Personas físicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Beca de iniciación a la investigación en el Departamento de Ingeniería y Ciencia de los Computadores (Técnicas de optimización para la ejecución eficiente de algoritmos de inteligencia artificial y computación avanzada en dispositivos edge de bajo consumo

1.1 Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de una beca de iniciación a la investigación en el ámbito del Departamento de Ingeniería y Ciencia de los Computadores y estará dirigida por José Ignacio Aliaga Estellés : Técnicas de optimización para la ejecución eficiente de algoritmos de inteligencia artificial y computación avanzada en dispositivos edge de bajo consumo.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona UNIVERSIDAD JAUME I DE CASTELLÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1 La persona beneficiaria debe mantener una estricta confidencialidad sobre cualquier información conocida relacionada con cualquier proyecto de carácter científico, tecnológico o artístico al que pueda tener acceso.
  • 2 El punto anterior no será aplicable cuando la información recibida sea de dominio público, cuando la parte receptora tenga evidencia de que se conoce previamente la información recibida, o cuando la parte receptora haya recibido esta información de una tercera parte sin compromiso de confidencialidad.
  • 3 La publicación, lectura en una tesis, o cualquier otra forma de difusión de los resultados Còpia autèntica del document signat per Azucena García Palacios el 27/07/2026 a les 12:41h com a vicerector/a i segellat electrònicament per la Universitat Jaume I. Es pot verificar la seua autenticitat accedint a l'adreça http://www.uji.es/documents i introduint-hi el codi segur de verificació 351BF5339D6EE2C6E1B8. Copia auténtica del documento firmado por Azucena García Palacios el 27/07/2026 a las 12:41h como vicerrector/a y sellado electrónicamente por la Universitat Jaume I. Se puede verificar su autenticidad accediendo a la dirección http://www.uji.es/documents e introduciendo el codigo seguro de verificación 351BF5339D6EE2C6E1B8.
  • de los trabajos que ha desarrollado el becario o becaria requiere el consentimiento expreso y por escrito de la Universitat Jaume I, que debe solicitarse previamente a través del Registro General.
  • 4 Tras la participación del becario o becaria en las actividades de investigación mencionadas, la confidencialidad referida se mantendrá durante cinco años o durante el tiempo que requieran las posibles obligaciones contraídas por la Universitat Jaume I en proyectos con terceras partes.
  • 5 La Universitat Jaume I puede requerir a la persona becada la entrega inmediata de la información recibida durante su vinculación con la UJI, y ésta se compromete a la destrucción de cualquier copia tangible de esta información.
  • 6 Respecto a los derechos de propiedad industrial así como a los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el periodo de la beca, se entiende que son de aplicación el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, y el artículo 21 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de patentes, así como otra legislación aplicable, de manera que estos derechos pertenecerán exclusivamente a la Universitat Jaume I. Asimismo, es de aplicación la Normativa sobre la protección de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Universitat Jaume I.
  • 7 Las personas beneficiarias quedan obligadas, con carácter general, al cumplimiento de las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • Acreditar ante el órgano que concede la ayuda la realización de la actividad, y a cumplir los requisitos y las condiciones que determina la concesión o disfrute de la ayuda.
  • Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al órgano que concede la ayuda en relación con la subvención concedida.
  • Comunicar a la entidad que concede la ayuda la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público, tan pronto como se conozcamos, y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. El incumplimiento de las anteriores obligaciones dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que correspondamos de acuerdo con la legislación vigente.
  • 1 Pueden participar en la presente convocatoria las personas físicas que reúnan los
  • La solicitud para participar en esta convocatoria debe formalizarse a través del
  • 1 Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de los procedimientos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días a contar desde el día si guiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria. Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de su p ublicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria. Para la formalización de la solicitud a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I es necesario disponer de una cuenta corporativa de la Universitat Jaume I, de un certificado digital de firma electrónica o del DNI electrónico.
  • 2 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor aplicará la acumulación de trámites de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Al efecto, se publicará directamente en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) el acto único de propuesta de resolución provisional de la ayuda, la cual contendrá tanto la lista provisional de personas admitidas y excluidas como su baremación, de acuerdo con el procedimiento establecido en la base séptima.
  • 3 La presentación de la solicitud comporta la autorización a la comisión de valoración para obtener toda la información que necesite de cualquier órgano de la Universitat Jaume I y de cualquier otra entidad u organismo público, a efectos de comprobar la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados por las personas interesadas, excepto si hay oposición expresa de las mismas manifestada en la solicitud. En este caso se debe aportar la información o documentación requerida.
  • 4 Con la presentación de la solicitud, las personas que solicitan la beca declaran bajo su
  • Que aceptan las bases de la convocatoria para la que solicitan la beca.
  • Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.1 Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de una beca de iniciación a la investigación en el ámbito del Departamento de Ingeniería y Ciencia de los Computadores y estará dirigida por José Ignacio Aliaga Estellés : Técnicas de optimización para la ejecución eficiente de algoritmos de inteligencia artificial y computación avanzada en dispositivos edge de bajo consumo.