BECAS PARA ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES PADRE FLORENCIO Y Mª DOLORES MALUMBRES 2025/2026

Las presentes bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión de las “Becas para actividades extraescolares Padre Florencio y Mª Dolores Malumbres 2025/2026”, con arreglo a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad y en las condiciones que se disponen en la presente convocatoria. La práctica continuada de un deporte o una actividad extraescolar reporta numerosos beneficios en la formación de niños/as y jóvenes, ocupando de forma positiva su tiempo libre, educándolos en el esfuerzo y favoreciendo su aprendizaje…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES230 - La Rioja. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALFARO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • PRESUPUESTO PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS AYUDAS Y CUANTÍA
  • 1. Presupuesto La dotación presupuestaria de esta convocatoria será de 15.000 euros que se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 326.48000 del presupuesto municipal vigente 2026.
  • 50 becas para el deporte denominadas “Becas Hermano Florencio”
  • 25 becas para actividades académicas denominadas “Becas María Dolores Malumbres”: 15 becas para el aprendizaje de idiomas 10 becas para actividades musicales En caso de que no se agotase el crédito asignado a alguna de las tres líneas de becas, éste podrá ser utilizado en otra modalidad, siguiendo el criterio de menor renta per cápita del resto de solicitudes. Solamente se podrá presentar solicitud en una modalidad (deporte, idiomas o música) y por tanto, sólo se podrá adjudicar una beca por cada niño o joven de la unidad familiar para participar en una única actividad extraescolar con un máximo de ayuda de 200 €. A los efectos de esta convocatoria se considera «actividad extraescolar regular» la que se practica semanalmente fuera del horario lectivo, por un periodo mínimo de 4 meses consecutivos. La cantidad máxima a conceder es de 200€ pero si el importe de la actividad por la que se solicita beca es inferior, se concederá por ese importe justificado.
  • SOLICITANTES Podrán solicitar estas ayudas los padres/madres o tutores legales de los niños/as y jóvenes nacidos de 2010 a 2020, (en el caso de jóvenes con un grado de discapacidad reconocido, nacidos desde 2005), que participen regularmente en actividades extraescolares deportivas y académicas de Alfaro.
  • Estar empadronado en el municipio de Alfaro, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (Se exceptúa de este requisito a los menores en acogida).
  • Haber asistido a la actividad extraescolar localizada en Alfaro durante, al menos, 4 meses consecutivos.
  • No ser deudor de la Hacienda Municipal, Agencia Tributaria o Seguridad Social a fecha de la aprobación de la adjudicación provisional. Podrá beneficiarse de esta ayuda quien reciba otra para la misma finalidad, siempre que, la cuantía total a percibir no sea superior al coste del gasto realizado.
  • documentation
    Solicitud según modelo oficial que se facilitará en la OAC y que podrá descargarse en la sede electrónica del Ayuntamiento, que incluirá: La Declaración jurada de que se cumple con los requisitos de las presentes bases, además de especificar si existe o no otra subvención para la misma actividad por la que se solicita la beca e importe de la misma. La Ficha de alta a Terceros, cumplimentada por la entidad bancaria con los datos de cuenta de titularidad del progenitor/a o tutor/a del beneficiario que ha realizado la solicitud, para poder proceder al ingreso, en caso de concesión de la beca. La Declaración responsable relativa a no estar incurso en circunstancias o prohibiciones para recibir subvenciones públicas. La Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, AEAT y con la Hacienda municipal, en virtud del artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ya que la cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no supera el importe de 3.000 euros.
  • documentation
    Documentación relativa a los ingresos económicos: Declaración de la Renta 2025 de todos los miembros de la Unidad de Convivencia que estén obligados a presentarla.
  • documentation
    En el caso de no estar obligado a presentar Declaración de la Renta: Certificado de la empresa de los ingresos percibidos en 2025 Certificado del INEM en el que consten los periodos de paro y las prestaciones recibidas durante el año 2025 (en el caso de que no se haya trabajado durante todo el año 2025 o estos datos no consten en la Declaración de la Renta). Declaración del solicitante de la situación económica de renta de su Unidad Familiar en 2025 en el caso de que las Administración Tributaria o el INEM no dispongan de datos. (Modelo adjunto) Documentación relativa a la actividad Se deberá presentar copia o justificante de pago del importe de la inscripción y/o de, al menos, 4 cuotas consecutivas de asistencia a la actividad en el periodo de septiembre de 2025 a junio de 2026. Si con estas cuatro cuotas no se cubriera el importe de 200€ pero se hubiera seguido asistiendo a la actividad, se presentarán tantos recibos como se necesiten para alcanzar este importe. Es decir, deberán presentarse un mínimo de 4 (si con ellos ya se alcanza el tope de 200€) y un máximo de 10 recibos del periodo señalado.
  • documentation
    PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN Plazo: El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación del extracto en el BOR y finalizará el 11 de septiembre de 2026. La convocatoria se hará pública a través del BOR y del tablón de anuncios de la sede electrónica municipal. Lugar: La solicitud junto con la documentación se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Alfaro (Oficina de atención al ciudadano, OAC) de lunes a viernes en horario de 9 a 14:00 horas o de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. De conformidad con el artículo 68 de la ley 39/2015 LPACAP, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente convocatoria o no fuera acompañado de la documentación exigible se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días improrrogables subsane las faltas presentadas o aporte los documentos preceptivos, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
  • documentation
    ORDENACIÓN E INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO La instrucción del procedimiento correrá a cargo de la Técnico en Prevención de Adicciones quien procederá a la baremación de las solicitudes presentadas en tiempo y forma establecidas en la convocatoria. Se creará una Comisión de Valoración (formada por el órgano instructor y los titulares de las Concejalías de Educación y de Sanidad y Servicios Sociales), cuya función será la de resolver aquellas cuestiones o circunstancias excepcionales, que puedan suscitarse a lo largo del proceso de selección, sin perjuicio de los informes jurídicos o de otra índole que procedan.
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    Criterios de valoración para el otorgamiento de las ayudas.
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    1. Criterios económicos La renta familiar, a los efectos de obtención de esta ayuda, se obtendrá por la suma de las rentas de cada componente computable de la Unidad Familiar que obtenga ingresos de cualquier naturaleza, del ejercicio económico exigido en la convocatoria y se determinará del siguiente modo:
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    Quien haya presentado Declaración del I.R.P.F.:
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    Se sumará la Base Imponible General con la Base Imponible del Ahorro y se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
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    Quien no presente Declaración de I.R.P.F.:
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    Se sumarán los rendimientos íntegros del trabajo, con los del capital mobiliario y retenciones practicadas por ganancias patrimoniales, y se restarán los gastos deducibles de rendimientos del trabajo practicados. La renta per cápita de la unidad familiar se obtendrá del resultado de dividir la renta familiar entre el número de miembros de la Unidad Familiar. A efectos de estas bases, se considerarán componentes de la Unidad Familiar: el solicitante, madre/padre o representantes legales y hermanos/as menores de 18 años. Se incluirán también los hermanos/as mayores de 18 y menores de 25 años, o con discapacidad cualquiera que sea su edad, siempre que convivan en el domicilio familiar y que justifiquen que no perciben ningún tipo de ingreso. Además, se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias familiares, que serán acumulables:
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    Se restarán 1.000€ de la renta familiar por cada una de las siguientes circunstancias, que deberán de ser convenientemente acreditadas: a. Familia numerosa b. Familia monoparental (que está formada únicamente por el padre o la madre y los hijos y depende económicamente de éste/a) c. Discapacidad del solicitante igual o superior al 33% d. Discapacidad de algún miembro de la unidad familiar igual o superior al 33%

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Las presentes bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión de las “Becas para actividades extraescolares Padre Florencio y Mª Dolores Malumbres 2025/2026”, con arreglo a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad y en las condiciones que se disponen en la presente convocatoria. La práctica continuada de un deporte o una actividad extraescolar reporta numerosos beneficios en la formación de niños/as y jóvenes, ocupando de forma positiva su tiempo libre, educándolos en el esfuerzo y favoreciendo su aprendizaje. Estas actividades constituyen una forma de ocio saludable, complementando la formación y favoreciendo la socialización con los iguales. A todo ello, cabe añadir, que la asistencia a estas actividades sirve de apoyo a la conciliación familiar y laboral. La finalidad de esta convocatoria es, por un lado, fomentar la práctica de actividades beneficiosas para el desarrollo y el crecimiento personal y por otro, ayudar a las familias con menos recursos económicos para impulsar la integración social de niños/as y jóvenes nacidos de 2010 a 2020, (en el caso de jóvenes con un grado de discapacidad reconocido, nacidos desde 2005), propiciando que participen regularmente en actividades extraescolares deportivas y académicas localizadas en Alfaro. Al mismo tiempo, tratan de garantizar que ningún/a niño/a o joven quede excluido/a debido a circunstancias económicas desfavorables de su ámbito familiar.