Personas jurídicasES612 - Cádiz

CLIMATIZACIÓN JEFATURA POLICÍA LOCAL

económica. El objeto del presente Convenio es instrumentar la prestación de asistencia económica, así como el establecimiento de las condiciones que rigen la subvención, en aras de facilitar al Ayuntamiento el ejercicio de las competencias que le son propias, respecto a lo establecido en los artículos 2, 7 y 25.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local , en materia de infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad, información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local, y promoción del deporte e instalaciones deportivas y de Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Desmontaje y retirada de los equipos interiores antiguos, con transporte a gestor autorizado de residuos RAEE.
  • Suministro de 47 unidades interiores de tipo cassette de techo o equivalente funcional, compatibles e integrables con el sistema VRF existente.
  • Suministro e instalación de un sistema autónomo completo de climatización para la sala de servidores, apto para funcionamiento continuo 24/7.
  • Instalación de nuevas unidades y su conexión a la red de distribución de refrigerante existente.
  • Realización de pruebas de presión, estanqueidad, verificación de funcionamiento en frío y calor y puesta en marcha.
  • Presentar declaración jurada por su representante legal de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Acreditar, mediante certificación original o copia cotejada de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social o, en su defecto, acuerdo de aplazamiento (conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 6 de 26 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00366/2026 de fecha 17/06/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
  • que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones), así como de estar al corriente de obligaciones fiscales con el Estado y la Comunidad Autónoma.
  • No estar incurso en los supuestos recogidos en el artículo 34.4. de la Ley General de Subvenciones, según el cual “ En ningún caso podrán realizarse pagos anticipados a beneficiarios cuando se hayan solicitado la declaración de concurso, hayan sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, se hallen declarados en concurso, estén sujetos a intervención judicial o hayan sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso, hayan sido declarados en quiebra, en concurso de acreedores, insolvente fallido en cualquier procedimiento o sujeto a intervención judicial, haber iniciado expediente de quita y espera o de suspensión de pagos o presentado solicitud judicial de quiebra o concurso de acreedores, mientras, en su caso, no fueran rehabilitados.”
  • Asumir toda la responsabilidad que pudiera derivarse de la organización y desarrollo del proyecto, de tal forma que la Excma. Diputación Provincial de Cádiz quede exonerada de cualquier clase de responsabilidad.
  • Hacer constar en la actuación objeto del presente Convenio, la colaboración de la Diputación Provincial mediante la inserción de la imagen corporativa en todos los soportes que sean utilizados.
  • Justificar la realización de la actuación subvencionada y el empleo de los fondos públicos concedidos. En su caso, deberá comunicar cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se le otorgó.
  • Tener en su poder, para la tramitación del expediente de contratación y remitir a
  • Toda aquella documentación técnica y jurídica que resulte precisa para la formación del expediente y ejecución del contrato conforme a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y sus Reglamentos de desarrollo, así como en las disposiciones legales de carácter sectorial aplicables y en las disposiciones comunitarias en materia de contratación pública que resulten de directa aplicación.
  • Además, en los supuestos de obra, la documentación técnica y jurídica que resulte exigible conforme a lo dispuesto en el art. 138 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, arts. 2.2 y 4 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, RD 1627/1997, de 24 de octubre, de Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 7 de 26 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00366/2026 de fecha 17/06/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
  • Cumplir con las determinaciones a que se sujeta la subvención concedida y tramitar lo relativo al expediente de contratación administrativa según resulte exigible conforme a la normativa vigente en la materia y seguimiento de la ejecución hasta su total finalización.
  • No estar incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por la Diputación Provincial a su favor, y no tener pendientes obligaciones tributarias con la misma ni justificación de subvenciones cuyo plazo hubiere concluido.
  • Aportar la documentación que la Diputación Provincial le requiera y que guarde relación con la actuación subvencionada objeto del presente Convenio.
  • Por último, el Ayuntamiento de Cádiz autoriza a la Diputación Provincial de Cádiz a consultar o recabar los certificados tributarios que sena pertinentes para proceder a la tramitación correcta de la presente subvención.
  • El Ayuntamiento de Cádiz deberá dar a la inversión el destino que le es inherente, dada la finalidad prevista de “Climatización de la Jefatura de la Policía Local ”, así como respecto a la construcción, gestión y mantenimiento de las instalaciones y equipamientos de titularidad propia, lo cual se acreditará con la correcta justificación de la subvención del modo previsto en el siguiente apartado.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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económica. El objeto del presente Convenio es instrumentar la prestación de asistencia económica, así como el establecimiento de las condiciones que rigen la subvención, en aras de facilitar al Ayuntamiento el ejercicio de las competencias que le son propias, respecto a lo establecido en los artículos 2, 7 y 25.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local , en materia de infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad, información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local, y promoción del deporte e instalaciones deportivas y de Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 4 de 26 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00366/2026 de fecha 17/06/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.