Concesión de aportación específica a la Institución Ferial de Tenerife, S.A. (IFTSA) para actuación “Mejora iluminación · 2026

Título oficial: Concesión de aportación específica a la Institución Ferial de Tenerife, S.A. (IFTSA) para actuación “Mejora iluminación exterior del Recinto Ferial de Tenerife” por importe de 280.000,00 €, a cargo del presupuesto corporativo en el ejercicio 2026.

interior”, previsto en el Anexo IV de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2026, concretado, conforme a la Memoria presentada por la entidad, en la actuación “Iluminación arquitectónica exterior del Recinto Ferial de Tenerife”. No podrán imputarse a la presente aportación gastos de señalización de emergencia interior.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 280.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 22/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria con índice en la que conste, con suficiente detalle:
  • Objetivos, contenido de cada una de las a ctividades a realizar, resultados cualitativos y cuantitativos esperados y plazo de ejecución.
  • Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad o proyecto a financiar, detallando el concepto y la cuantía de cada una de sus actuaciones.
  • concluirá el día 5 de julio de 2028 , debiendo a tal efecto aportarse por la Entidad, de conformidad con la Base 76ª de las de Ejecución del Presupuesto del Cabildo Insular de
  • Memoria Técnica con índice, suscrita por la Gerencia u órgano equivalente en la que conste el detalle de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Se incluirá además el material gráfico y fotográfico que proceda en función de la naturaleza de las actividades. La Memori a Técnica y la Memoria Económica se referirán exclusivamente a la actuación de iluminación arquitectónica exterior que constituye el objeto de la presente aportación. Código Seguro De Verificación 5Gq367XwHU0o8daT7p5zpA Estado Fecha y hora Firmado Por SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL Firmado 22/10/2026 18:19:50 Manuel Fernández Vega - Consejero Insular del Área de Industria, Comercio, Sector Primario y Bienestar Animal Firmado 22/10/2026 18:18:44 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/5Gq367XwHU0o8daT7p5zpA Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 8/12
  • Memoria Económica, emitida y suscrita conforme al modelo que se adjunta al
  • Declaración del total de ingresos obtenidos y gastos realizados en el desarrollo de las actuaciones.
  • Relación individualizada de los ingresos obtenidos.
  • Relación detallada de los gastos, desglosados por acciones y negocios jurídicos realizados.
  • Declaración responsable suscrita por la Gerencia u órgano equivalente, relativa al cumplimiento de la normativa de aplicación a los negocios jurídicos llevados a cabo en ejecución de las actuaciones financiadas (contratos, gastos de personal, convenios, etc.), de conformidad con el modelo que se adjunta al presente escrito como Anexo II.
  • Acuerdo adoptado por el órgano de la entidad que resulte competente, aprobando la justificación de la aportación percibida. En todo caso, dentro de su labor de fiscalización y control permanente, la Intervención General podrá requerir la documentación que estime pertinente. (Se adjuntan los anexos) Segundo. Autorizar, disponer y reconocer la obligación, de forma anticipada, a favor de la Institución Ferial de Tenerife, S.A., con NIF A38208427, por un importe total de DOSCIENTOS OCHENTA MIL EUROS (280.000,00 €), en concepto de aportación específica de capital para la financiación del proyecto 20260242, concretado en la actuación “Iluminación arquitectónica exterior del Recinto Ferial de Tenerife”, conforme al siguiente
  • EMERGENCIA INTERIOR Importe (en euros) 280.000,00 € Nº Factura Proveedor ANEXO IV BASES EJECUCION 2026 Factura SIGEC 26-028523 Ítem de gasto 26-028698 Nº de Propuesta 26-009873 Número de proyecto 20260242 Número de subvención 2026-001750 Nº de expediente E2026021824 Tercero. Notificar la presente Resolución a la Institución Ferial de Tenerife, S.A. Código Seguro De Verificación 5Gq367XwHU0o8daT7p5zpA Estado Fecha y hora Firmado Por SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL Firmado 22/10/2026 18:19:50 Manuel Fernández Vega - Consejero Insular del Área de Industria, Comercio, Sector Primario y Bienestar Animal Firmado 22/10/2026 18:18:44 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/5Gq367XwHU0o8daT7p5zpA Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 9/12
  • Dirección Insular, en la que deberá constar:  Justificación de la necesidad de contar con cuenta de ACF, indicando a estos efectos el tipo de gastos que se realizan habitualmente y que no es posible gestionar a través del procedimiento habitual de pagos de la Corporación.  Nombres, apellidos, NIF y vinculación laboral con el Cabildo de las personas que se proponen para osten tar las funciones de habilitado, segundo autorizado y sustitutos de ambos.  Importe del ACF solicitado, dentro de los límites establecidos en el artículo 13 del presente
  • habilitada se deberán registrar y contabilizar de manera inmediata, generándose el consiguiente asiente contable. La justificación de los gastos del ACF, se realizará a través de documentos contables ADO. A dicho efecto, podrán tramitarse conjuntamente relaciones de gastos correspondientes a
  • ACF. Una vez fiscalizados dichos documentos contables por parte de la Intervención General, los Servicios gestores deberán adoptar la correspondiente resolución y remitirla junto con los ADO a Contabilidad. En lo que se refiere a los datos relacionados con el proveedor, se registrará al perceptor último de los fondos, es decir, el vendedor del bien o el prestador del servicio contratado.
  • Cada propuesta de gasto en fase ADO, deberá acompañarse de la correspondiente factura
  • En el caso del último mes del año, se estará a lo dispuesto en el calendario de cierre del ejercicio económico aprobado por el órgano competente. En cualqu ier caso, junto a la última Acta de Arqueo del ejercicio se acompañará un Acta de Caja Metálico a 31 de diciembre según el Anexo 2. Si no se presentara el Acta de Arqueo y la cuenta justificativa en la forma y plazos establecidos, la Tesorería requerirá a la persona habilitada correspondiente para que solvente tal situación. Transcurridos quince días desde la fecha máxima establecida para la presentación, sin que se haya producido, la Tesorería y/o la Intervención General podrán elevar al Ordenador de Pagos propuesta de bloqueo de la cuenta, con la exigencia a la persona habilitada de las responsabilidades que procedan. IV. Contenido del Acta de Arqueo El Acta de Arqueo se emitirá desde el módulo de la aplicación informática de gestión de los
  • ACF y contendrá, entre otros, los siguientes datos:  Importe de la provisión inicial, en caso de que sea el acta inicial, o saldo del extracto bancario a último día del mes anterior al que se está justificando.  Relación contable para el periodo presentado, de las propuestas de gasto en fase ADO por el procedimiento de ACF.  Relación de los ingresos recibidos en el período al que se refiere el Acta de Arqueo.  Relación de los cheques emitidos y pendientes de cobro.  Relación de las propuestas de gasto en fase ADO, pendientes de r eponer con su importe.  Relación de pagos, ingresos y traspasos realizados a través de la Caja Metálico. El salido final del Acta de Arqueo deberá coincidir con el importe total de la provisión del ACF del Servicio salvo que haya que realizar algún «ajuste», tanto positivo como negativo en el período, tales como intereses no traspasados a la cuenta operativa, o ingresos abonados indebidamente, en cuyo caso se hará referencia de forma breve, en el apartado de observaciones del propia Acta de Arqueo.
  • Además, se presentará Acta de Arqueo en los siguientes casos:  Cuando se produzca un cambio de habilitado, aun no coincidiendo con el plazo mensual de su presentación, según lo establecido en el artículo 6 del presente Anexo.  Cuando se solicite la cancelación del ACF.
  •  Cuando se produzca un cambio de Corporación, se presentará el Acta de Caja Metálico a la fecha de la toma de posesión de la nueva Corporación.  Cuando así lo solicite la Intervención General, la Tesorería o el Ordenador de Pagos. V. Aprobación de los documentos contables y del Acta de Arqueo La tramitación de las propuestas de gastos ADO comprenderá, al menos, los siguientes

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

interior”, previsto en el Anexo IV de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2026, concretado, conforme a la Memoria presentada por la entidad, en la actuación “Iluminación arquitectónica exterior del Recinto Ferial de Tenerife”. No podrán imputarse a la presente aportación gastos de señalización de emergencia interior.