CONCEDER UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA A LA ENTIDAD FUNDACIÓN CASA DE LA MÚSICA DEL HOSPITALET PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "FUNDACIÓN CASA DE LA MÚSICA DEL HOSPITALET 2026"

Cultura

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE HOSPITALET DE LLOBREGAT, L'.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1. El plazo de justificación del cumplimiento de la fin alidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos finalizará el 15 de marzo de 2027
  • 2. La forma de justificación de la subvención será mediante la modalidad de CUENTA
  • Formularios de justificación técnica y económica que se encuentren habilitados al efecto en la sede electrónica del AYUNTAMIENTO, que fueron aprobados por la Junta de Gobierno Local de fecha 25 de marzo de 2026, o por cualquier otro acuerdo que lo modifique o sustituya.
  • Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditor de cuentas ( ROAC ) dependiendo del Instituto de Contabilidad y Auditoría de cuentas (ICAC), emitido conforme al modelo que se encuentre en la sede electrónica del Ayuntamiento, que fue aprobado por la Junta de Gobierno Local de fecha 25 de marzo o 20 que dispone la Orden Ministerial EHA/1434/2007 de 17 de mayo, y con sujeción a las normas de actuación y supervisión propuestas por la Intervención General Municipal.
  • Memoria técnica de la justificación del proyecto, con indicación de las actividades realizadas, los resultados obtenidos, los indicadores empleados para su valoración y el resultado de la misma y el grado de consecución de los objetivos perseguidos con las actividades. Deberá acompañarse con un documento Anexo que incluya el reportaje fotográfico de cada una de las actividades (sin incorporar imágenes de personas que permitan su identificación) y u na muestra de toda la documentación publicitaria emitida para dar a conocer el proyecto, programa o actividad objeto de subvención.
  • Memoria económica de la justificación del proyecto que se encuentre habilitada al efecto en la sede electrónica del AYUNTAM IENTO que contendrá la memoria económica abreviada, en aplicación del artículo 74 del RGS, incluyendo un estado representativo de los gastos de las actividades subvencionadas, debidamente agrupadas, y, en su caso, las cantidades inicialmente presupuestadas y las hayan financiado el PROYECTO, indicando su importe y procedencia.
  • Declaración responsable de justificación donde se declara:
  • Que la memoria económica presentada para justificar la subvención indicada recoge los gastos e ingresos relacionados con la actividad subvencionada.
  • Que las facturas que se presentan como justificantes se han aplicado a la actividad y gastos subvencionados, y se corresponden con las finalidades para las que fue concedida la subvención.
  • Que las copias digitalizadas de los just ificantes de los gastos presentados reproducen exactamente los documentos originales en poder de la persona beneficiaria.
  • Que los justificantes relacionados imputados al proyecto/programa/actividad subvencionado durante su período de ejecución han sido efe ctivamente pagados por la persona beneficiaria.
  • Que para la misma actividad para la que ha recibido ayuda de este Ayuntamiento, no se ha recibido ninguna otra ayuda ni patrocinio de otras entidades públicas o privadas, o sí se ha recibido ayudas de las ent idades públicas o privadas y por los importes que se indican.
  • Que la suma de las ayudas, ingresos, recursos y patrocinios recibidos para el desarrollo de la actividad subvencionada no ha superado el 100% del coste total de esa actividad.
  • Que los justifican tes de gasto relacionados en la Memoria económica se han imputado a las diferentes fuentes de financiación de forma que no se supera el importe unitario de cada justificante
  • 3. La documentación justificativa de la subvención deberá presentarse por la sed e electrónica, dirigida al área gestora o territorial correspondiente, e indicando el número del expediente AJT/19859/2026. Esta documentación deberá ir debidamente firmada por la PERSONA BENEFICIARIA o por su representante, debiendo referirse a la totalid ad del coste del PROYECTO subvencionado, cuantificado en 232.321,30 euros, de acuerdo con el presupuesto del PROYECTO presentado por ella.
  • 4. Independientemente de la modalidad de justificación, se consideran gastos
  • Las que se establecen en el artículo 31 de la LGS y que se realicen dentro del plazo de ejecución del proyecto, programa o actividad subvencionada
  • Los gastos financieros relativos a las comisiones bancarias por la realización de transferencias y girar recibos y que se realicen dentro del plazo de ejecución del proyecto, programa o actividad subvencionada.
  • El gasto relativo al informe auditor del apartado 8.2, siempre que la factura del mismo se haya emitido y pagado antes de la fecha de presentación de la justificación.
  • Los gastos relativos al servicio de gestoría correspondientes a la actividad subvencionada y que se realice hasta la fecha de presentación de la justificación, las facturas podrán tener fecha máxima de emisión y pago de 15 de marzo de 2027, salvo que en el convenio se fije un plazo distinto de justificación.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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