CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DIRECTA NOMINADA EN EL PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL AYTO. SAN BARTOLOMÉ A FAVOR DE LA ENTIDAD SOCIAL “ASOCIACIÓN TENIQUE CULTURAL”, PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES708 - Lanzarote. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 2 ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo organismo que lo ha dic tado, en el plazo de un mes contados a partir de la fecha de la notificación de la presente resolución, o a su elección, formular directamente recurso contencioso -administrativo, ante la jurisdicción contenciosa-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de notificación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del PACAP. Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recur so de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. En caso de que se interponga recurso de reposición, no podrá formularse recurso contencioso -
  • 5/5 - Firmado digitalmente por 51074241G
  • PRIMERA: OBJETO DE LA SUBVENCIÓN. El presente Convenio tiene por objeto la concesión de una su bvención directa, nominada en la Tercera Modificación del Plan E stratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de San Bartolomé, periodo 2025 -2027, con efectos del Ejercicio 2026, a la entidad cultural “Asociación Tenique Cultural”, en atención al interés público singular de la actividad, ya que la misma está destinada principalmente a la coordinación de actividades de divulgación de películas antiguas, generando espacios de comunicación con diferentes sectores poblacionales, que podrán acceder al patrimonio fílmico. La subvención permitirá generar un espacio municipal , dentro de un prog rama de actividades a desarrollar el 27 de mayo de 2026 , en el que el cine será el vehículo transmisor del patrimonio intangible de Lanzarote y de Canarias. Este proyecto permitirá la proyección abierta de películas inéditas, localizadas y recuperadas, dirigidas a todos los públicos, con la mediación de una persona especializada.
  •  Reglamento de Control Interno del Ayuntamiento de San Bartolomé (BOP Las Palmas núm. 54 de 03 de mayo de 2019). Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan r esolverse por conciliación en la Comisión de Seguimiento, serán sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • TERCERA: DESTINO DE LAS SUBVENCIONES. La subvención a conceder se destinará a la financiación de los cos tes que de manera indubitada correspondan a los gastos por las acciones que se propongan para su desarrollo por la entidad social, regulados por medio del presente convenio y con la colaboración del Área de Cultura, cuando se acuerden por ambas partes su conveniencia. En este sentido, la subvención a conceder se destinará a la financiación de los costes derivados de las proyecciones, del personal especializado implicado en el proyecto, la coordinación y difusión del proyecto y de todos los gastos relacio nados con la organización de las diferentes actividades organizadas. Como quiera que el crédito presupuestario que ampara la concesión de la subvención nominativa a la entidad sin ánimo de lucro es un crédito del Capítulo IV -Transferencias Corrientes para la asignación de subvención, por aplicación de la Línea estratégica Cuarta –LE4: PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN Y DEL PATRIMONIO Y DINAMIZACIÓN CULTURAL, no podrán aplicarse los fondos a gastos de distinta naturaleza y finalidad a la que es propia de los gastos imputables a dicho crédito.
  • OCTAVA: DOCUMENTACIÓN A APORTAR. Para ser beneficiaria de la subvención a que se refiere el presente Convenio, la Entidad sin ánimo de lucro, Asociación Tenique Cultural, debió haber presentado o deberá presentar a instancia de Solicitud según modelo Anexo I al que debe acompañar un Proyecto -Memoria del desarrollo de las actuaciones, según modelo normalizado en ANEXO V.
  • El Proyecto-Memoria deberá contener, como mínimo, los siguientes extremos: .- Nombre y datos identificativos de la Entidad Social. .- Denominación del proyecto y localización del mismo. .- Objetivo y finalidad del proyecto. .- Calendario de actuaciones. A cada solicitud presentada por la entidad beneficiaria, se acompañará la siguiente documentación
  • Documentación acreditativa de identidad de la persona que firma el proyecto y de la representación que ostenta (DNI y Certificado que acredite la representación y vigencia del cargo). El área deberá garantizar la constancia de entidad inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias, y si procede, en el registro municipal correspondiente.
  • Declaración Responsable suscrita por su representante legal y firmada ante autoridad administrativa, que figura como modelo normalizado en ANEXO II.
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social. De oficio el área Gestora comprobará los requisitos de cumplimiento con la propia Corporación Local.
  • Documento de Alta/Modificación de Terceros (si no consta en el Ayuntamiento) según figura modelo normalizado en ANEXO III.
  • Previsión de Ingresos y gastos, para el desarrollo de la actividad propuesta en la Solicitud y Memoria, según figura en el modelo normalizado en ANEXO VI.
  • formada por: a. La Concejala del Área de Cultura del Ayuntamiento de San Bartolomé. b. La Técnica del Área de Cultura del Ayuntamiento de San Bartolomé, en cuya responsabilidad se encuentre la gestión del expediente. c. El Re presentante Legal, de la entidad social propuesta como beneficiaria de subvención directa por parte del Ayuntamiento o persona en que se designe por “Asociación Tenique Cultural”. La comisión se reunirá al menos una vez al objeto de realizar un seguimient o al cumplimiento del Convenio sin perjuicio de eventuales reuniones que se convoquen a los efectos de resolver las dudas que en ejecución del mismo se pudieran plantear. La Comisión de Seguimiento será la encargada de aprobar además el programa de activi dades a desarrollar por el Ayuntamiento en las instalaciones, que deberá ser a su vez comunicado a los interesados.
  • DÉCIMASEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Las partes que suscriben el presente convenio se comprometen a aportar para el perfecto desarrollo
  • La entidad beneficiaria de la subvención está obligada a: - 7/14 -
  • Justificar la subvención en los términos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprue ba el Reglamento de la citada Ley 38/2003 y demás normativa que resulte de preceptiva aplicación.
  • La documentación justificativa se formalizará en soporte electrónico y/o papel (siempre con las facturas originales).
  • De acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la documentación justificativa se dirigirá al Ayuntamiento de San Bartolomé y
  • deberá acompañarse la siguiente documentación, en original:
  • Una Memoria de actuaciones , a que se refiere el apartado 1 del artículo 72 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio , donde constará una Declaración Responsable en la que la entidad beneficiaria indique que ha cu mplido con todas las obligaciones impuestas en la concesión de la subvención. Según modelo normalizado ANEXO VII.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura