Personas físicasEstudiantes y educaciónES522 - Castellón / Castelló

Becas de Estudio destinadas a alumnado senior matriculado en la Universitat per a Majors UJI. Curso académico 2026/2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓ/CASTELLÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Poseer vecindad administrativa en un municipio de la provincia de Castellón.
  • Edad igual o superior a 55 años.
  • Encontrarse matriculado con referencia al curso académico del ejercicio, en los estudios de Grado Universitario Senior, Postgrado o Curso de Ciencias Humanas y Sociales, impartidos por la Universitat per a Majors, de la Universitat Jaume I de Castelló.
  • No disfrutar de otra beca o ayuda económica, aplicable a idéntico periodo al solicitado, financiada con fondos públicos o privados. En caso de concurrencia, la persona aspirante deberá renunciar con anterioridad a los ingresos de otra procedencia y, en su caso, acreditar que ha reintegrado el importe ya percibido.
  • La obtención de beca será incompatible, con carácter general, con actividades empresariales, profesionales, sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatuaria con cualquier institución, organismo o empresa pública o privada. A tal efecto, deberá acreditar documentalmente encontrarse en situación de desempleo o reunir la condición de pensionista o persona jubilada. No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo, LGS).
  • Graduado Universitario Senior Nivel Número de becas Cuantía económica unitaria máxima Primer curso 14 157,00 € (147 € matrícula + 10 € tasas administrativas) Segundo curso 15 157,00 € (147 € matrícula + 10 € tasas administrativas) Tercer curso 15 178,00 € (168 € matrícula + 10 € tasas administrativas)
  • Estudios de Postgrado: Transversal o Específico Número de becas Cuantía económica unitaria máxima 30 178,00 € (168,00 € matrícula + 10 € tasas administrativas)
  • Curso de Ciencias Humanas y Sociales: Programa Aulas para Mayores Impartido en las Aulas para Mayores de las sedes del Norte (Sant Mateu y Vinarós), dels Ports, del Interior (Segorbe) y del Camp de Morvedre (Port de Sagunt). Número de becas Cuantía económica unitaria máxima 20 118,00 € (108,00 € matrícula + 10 € tasas administrativas) En el supuesto de que el número de solicitantes de beca fuera inferior en alguna de las modalidades de estudio establecidas al del número de becas convocadas para la misma, las becas excedentes podrán ser asignadas, a propuesta de la Comisión de Valoración de la presente convocatoria, a favor de solicitantes matriculados en otras modalidades de estudio previstas en la presente convocatoria, siguiéndose, en todo caso, la prelación resultante de la puntuación obtenida y, en su caso, de la priorización según la cláusula DÉCIMA.
  • QUIN TA . GASTOS SUBVENCIONABLES Serán gastos objeto de subvención los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del ejercicio 2026 en el plazo establecido en el art. 31.2 de la LGS. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Únicamente serán objeto de ayuda los gastos de carácter CORRIENTE, en ningún caso gasto en bienes inventariables. En concreto se consideran subvencionables las siguientes categorías de gasto, según el detalle de partidas clasificatorias y cuantías que consten en el ANEXO I de la solicitud, los g astos de matriculación y tasas administrativas en los estudios de Grado Universitario Senior (1º, 2º o 3º curso) , Postgrado (Transversal o Específico) , Ciencias Humanas y Sociales de las Aulas para Mayores de las sedes del Norte, dels Ports, del Interior y del 4
  • FINANCIACIÓN DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS La cuantía de la subvención no podrá superar el 100% de los gastos subvencionables de la actividad, siendo la subvención máxima por beneficiario la siguiente, salvo en aquellos casos especiales que, en su caso, sean apreciados por la comisión de valoración, de los que se
  • Graduado Universitario Senior Nivel Cuantía económica unitaria máxima Primer curso 157,00 € (147 € matrícula + 10 € tasas administrativas) Segundo curso 157,00 € (147 € matrícula + 10 € tasas administrativas) Tercer curso 178,00 € (168 € matrícula + 10 € tasas administrativas)
  • Estudios de Postgra do: Transversal o Específico Cuantía económica unitaria máxima 178,00 € (168,00 € matrícula + 10 € tasas administrativas)
  • Curso de Ciencias Humanas y Sociales : Programa Aulas para Mayores Cuantía económica unitaria máxima 118,00 € (108,00 € matrícula + 10 € tasas administrativas)
  • 000,00 €, de conformidad con la operación contable RC n.º12026000039084. 5
  • OCTAVA. SOLICITUDES: PLAZO, LUGAR Y DOCUMENTACIÓN Los interesados en concurrir en este procedimiento deberán presentar sus solicitudes dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente hábil al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. Atendiendo a lo establecido en el art. 14.1 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), las personas físicas interesadas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona a comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento. Dicha documentación podrá presentarse ante el Registro General de la Diputación Provincial de Castellón o mediante cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la
  • La solicitud de subvención deberá acompañarse de la siguiente documentación:
  • DNI/NIE del solicitante o DNI/NIE del representante . En este último caso se deberá acreditar la representación mediante la presentación de poderes o por cualquier otro medio admitido por derecho.
  • ANEXO I. SOLICITUD: MEMORIA Y PRESUPUESTO DE ACTIVIDADES : La solicitud de beca de formación , referente al curso académico 2026/27, formalizada en modelo-tipo, facilitado al efecto por el Servicio de Bienestar Social e Igualdad de la Diputación Provincial de Castellón, y disponible asimismo en la página web institucional ( www.dipcas.es), deberá ser presentada por las personas interesadas con la descripción del estudio de Grado Universitario Senior, Postgrado o Aulas para Mayores que vaya a realizar en el curso académico 2026/2027, con detalle del presupuesto de ingresos y gastos. El presupuesto de gastos deberá referirse al total de la actividad subvencionada, diferenciando los gastos subvencionables de los no subvencionables, y especificando las partidas clasificatorias de unos y otros. Los ingresos deben ser suficientes para la cobertura final de todos los gastos. 6
  • ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, SS, REINTEGRO Y NO INCURSIÓN EN PROHIBICIÓN : Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el art. 24 y 25 del RLGS, su cumplimiento se realizará mediante declaración responsable , según modelo adjunto en ANEXO II. En todo caso el órgano gestor de la presente convocatoria solicitará a la Tesorería de la Diputación Provincial informe/certificación acreditativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de pago de cualquier derecho reconocido al favor de la Diputación o de sus Organismos Autónomos. En caso de resultar negativo, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el término de diez días, lo subsane, con la advertencia de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución emitida al efecto.
  • ANEXO III. Ficha actualizada de mantenimiento de terceros , cumplimentada según el modelo aprobado por la Diputación Provincial o bien, certificado de titularidad de la entidad bancaria.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • GASTOS SUBVENCIONABLES Categorías Importe · eligible
    TOTAL GASTOS SUBVENCIONABLES 20
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    TOTAL INGRESOS Los gastos de matriculación y tasas están exentos de IVA en virtud del artículo 20 de la Ley 37/1992. Firmado en ________________________, a ___ de ________________ de ______. D./Dª.___________________________________ 21
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Detalle de partidas clasificatorias Importe solicitud/ modificación Importe ejecutado % desviació · eligible
    GASTO MATRÍCULA
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 0 0 0 · eligible
    TOTAL INGRESOS Los gastos de matriculación y tasas están exentos de IVA en virtud del artículo 20 de la Ley 37/1992. Firmado, en _______________, a ___ de ___________________ de 2026 (Documento firmado electrónicamente al margen) 27

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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