Becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios del sistema universitari0 de Cataluña para el curs · 2026/2027

Título oficial: Becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios del sistema universitari0 de Cataluña para el curso académiico 2026-2027

La presente convocatoria tiene por objeto promover la iniciación de los estudiantes universitarios que cursen el último año de estudios de grado o el primer curso de máster universitario oficial en las tareas de investigación, mediante la concesión de una beca que facilite su primer contacto con la actividad investigadora vinculada con los estudios que están cursando, facilitando su futura orientación profesional o investigadora…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AGÈNCIA DE GESTIÓ D'AJUTS UNIVERSITARIS I DE RECERCA (AGAUR).

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 640.000,00 €. Inicio: 21/07/2026. Plazo: Fin: 22/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las personas beneficiarias de esta beca deberán cumplir con las siguientes
  • Acreditar el cumplimiento de las condiciones y los requisitos establecidos para ser beneficiarias de la beca en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias para verificar, si procede, el cumplimiento y efectividad de las condiciones para la concesión de la beca.
  • Estar matriculadas durante el curso 2026-2027 en el último curso de una enseñanza oficial de grado o en el primer curso de un máster oficial.
  • Presentar un proyecto de colaboración que pueda desarrollarse en el marco de alguna de las líneas de investigación activas de los departamentos universitarios. En este proyecto se definirán las tareas que se llevarán a cabo y se describirá de forma explícita el impacto formativo complementario que el desarrollo del proyecto tendrá en algunas de las competencias asociadas a las materias de formación básica u obligatorias de la titulación que la persona solicitante está cursando. Además, deberá estar avalado por el grupo de investigación receptor o por el departamento en el que se desarrollará el proyecto.
  • Prestar colaboración de forma presencial con una dedicación de tres horas diarias durante siete meses y medio a partir de la fecha de incorporación al destino correspondiente como becarias de colaboración, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración con la universidad en la que están matriculadas o en la que se hayan matriculado de un mayor número de créditos en el curso 2026-2027. En el caso de universidades que impartan exclusivamente enseñanzas no presenciales, la colaboración podrá prestarse a distancia mediante las herramientas de la plataforma docente de la universidad. En estos casos, el departamento universitario dirigirá el trabajo y supervisará el número de entradas a la plataforma y el tiempo dedicado por el/la becario/a, que no podrá ser inferior a 420 horas en
  • cómputo anual, así como las demás actividades que el/la becario/a lleve a cabo a través de los foros, canales multimedia y herramientas de evaluación de trabajos. La colaboración a la que hace referencia este apartado deberá concluir antes del 31 de julio de 2027, excepto en los casos en los que se haya dictado una resolución estimatoria de un recurso administrativo o judicial o se haya revisado de oficio una resolu ción desestimatoria de una beca en una fecha que haga imposible completar el proyecto antes del 31 de julio. En este último caso, la colaboración deberá completarse en el plazo máximo de un año a partir del día siguiente a la notificación de la concesión.
  • Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de grado que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten los
  • No estar en posesión ni en disposición legal de obtener un título académico de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto o máster oficial.
  • Estar matriculados en una universidad del sistema universitario de Cataluña, en el curso 2026-2027, en todas las asignaturas o créditos restantes para finalizar los estudios de grado y haber superado, como mínimo, el 75 % de la carga lectiva de la titulación oficial.
  • Haber obtenido como nota media de los créditos superados a los que se refiere el párrafo anterior la que se indica a continuación, según la rama de la
  • 7,25 puntos o más para la rama de ingeniería y arquitectura o enseñanzas técnicas;
  • 7,70 puntos o más para las ramas de ciencias o ciencias experimentales y ciencias sociales y jurídicas;
  • 7,80 puntos o más para la rama de ciencias de la salud, y
  • 8,00 puntos o más para la rama de artes y humanidades.
  • En el supuesto de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo se tendrán en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación con la que opten a la beca de colaboración.
  • Asimismo, podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de máster oficial que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten los siguientes requisitos en su expediente
  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de máster oficial o de doctorado. No tener superados todos los créditos, a excepción del trabajo de fin de máster de un máster distinto de aquel con el que se solicita la beca.
  • Estar matriculados, en el curso 2026-2027, en todas las asignaturas o créditos de primer curso de un máster oficial en una universidad del sistema universitario de Cataluña. Los estudiantes con matrícula condicionada a la obtención del título de grado deberán acogerse a lo dispuesto en el apartado 1.
  • Estar en posesión de un título universitario que dé acceso al máster y haber obtenido en el expediente académico correspondiente a esos estudios la nota media mínima establecida en el apartado 1 de este artículo, en función de la rama de conocimiento de procedencia.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto promover la iniciación de los estudiantes universitarios que cursen el último año de estudios de grado o el primer curso de máster universitario oficial en las tareas de investigación, mediante la concesión de una beca que facilite su primer contacto con la actividad investigadora vinculada con los estudios que están cursando, facilitando su futura orientación profesional o investigadora. Esta iniciativa pretende fomentar la vinculación entre la formación académica y la investigación, a la vez que permite a los estudiantes ampliar sus conocimientos, profundizar en sus ámbitos de interés y orientar su futuro profesional hacia la carrera investigadora o académica. Asimismo, contribuye a la captación y formación de talento investigador y favorece su posible incorporación futura a labores docentes y de investigación. La convocatoria se enmarca en los objetivos estratégicos del Plan de Gobierno del Departamento de Investigación y Universidades, orientados a reforzar el sistema de conocimiento, impulsar la investigación de excelencia y promover la formación de nuevas generaciones de investigadores.