CAMARA DE COMERCIO PROGRAMA DE INTERNALIZACION

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Con el objeto de asegurar la máxima eficacia en la consecución de los objetivos establecidos en el presente Convenio, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos miembros de cada una de las instituciones firmantes y designados libremente por las mismas. Estos miembros podrán ser relevados o sustituidos en cualquier momento, siendo suficiente para ello la mera comunicación a la otra parte al inicio de cada reunión. La Comisión se reunirá cuantas veces lo requiera el buen funcionamiento del presente Convenio.
  • UNDÉCIMA. - JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. La cuantía de la subvención se abonará a la Cámara por la Diputación Provincial de Zamora, previa justificación de los gastos efectuados en el marco del Programa, en los términos previstos en el presente convenio. La documentación justificativa de la subvención se presentará en la Sede Electrónica de la Diputación de Zamora hasta el 31 de diciembre de 2026 como fecha límite, aportando de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 72 y 73 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la cuenta justificativa, que contendrá los documentos que a continuación se relacionan, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado para ello en el “Catálogo de Trámites” de la sede electrónica de la Diputación de Zamora http://diputaciondezamora.sedelectronica.es. (Para localizar el procedimiento, introducir Código 4447 en “Buscar trámite”: 4447.07 Justificación de subvenciones nominativas reguladas por convenio)
  • Modelo 4447 0010 DEPG relativo a Declaración e índice de gastos soportados por la actividad o adquisición objeto de la subvención.
  • Memoria explicativa de las actividades realizadas, en la que consten los destinatarios finales (listado de empresas beneficiarias, así como su ubicación, domicilio social y/o centro productivo, en la provincia de Zamora), las fechas definitivas de realización y el lugar de realización- y en la que conste expresa y de forma independiente en qué medida los gastos justificados se han empleado o han contribuido en alcanzar los objetivos y su correspondiente evaluación.
  • Modelo 4431 0050 PEIG: Balance equilibrado de ingresos y gastos referido a la actividad subvencionada, suscrito por el Presidente de la Cámara.
  • Certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el supuesto de que hubieron caducado las aportadas para la aprobación del convenio. La participación en el procedimiento conllevará la autorización del beneficiario para que la Diputación Provincial de Zamora pida directamente a la Agencia Estatal de 6 Cód. Validación: 6R4XQTYSNQACSAPAYPD7TC5ZP Verificación: https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 13
  • Administración Tributaria y/o a la Tesorería General de Seguridad Social los mencionados certificados. En este supuesto, el interesado no deberá aportar la documentación citada, incorporándose ésta de oficio por la Diputación Provincial de Zamora. No obstante, el beneficiario podrá denegar expresamente el consentimiento mediante escrito presentado junto a la documentación justificativa de la subvención, debiendo aportar entonces la documentación relativa a la información tributaria o de la Seguridad Social que en cada caso se exija.
  • Justificantes originales o en copia compulsada acreditativos de los gastos, en los que, de conformidad con el Artículo 73 del Reglamento de subvenciones, deberá constar el estampillado de haber sido financiados por la Diputación de Zamora. Esta diligencia de financiación será realizada por el beneficiario  Justificantes de los Gastos corrientes en bienes y servicios : facturas acreditativas de los mismos y justificaciones de la realización de los pagos. En las facturas originales deberá constar que su importe ha sido subvencionado por la Diputación de Zamora en su totalidad o en el correspondiente porcentaje. Sin esta diligencia de financiación en el original, no se admitirá la copia compulsada.
  • Nombre o razón social y NIF de la empresa que factura.
  • Fecha de emisión. La fecha de la factura deberá estar dentro de los límites del período de ejecución de la actividad subvencionada.
  • Importe total, y en su caso, desglosado o por conceptos.
  • IVA: base imponible y, tipo impositivo.
  • Adeudo bancario justificativo del pago de la factura. No se admitirán justificantes de pagos en efectivo.  Gastos de personal : nóminas (con la correspondiente diligencia de financiación en el original, indicando, en su caso el porcentaje de dedicación a la actividad subvencionada ), Recibo de liquidación de cotizaciones y Relación nominal de trabajadores, y documento 111 de retenciones de IRPF, junto con los justificantes de pago que correspondan.
  • Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, haya solicitado el beneficiario, en el caso de encontrarse en el supuesto al que el artículo citado se refiere.
  • DECIMOCUARTA. - MODIFICACIÓN El presente convenio sólo podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes.
  • El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
  • El acuerdo unánime de todos los firmantes.
  • El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa no conllevará la indemnización de los perjuicios causados.
  • Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
  • Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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