Personas físicasES - ESPAÑA

Becas “Barcelona Crea Fabra i Coats: Fàbrica de Creación” Edición 2026

La Fabra y Coats: Fábrica de Creación abre esta convocatoria que tiene por objeto apoyar al desarrollo de proyectos artísticos mediante la concesión de subvenciones en formato de becas “Barcelona crea Fabra y Coats: Fábrica de Creación”, destinadas a apoyar a los procesos previos a la producción que acompañan la creación de propuestas artísticas (conceptualización, gestación, investigación, experimentación, documentación y ensayo) en la modalidad artes escénicas: teatro, danza y creación en artes visuales y creación musical, de artistas que son beneficiarios de una residencia artística en 2026 por convocatoria de la Fabra y Coats: Fábrica de Creación…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BARCELONA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 24.000,00 €. Inicio: 07/09/2026. Plazo: Fin: 29/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Para todas las modalidades, las propuestas presentadas tienen que cumplir los
  • La propuesta se encuentre en una fase de idea ción, investigación, prototipado, ensayo, preproducción, es decir, en fase de desarrollo de la propuesta artística, previa a la producción.
  • La propuesta no haya sido presentada con anterioridad públicamente, sea por parte de la persona o entidad participando a la convocatoria o por parte otras personas o entidades.
  • No se hayan llevado a cabo las fases que cubre la beca (desarrollo de la propuesta artística previo a la producción).
  • No se trate de una reposición o revisión de una creación propia o de una grabación de maqueta o disco, en el caso de creación musical.
  • Mantener relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana. La relación se entiende que está acreditada cuando se cumpla, como mínimo, uno de
  • Que el objeto de la propuesta tenga relación con la ciudad de Barcelona o su área metropolitana.
  • Que la persona o la entidad candidata tenga su residencia en la ciudad de Barcelona o en su área metropolitana.
  • Que la persona o la entidad candidata esté vinculada al tejido cultural de Barcelona o de su área metropolitana y que así se desprenda del contenido de la documentación presentada. A pesar de que la candidatura haya sido admitida por el hecho de cumplir los requerimientos administrativos, en el supuesto de que el jurado considere que la propuesta presentada no cumple alguno de los requisitos exigidos, la propuesta no será puntuada y se denegará la beca. En la redacción del contenido de toda la documentación presentada hay que evitar el lenguaje sexista y tiene que ser respetuoso con la diversidad de género, edad, clase social, origen, etcétera. El Jurado se reserva el derecho de excluir las propuestas que con su contenido vulneren la dignidad humana o promuevan el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
  • PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de propuestas será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia. En cuanto a la presentación de las candidaturas, para las personas jurídicas y los sujetos obligados del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las admin istraciones públicas, las sol icitudes y los otros trámites asociados al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación se tienen que hacer obligatoriamente por vía telemática utilizando la sede
  • 5 Cuando una incidencia técnica imposibilite el funcionamiento ordinario de la sede electrónica, el Ayuntamiento de Barcelona puede determinar la ampliación de los plazos no vencidos, y, tan pronto como técnicamente sea posible, tiene que publicar en la sede tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido, y, si procede, los sistemas alternativos que se puedan utilizar. Para las personas físicas y el resto de sujetos la presentación de candidaturas también se tiene que hacer, preferentemente, por vía telemática. En el caso excepcional de presentación presencial, sin perjuicio del que dispone el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, estos documentos se pueden presentar a cualquier de las oficinas del Registro General de los distritos, gerencias o institutos, así como al registro de las
  • oficinas de atención ciudadana (OAC). Podéis consultarlas en el siguiente enlace: https://ajuntament.barcelona.cat/ca/canals-de-comunicacio- ciutadana/presencials/oficines-datencio-ciutadana-oac. Con la voluntad que estas becas puedan llegar al número más grande de personas posible, cada persona o entidad so licitante solo puede presentar una única candidatura para una única modalidad. En este sentido se tendrá en consideración la persona física o jurídica solicitante . En caso de que se reciba más de una candidatura de la misma persona o entidad, solo se aceptará la última inscripción registrada.
  • que presentar la documentación siguiente:
  • Documento 1. Formulario de solicitud: en caso de ser una persona jurídica, el formulario de so licitud se tendrá que rellenar obligatoriamente mediante la Oficina virtual de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona, al trámite habilitado a tal efecto. En caso de ser persona física, y optar por la presentación presencial del formulario de solicitud, se podrá hacer mediante cualquier oficina de registro del Ayuntamiento de Barcelona. Se podrá descargar de la Oficina Virtual de Trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona (https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/ca) y también desde la página web de “Apoyo a la cultura” (https://www.barcelona.cat/barcelonacultura/ca/icub/suportalacultura)
  • Documento 2. Proyecto. Explicación de la propuesta. Tiene que tener una extensión máxima de 6 páginas con espacio entre líneas 1,5, con fuente Arial y
  • Motivación, descripción y propuesta de desarrollo.
  • Metodología de trabajo propuesta.
  • Documento 3. Currículum. Tiene que tener una extensión máxima de 3 páginas, espacio entre líneas 1,5, con fuente Arial y cuerpo de letra 12.
  • Documento 4. Declaración responsable . ( Solo para la presentación de forma telemática, en la presentación presencial ya viene incluida en el formulario) Conforme se reúnen los requisitos y se aceptan las condiciones para acceder en la convocatoria. Se tiene que presentar el currículum de la persona física o el resumen de la trayectoria profesio nal de la persona jurídica so licitante, o, en el caso de agrupaciones, de todos sus miembros. No se valorarán las páginas que excedan la extensión máxima establecida para los documentos 2 y 3. Tampoco se valorará ninguna documentación adicional no requerida en esta convocatoria. La documentación se puede presentar tanto en catalán como en castellano. No se valorará la documentación presentada en otros idiomas. En caso de que el jurado lo considere necesario, y para evaluar correctamente las propuestas presentadas, puede pedir aclaraciones sobre la información aportada por parte de las personas o entidades candidatas.
  • No presentar el documento 2.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La Fabra y Coats: Fábrica de Creación abre esta convocatoria que tiene por objeto apoyar al desarrollo de proyectos artísticos mediante la concesión de subvenciones en formato de becas “Barcelona crea Fabra y Coats: Fábrica de Creación”, destinadas a apoyar a los procesos previos a la producción que acompañan la creación de propuestas artísticas (conceptualización, gestación, investigación, experimentación, documentación y ensayo) en la modalidad artes escénicas: teatro, danza y creación en artes visuales y creación musical, de artistas que son beneficiarios de una residencia artística en 2026 por convocatoria de la Fabra y Coats: Fábrica de Creación. En la edición 2026 de las becas “Barcelona crea Fabra y Coats: Fábrica de Creación”, se convocan 4 becas con una dotación de 6.000 euros cada uno.