Personas físicasEstudiantes y educaciónES523 - Valencia / València

BECAS MATERIAL ESCOLAR 2026 2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORRENT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Cursen estudios en el curso 2026-2027 en:  Primer ciclo de Educación Infantil de la Escuela Infantil Pulgarcito, Educación Infantil de primer ciclo en las unidades de 2 años en CEIPS y Educación Infantil de segundo ciclo en centro docente sostenido con fondos públicos.  Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes sostenido con fondos públicos.  Conservatorios oficiales de música y danza y centros de música y danza autorizados o registrados por la Conselleria de Educación.  Centro de Formación Permanente de Adultos de Torrent.  Escuela Oficial de idiomas de Torrent.
  • Estén empadronados en el municipio de Torrent. Deberán estar empadronados en el mismo domicilio el alumno beneficiario y la madre, padre o tutor legal que solicite la ayuda.
  • Posean los niveles de renta familiar que determine el órgano colegiado de valoración en relación al resto de solicitudes presentadas. No podrán tener la condición de beneficiarios en el supuesto de que las personas solicitantes incurran en alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del
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    Anexo I Declaración responsable y consentimientos
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    Ficha de mantenimiento de terceros, conforme al modelo que se anexa a solicitud.
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    En el caso de solicitantes de becas de Educación Infantil de primer ciclo (Escuela de Educación Infantil Pulgarcito y el alumnado matriculado en Educación Infantil de primer ciclo en unidades de 2 años de los CEIPS), d’Educación Infantil de segundo ciclo, Educación Primaria y Educación
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    Secundaria, tendrán que aportar:  Factura original acreditativa del material adquirido, expedida por un
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    Nombre, domicilio y CIF del establecimiento.
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    Nombre y apellidos del comprador.
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    Relación del material didáctico adquirido.
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    Fecha e importe global. La factura comprenderá, al menos, un 60% de material didáctico. Excepcionalmente, podrá complementarse la ayuda con la adquisición de libros de texto, hasta llegar al importe máximo de la beca (50 €). Ajuntament de Torrent Carrer Ramon y Cajal 1, TORRENT. 46900 (València). Tel. 961111111. Fax: 961111810 Codi Validació: AXCHM626EXSYLCAHZGYCKCJRK Verificació: https://torrent.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 5 de 19
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    Si la adquisición del material didáctico justificado en la factura no llegará al porcentaje indicado (60%), únicamente se pagará el importe destinado a material escolar justificado (máximo 30 €), no atendiéndose el importe destinado a libros de texto u otros materiales no subvencionables. En caso que el centro educativo adquiera el material para facilitarlo al alumnado, tendrá que presentar a la delegación de Educación factura original por la totalidad del material adquirido, factura que tendrá los requisitos indicados en este apartado. No se admitirán las solicitudes de las familias si el centro educativo no ha presentado el documento acreditativo de la adquisición de material didáctico. No se considera válida la justificación si falta alguno de los requisitos de la factura.
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    Solicitantes de estudios en el Centro de Formación Permanente de Adultos, Escuela de Idiomas y en centros autorizados de Música y Danza , tendrán que
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    aportar:  Factura original acreditativa del material adquirido, expedida por un establecimiento comercial de Torrent, abierto al público en general, donde
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    Fecha e importe global. No se considera válida la justificación si falta alguno de los requisitos de la factura.
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     Si es el caso, copia auténtica del documento que acredite que la patria potestad o la tutoría de alguno de los menores de la unidad familiar la ostenta persona diferente de los progenitores.  En su caso, copia auténtica del certificado de discapacidad igual o superior al 33% de los hijos mayores de 26 años que convivan en el domicilio familiar.  Si es el caso, copia auténtica de la documentación que acredite el divorcio o separación de los progenitores, así como, en el supuesto de custodia compartida, del acuerdo o resolución por el cual se establece el dicho régimen de custodia.  En caso de manifestar expresamente oposición a la consulta por medio de la Ajuntament de Torrent Carrer Ramon y Cajal 1, TORRENT. 46900 (València). Tel. 961111111. Fax: 961111810 Codi Validació: AXCHM626EXSYLCAHZGYCKCJRK Verificació: https://torrent.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 6 de 19
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    intermediación de datos, se tendrá que presentar la siguiente documentación:
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    Certificación positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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    Certificado de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En caso de considerarse conveniente, o cuando haya dudas razonables sobre los datos aportados, se podrá requerir cualquier otra documentación a fin de justificar las situaciones alegadas por los solicitantes y su unidad familiar. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que lo subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistido en su solicitud, previa resolución que tendrá que ser dictada en los términos que prevé el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BASE SEXTA. Crédito presupuestario, cuantía y distribución de las ayudas. La cantidad global destinada a las ayudas económicas que por medio de estas bases se regulan, es de 125.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 3260-
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    Presidente: La concejala delegada de Educación.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación