Personas físicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Beca de formación para personas licenciadas o graduadas en Derecho con destino en la Secretaría General Técnica del Dep…

Título oficial: Beca de formación para personas licenciadas o graduadas en Derecho con destino en la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud

La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una beca de formación para personas licenciadas o graduadas en Derecho con destino en Secretaría General Técnica del Departamento de Salud. La finalidad de la convocatoria es promover la formación de las personas Licenciadas o Graduadas universitarias, de modo que adquieran un conocimiento práctico y directo de las actuaciones llevadas a cabo en el Departamento de Salud y sus organismos autónomos.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE SALUD.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 18.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. Únicamente podrán ser beneficiarias las personas físicas que reúnan todos y cada uno
  • Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
  • Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitada para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus Organismos Autónomos, conforme al artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Residir en Navarra al menos desde un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Estar en posesión del título oficial universitario indicado en la base 1.ª, expedido u homologado por las autoridades españolas.
  • Haber obtenido el título oficial universitario indicado dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
  • Acreditar, en su caso, antes de la concesión de la beca, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, deberá presentarse una declaración o promesa de no estar percibiendo, con la misma finalidad, ninguna ayuda pública incompatible con la beca por parte de otros Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, Administraciones o entes públicos o privados.
  • No estar incapacitadas físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
  • 2. Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo de duración de la beca.
  • Expediente académico. Hasta un máximo de 10 puntos. Se valorará la nota media del expediente, señalada en la solicitud como dato numérico. No se valorarán los expedientes con media inferior a 6,5 puntos (sobre una escala de 10 puntos).
  • Otros títulos de licenciatura o grado distintos al exigido en esta convocatoria. Hasta un máximo de 2 puntos. Se otorgará 1 punto por cada titulación universitaria de grado o licenciatura distinta a Derecho.
  • Título de Máster Universitario de especialización en Derecho. Hasta 2 puntos. Se otorgará un punto por cada título de Máster Universitario de especialización jurídica, para cuyo acceso sea obligatorio contar con el grado o la licenciatura en Derecho.
  • Conocimiento de idiomas: euskera, inglés, francés y alemán. Hasta un máximo de 4 puntos. La posesión del Certificado de Aptitud o el Título C2 expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente, se valorará hasta 1 punto
  • º C1 0,80 6º. C2 1,00 Para estudios en centros distintos de la Escuela Oficial de Idiomas, se deberá reseñar de forma expresa el certificado al que son equivalentes dichos estudios según las recomendaciones del Marco de Referencia Europeo para las Lenguas. Deberá aportarse expresamente la titulación referida.
  • Formación en igualdad entre mujeres y hombres, hasta un máximo de 4 puntos. No se tendrán en cuenta cursos de duración inferior a 20 horas.
  • Formación de más de 600 horas: 4 puntos.
  • Formación entre 400 y 600 horas: 3 puntos.
  • Formación entre 200 y 400 horas: 2 puntos.
  • Formación entre 20 y 200 horas: 1 punto. Únicamente se valorará la formación organizada o impartida por organismos o centros públicos y por universidades (públicas o privadas). La formación deberá acreditarse mediante certificado del centro formador, en el que conste el número de horas lectivas. Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como 0 puntos.
  • Entrevista personal. Hasta un máximo de 3 puntos. Se podrán convocar a entrevista personal ante la Comisión Evaluadora hasta un máximo de 10 personas, llamadas por el orden establecido según las puntuaciones obtenidas en los apartados

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una beca de formación para personas licenciadas o graduadas en Derecho con destino en Secretaría General Técnica del Departamento de Salud. La finalidad de la convocatoria es promover la formación de las personas Licenciadas o Graduadas universitarias, de modo que adquieran un conocimiento práctico y directo de las actuaciones llevadas a cabo en el Departamento de Salud y sus organismos autónomos.