CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE VECINOS/AS Y COLECTIVOS SOCIALES, DIRIGIDAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS Y · 2026

Título oficial: CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE VECINOS/AS Y COLECTIVOS SOCIALES, DIRIGIDAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS Y ACTUACIONES QUE FOMENTEN LA PROMOCIÓN DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO VECINAL Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, EJERCICIO 2026.

Las subvenciones que regulan las presentes bases, tienen por objeto la financiación de proyectos, actividades y programas de interés general que contribuyan a fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, el mantenimiento y funcionamiento de los locales sociales en las que se ofrezcan servicios destinados a los vecinos/as de nuestro municipio, necesarios para mejorar la calidad de vida y las relaciones vecinales, así como, de los colectivos asociados a dicho departamento. A fin de potenciar el desarrollo de las personas y de los barrios del municipio de Ingenio, a través del fomento de la promoción del movimiento asociativo y la convivencia ciudadana.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE INGENIO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 7 de la Ordenanza General de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Ingenio, las Asociaciones Vecinales y Colectivos Sociales radicadas en el municipio de Ingenio, que realicen actividades y acciones dentro del marco de estas subvenciones. No podrán ser beneficiarios de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Ingenio, las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 7 de la Ordenanza General de concesión de subvenciones de este Ayuntamiento.
  • No estar incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración Pública que resulten incompatibles con la que se solicita.
  • No haber recibido subvenciones u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, declarar el importe de las recibidas, siempre que la suma de todas ellas no supere el 100% del coste total del proyecto subvencionado.
  • Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Ingenio, cuando hubiere estado obligado a ello. Expresamente quedarán excluidos aquellos posibles beneficiarios que habiendo transcurridos los plazos legalmente otorgados tengan pendientes de justificar pagos de subvención concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Ingenio.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias estatales, autonómicas, municipales y con la Seguridad Social.
  • 2. Requisitos específicos: Las Asociaciones vecinales y colectivos sociales que soliciten subvención deberán estar inscritas en el Registro Canario de Asociaciones del Gobierno de Canarias y en el Registro Municipal de Asociaciones, en el momento de presentar su solicitud, así como tener todos los datos inscritos actualizados, requisito que se acreditará mediante informe del Departamento responsable del Registro Municipal de Asociaciones a petición del Área de Participación Ciudadana. El modelo de solicitud contempla la autorización por los interesados para que el órgano gestor recabe dicha información, por lo que la obtención de la acreditación por esta vía sustituirá la aportación de los mismos por el interesado.
  • 1.- Solicitudes. Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo que se incluye en el Anexo I de las presentes bases (Modelo S-01), e irá dirigido a la Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, y se deberán presentar por la sede electrónica del Ayuntamiento de Ingenio, conforme a la siguiente ruta de acceso: Página Web: (http: //www.ingenio.es) Botón: Atención Ciudadana. Enlace: Sede electrónica. También podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.
  • 2.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS HABILES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán las presentes bases en la página web del Ayuntamiento www.ingenio.es El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la convocatoria en el B.O.P.
  • 3.Documentación y trámite de subsanación.
  • Se deberá aportar con la siguiente documentación:
  • Fotocopia del Documento de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del Presidente/a de la entidad solicitante.
  • Declaración responsable de reunir las condiciones para ser beneficiario de subvención conforme al modelo S-02 previsto en las presentes bases.
  • Certificado de relación del número de socios de la entidad, conforme al modelo S-03.
  • Acreditación certificativa de estar debidamente inscritos en el Registro Canario de Asociaciones del Gobierno de Canarias y Registro Municipal de Asociaciones. En el modelo de solicitud se contempla la autorización por los interesados para que el órgano gestor recabe dicha información, por lo que la obtención de dicha acreditación por esta vía sustituirá la aportación del mismo por los interesados.
  • Certificaciones originales acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a Hacienda (estatal y autonómica).
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Memoria descriptiva que contenga las actuaciones a realizar y los objetivos que persiguen las mismas, así como datos justificativos de los criterios de valoración, debiendo asimismo presentar el Modelo S-04 (por cada actividad):
  • Memoria para proyectos de Actividades de promoción del movimiento asociativo y la participación ciudadana. En dicha memoria se hará constar los objetivos generales y específicos a desarrollar, descripción clara y detallada de los gastos generales, acciones o actividades a realizar, relación y cuantificación de los gastos previstos, población a quien se dirige las acciones, así como fecha de inicio y de finalización de la actuación. Memoria descriptiva que contenga las actuaciones a realizar y los objetivos que persiguen las mismas, así como población a quien va dirigida dichas actuaciones.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Cuantía de las subvenciones: El importe total a conceder asciende a cincuenta mil euros (50.000 euros), los cuáles se distribuirán conforme lo establecido en las presentes bases.
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Criterios Valorativos:
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Gastos corrientes: Los criterios valorativos para la adjudicación de subvenciones y la determinación de su cuantía se efectuarán conforme a la fórmula y puntuación que a continuación se indica para el apartado:
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Cabalgata de los Reyes Magos (Carroza).
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Romería-ofrenda en Honor a Nuestra Señora de la Candelaria (Carroza).
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Carnavales (Carroza).
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Romería-ofrenda en Honor a Nuestra Señora del Buen Suceso (Carroza).
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Día de Canarias.
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Ingenio Solidario.
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Campaña solidaria “Ningún menor sin Juguete”. (Se considera Participar cuando formas parte de una actividad, participando activamente en la misma e implicándote en el desarrollo de la misma). Recuperación y realización de fiestas de barrios y/o fiestas de interés general para los vecinos/as del Municipio de Ingenio (10 puntos).
  • Quinta. - CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Que tengan gastos de funcionamiento y mantenimiento de los locales sociales (5 puntos), tales como: Suministro de luz, agua, teléfono fijo, acceso a internet, alquiler del local social y otros gastos corrientes generados por el uso y mantenimiento de la sede.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las subvenciones que regulan las presentes bases, tienen por objeto la financiación de proyectos, actividades y programas de interés general que contribuyan a fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana, el mantenimiento y funcionamiento de los locales sociales en las que se ofrezcan servicios destinados a los vecinos/as de nuestro municipio, necesarios para mejorar la calidad de vida y las relaciones vecinales, así como, de los colectivos asociados a dicho departamento. A fin de potenciar el desarrollo de las personas y de los barrios del municipio de Ingenio, a través del fomento de la promoción del movimiento asociativo y la convivencia ciudadana.