CAMPAÑA CHEQUES DESCUENTO 2026

El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a determinados establecimientos del municipio como consecuencia de la utilización de cheques-descuento de la campaña COMPREM A CUNIT, que se llevará a cabo en el municipio de Cunit del día 23 de noviembre al 20 de diciembre de 2026 o hasta que los cheques se agoten. Esta subvención se considera como programa de subvenciones en concurrencia (No competitiva) para determinados establecimientos económicos de Cunit. La subvención tiene la finalidad de trabajar por el fomento del consumo en el comercio local del municipio, especialmente en pequeños establecimientos comerciales y de servicios.

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CUNIT.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 55.000,00 €. Inicio: 23/11/2026. Plazo: Fin: 20/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • El plazo para que los establecimientos se puedan adherir a la campaña empezará el día 9 de noviembre. Para adherirse a la campaña y, por tanto, solicitar la subvención, el establecimiento deberá rellenar y firmar el formulario mediante el aplicativo creado para esta campaña y que el Ayuntamiento de Cunit pondrá a disposición de la Cámara de Comercio de Tarragona como entidad colaboradora. Cuando alguna solicitud presente deficiencias, la Cámara de Comercio de Tarragona requerirá al solicitante para que las enmiende o presente en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, con la advertencia de que, en caso contrario, se declarará de sistido de la petición y se procederá al archivo de las actuaciones. Asimismo, si el solicitante lo autoriza, el requerimiento de enmienda de solicitud se podrá realizar por correo electrónico. Paralelamente, la misma solicitud de subvención incorpora la aceptación por parte de la persona beneficiaria de la subvención en caso de otorgarse. El incumplimiento de los requisitos no enmendables o del plazo de presentación de solicitudes que establecen estas bases conlleva la inadmisión de la solicitud.
  • Cada solicitante puede presentar una única solicitud. La solicitud de la subvención implica la aceptación de las bases reguladoras.
  • La documentación que deberá adjuntarse al formulario que se incluirá en el aplicativo para
  • Declaración responsable completa debidamente firmada por la persona titular de la actividad económica.
  • Certificado de estar al corriente de la SS
  • Certificado de estar al corriente con Hacienda La documentación presentada asociada al procedimiento de concesión puede ser una copia simple (documento escaneado en PDF), siempre que sean copias idénticas a los documentos originales.
  • Ordenación, instrucción y resolución del expediente La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de estas subvenciones en forma de cheques-descuento, así como la resolución, corresponde a la Cámara de Comercio de Tarragona en la forma que se establezca en el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cunit y la Cámara. El plazo máximo para resolver el otorgamiento o no de las subvenciones por parte de la Cámara de Comercio a los establecimientos comerciales no podrá exceder del 30 de diciembre de 2026. El vencimiento del plazo máximo sin que se haya publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de la subvención. La Cámara de Comercio de Tarragona será la encargada de resolver cualquier eventualidad no regulada expresamente en estas bases.
  • Pago La Cámara de Comercio de Tarragona abonará semanalmente el importe de la subvención previa validación de las justificaciones que se vayan haciendo mientras avanza la campaña.
  • La justificación de la subvención debe presentarse en la Cámara de Comercio de Tarragona en los términos que ésta establezca y a través del aplicativo que le proporcionará el Ayuntamiento de Cunit. Una vez verificada la operación de venta con los cheques -descuento aplicados, ésta formará parte de la documentación justificativa de la subvención y podrá ser liquidada por parte de la entidad colaboradora. El plazo máximo para la presentación de la justificación por parte del establecimiento en la Cámara será hasta el día 30 de diciembre, siempre que no se haya ido justificando a medida que avanza la campaña. La comprobación de la documentación requerida se efectuará por parte de la Cámara de Comercio de Tarragona.
  • Los beneficiarios y la entidad colaboradora deben cumplir las obligaciones establecidas en las disposiciones normativas que son de aplicación y, en concreto las siguientes, según proceda en
  • Aceptar y cumplir la normativa.
  • El establecimiento pedirá el DNI a la persona cliente a la hora de hacer la compra con uso de los Cheques-descuento.
  • Realizar la formación de uso de la aplicación móvil para la gestión de los cheques.
  • Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Facilitar toda la información complementaria que se requiera.
  • Someterse a las acciones de control financiero que eventualmente se pueda realizar en cumplimiento de los artículos 44 y siguientes de la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
  • Someterse a las acciones de control que se puedan realizar para comprobar el cumplimiento de la normativa.
  • Presentar la justificación de la subvención.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables, crédito presupuestario y cuantía de la subvención · eligible
    Son gastos subvencionables las cantidades dejadas de ingresar como consecuencia de la utilización, por parte de los consumidores, de los cheques-descuento de la campaña COMPREM

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a determinados establecimientos del municipio como consecuencia de la utilización de cheques-descuento de la campaña COMPREM A CUNIT, que se llevará a cabo en el municipio de Cunit del día 23 de noviembre al 20 de diciembre de 2026 o hasta que los cheques se agoten. Esta subvención se considera como programa de subvenciones en concurrencia (No competitiva) para determinados establecimientos económicos de Cunit. La subvención tiene la finalidad de trabajar por el fomento del consumo en el comercio local del municipio, especialmente en pequeños establecimientos comerciales y de servicios.