinales, la sensibilización y concienciación ciudadanas, la igualdad, el fomento de conductas cívicas en general, el uso de las nuevas tecnologías y actividades innovadoras (no valorándose aquellas actividades normales dentro del funcionamiento de la asociación). Se valorará la colaboración e implicación activa entre asociaciones o colectivos en la realización de actividades hasta 25 puntos. (Se tendrá en consideración los proyectos que potencien los aspectos descritos, para los que se solicita subvención, descritos en el Anexo I, apartado n.º 1).
  • documentation
    - La continuidad de actuaciones/actividades que fomenten las tradiciones culturales y las costumbres populares hasta 15 puntos. (Se valorará el n.º de actuaciones continuadas de ejercicios anteriores que promuevan los valores descritos).
  • documentation
    - El desarrollo de proyectos/actividades que fomenten la educación, el deporte y el cuidado del medio ambiente hasta 10 puntos. (Se valorará el n.º de actuaciones que promuevan los valores descritos).
  • documentation
    - El desarrollo y participación en actividades de interés social que beneficien a colectivos vulnerables o desfavorecidos de la zona de actuación en la que desarrolla su actividad la Asociación 5 puntos. Las puntuaciones se otorgarán concediendo la mayor valoración a la solicitud que alcance el máximo del criterio concreto, repartiéndose el resto de puntuación mediante proporción directa. En el criterio seis se otorgará la puntuación del criterio en funció n de que se cumpla o no con lo determinado en el mismo. En ningún momento la cuantía económica otorgada al conjunto de solicitudes excederá la cuantía consignada para la presente convocatoria. Esta dotación presupuestaria del ejercicio 2026 podrá no ser distribuida en su totalidad, en función del número de propuestas y necesidades a cubrir .
  • documentation
    - PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES. Es el previsto en el artículo 45 de las Bases reguladoras de la concesión de Subvenciones y en el Capítulo II de la LGS. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión emitirá Informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada, sirviendo éste para que el Órgano instructor formule la Propuesta de Resolución Provisional que se publicará, a efectos de su notificación, en la página web del Ayuntamiento de Cartagena https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp. concediéndose a los
  • documentation
    - PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y RESOLUCIONES. La publicación de la presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el artículo
  • documentation
    2 de la LGS, según el cual deberá publicarse en la BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES (BDNS) que opera como sistema nacional de publicidad de las subvenciones. Así mismo se publicará un extracto de la convocatoria en el BORM, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la misma Ley, en la web municipal y en el Tablón de Anuncios de la sede la Junta Municipal. La resolución definitiva de la concesión de subvención se publicará en la BDNS y en la web municipal, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, la publicación realizada por dichos medios tendrá los efectos de la notificación, designándose los mismos a efecto de sucesivas publicaciones.
  • documentation
    - MEDIOS DE NOTIFICACIÓN. Las entidades solicitantes deberán indicar en la solicitud una dirección de correo electrónico única, Dirección Electrónica Habilitada (DEH) , para la recepción de las notificaciones administrativas que, por vía telemática realice el Ayuntamiento de Cartagena en cualquiera de las fases del procedimiento administrativo de esta Convocatoria. Toda la información de la presente convocatoria se encue ntra en la página web municipal www.cartagena.es.
  • documentation
    - FORMA DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN. Se establece el pago anticipado de hasta el 100 % de la subvención concedida como financiación precisa para realizar la actuación subvencionable, a partir de la fecha de la resolución de la concesión, previamente aceptada por el beneficiario y, siempre y c uando se cumplan los requisitos del artículo 56.2 de las Bases reguladoras de concesión de Subvenciones. Así mismo se acuerda a efectos de lo dispuesto en el art. 34.4 de la LGS, la exención de garantía, motivada por la escasa cuantía individual de las subvenciones que se otorgan. Para proceder al pago de la subvención será necesario que el beneficiario se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y no sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
  • documentation
    - PÉRDIDA DEL DERECHO AL COBRO DE LA SUBVENCIÓN. Procederá la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, según lo previsto en el artículo 57 de las Bases en cuanto a no justificación o concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la LGS. El procedimiento de reintegro se regula en los artículos 41 y 42 de la LGS, en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras Prestaciones económicas