C_SUBV_NOM_2026_AYTO_JEREZ DE LOS CABALLEROS_XXXVI Salón del Jamón I.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    - Valls Múñoz, Ana Belén, DIP. DEL ÁREA DE DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO, de Diputación de Badajoz. Firmado 14/08/2026 09:52
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    Plazo de ejecución: Podrán subvencionarse gastos que hayan sido realizados desde el día 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2026.
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    Gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos qu e se realicen desde el día 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2026, y estén relacionados con la actividad subvencionada anteriormente descrita. Además de lo expuesto a continuación, el beneficiario ha considerado lo contemplado en la GUÍA PARA LA EJECUCIÓN/JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA/DIRECTA , y ha tenido en cuenta las limitaciones y formas de acreditación establecidas en la Legislación de subvenciones y las determinadas por esta Entidad.  Gastos por contratación de servicios externos. Se permite la subcontratación de hasta el 100% del importe de las actividades objeto de la subvención.  Costes indirectos al proyecto. Se admite acreditar como costes indirectos el 10% del importe de la subvención concedida, sin la obligación de justificación documental. No obstante, esta do- cumentación deberá estar en poder del beneficiario ante posibles controles financieros que pu - dieran realizarse.  Gastos de personal.
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    Personal específicamente contratado para la actividad subvencionada. Hasta el 100% de la carga Salarial.
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    Personal técnico del ayuntamiento que ya estuviera contratado y se destine al desarrollo del programa subvencionado. Hasta el 40% de la carga salarial anual.
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    Personal de administración del ayuntamiento. Hasta el 10% del importe de la subven - ción concedida.
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    Otras limitaciones: Los gastos devengados por bajas por enfermedad profesional o inca - pacidad temporal del personal, no serán considerados subvencionables.  Honorarios por servicios profesionales.  Premios en metálico.  Gastos en concepto de dietas, desplazamientos y comidas. Podrán imputar de esta tipología de gasto hasta el 10% del importe de la subvención concedida, siempre que estén previstos en el presupuesto presentado Delegación de Economía Sostenible, Contratación Estratégica y Patrimonio www.dip-badajoz.es
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    Cuarto. - Obligaciones del beneficiario El beneficiario está sujeto a las obligaciones establecidas en el art. 14 de la Ley General de Subvenciones y en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz y en
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    todo caso estarán sujetos a las siguientes obligaciones: a. Realizar la actividad y gastos subvencionados en las condiciones previstas, incluida la obligación de realizar todas las actividades y gastos según consta en el apartado cuarto de esta propuesta. No se admitirán gastos que queden fuera de este periodo. b. Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el momento en que aquélla se produzca, con el fin de obtener en su caso, la correspondiente autorización sobre el cambio que resulte necesario realizar en el programa propuesto y aprobado. c. Posibilitar toda capacidad de control e inspección de la actividad realizada por parte de la Diputación de Badajoz, tal y como se recoge en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el artículo 46 sobre obligación de colaboración. Delegación de Economía Sostenible, Contratación Estratégica y Patrimonio www.dip-badajoz.es
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    ESTRATÉGICA Y PATRIMONIO C/ Felipe Checa, 23 06071 Badajoz (BADAJOZ) Teléf.: 924 212 400 d. Los beneficiarios de la subvención estarán obligados a difundir que la actividad ha sido subvencionada por la Diputación de Badajoz. Para ello deberán hacer constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su imagen corporativa en todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto. (Ver GUÍA PARA LA EJECUCIÓN/JUSTIFICACIÓN DE

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes