BBRR y Convocatoria abierta de subvenciones de concesión directa destinadas a clubes, hogares, asociaciones y/o federac · 2026

Título oficial: BBRR y Convocatoria abierta de subvenciones de concesión directa destinadas a clubes, hogares, asociaciones y/o federaciones de personas mayores, jubiladas y/o pensionistas de la provincia de cáceres para favorecer un envejecimiento activo. 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 148.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cuyas actividades y actuaciones no vayan a ser llevadas a cabo íntegramente en la provincia de Cáceres.
  • Cuyos objetivos no se adecúen a las bases de la convocatoria.
  • Que incluyan actividades puntuales como fiestas, viajes o comidas que constituyan una actividad aislada y no formen parte de un proyecto de envejecimiento activo en el que se incluyan actuaciones formativas y/o divulgativas y no estén incardinadas en la consecución de los objetivos de esta convocatoria, de manera clara e inequívoca.
  • REQUISITOS Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, podrán ser entidades beneficiarias, los Clubes, Hogares, Asociaciones y/o Federaciones de personas mayores, jubiladas y/o pensionistas de municipios o Entidades Locales Menores de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas de las contempladas en el artículo 13 de la LGS.
  • Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y carecer de fin de lucro.
  • Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria.
  • No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con Hacienda Estatal y Excma. Diputación de Cáceres. El cumplimiento de estos requisitos, podrán ser acreditados mediante la existencia de declaración responsable en la solicitud presentada, tal y como se recoge en la Ordenanza General de Subvenciones en su artículo 7.4: La convocatoria podrá prever la sustitución de determinados documentos y la acreditación de los requisitos para obtener la condición de beneficiario mediante declaración responsable, siempre que se prevea de manera expresa en la norma reguladora de la subvención. Y para las entidades beneficiarias que estamos analizando entraría en lo recogido en el artículo 7.4.f) “ Subvenciones destinadas a financiar proyectos o programas de acción social y cooperación internacional que se concedan a entidades sin fines lucrativos, así como a federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas”. Página 4 de 22
  • No encontrarse incursa en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
  • Tener domicilio social, sede o delegación permanente en algún municipio de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes o alguna entidad local menor de la provincia, y así conste en los estatutos o se acredite fehacientemente. Los Clubes, Hogares, Asociaciones y/o Federaciones de personas mayores, jubiladas y/o pensionistas de municipios de la provincia de Cáceres de menos de 20.000 habitantes que la soliciten y que cumplan con los requisitos que marca la normativa de aplicación adquieren, a partir del momento de aprobación de las presentes Normas, la condición de posibles entidades beneficiarias a todos los efectos.
  • Las entidades beneficiarias estarán obligadas a adoptar las medidas de difusión necesarias para dar adecuada publicidad a la subvención concedida por la Diputación Provincial de Cáceres, haciendo contar expresamente la financiación de las actuaciones subvencionadas por parte de dicha institución. A tal efecto, deberán incorporar el logotipo de la Diputación Provincial de Cáceres, en los materiales, soportes y medios empleados para la difusión de las actuaciones objeto de subvención, debiendo acreditar el cumplimiento de esta obligación mediante la presentación de documentación que permita contrastar la realización efectiva de las correspondientes acciones de publicidad y difusión, tales como la publicación de información sobre la actividad subvencionada en la página web de la entidad, su difusión a través de redes sociales, la emisión de notas o ruedas de prensa, la elaboración y distribución de carteles, folletos u otros materiales divulgativos, o cualquier otro medio que permita identificar de forma clara la participación y financiación de la Diputación Provincial de Cáceres.
  • Comunicar cualquier eventualidad que suponga un cambio sustancial en el desarrollo de las actividades subvencionadas. Los cambios deberán ser comunicados a la Diputación Provincial de Cáceres mediante el documento denominado “Cambio de Actividad”, con antelación suficiente y como mínimo quince días antes de la realización de la actividad, con el fin de obtener, en su caso, la correspondiente autorización. Los cambios podrá ser autorizados, mediante Resolución de la Vicepresidencia Primera de Territorio, Igualdad y Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres por delegación de 5 de julio de 2023 modificada por resolución de 14 de agosto de 2025 (BOP n.º 156 de 18 de agosto de 2025), siempre y cuando no conlleven una alteración del objeto subvencionado y su naturaleza esté dentro del mismo así como que resulte necesario realizar dicho cambio. No serán autorizados los cambios de actividades previstas dentro del último mes de ejecución. Página 5 de 22
  • IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE Para poder acceder al trámite de subvenciones, las entidades interesadas deberán identificarse electrónicamente de forma segura en la sede de la Diputación Provincial de Cáceres con alguno de los medios de identificación facilitados en la misma.
  • TRAMITACIÓN. Cada entidad podrá presentar una única solicitud, cumplimentando todos los campos obligatorios del formulario general de la sede electrónica. Las solicitudes se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos disponibles en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres, de acuerdo con las instrucciones publicadas a tal efecto.
  • - Información del/a solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones. Página 6 de 22
  • Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos sus datos identificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de la información vendrá expresado de forma clara en la propia sede. Podrá autorizar a la Diputación Provincial de Cáceres para que pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de este procedimiento. Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que impida acceder a la subvención así como autorizar recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través el registro electrónico.
  • - Documentación complementaria. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácter
  • Acreditación del poder de representación, puede acreditarse mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
  • CIF o, en su caso, certificación de delegaciones de sede, que acredite fehacientemente la ubicación de la entidad en municipios de menos de 20.000 habitantes en la provincia de Cáceres. En el caso de asociaciones que no cuenten con domicilio social en la provincia de Cáceres, pero sí con delegación permanente, deberá aportarse documento acreditativo de la inscripción de la delegación en el registro de asociaciones correspondiente y/o constar en sus Estatutos.
  • Certificación de inscripción en el Registro correspondiente, en el que conste la fecha de inscripción en el mismo.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Fomentar hábitos saludables en la población mayor de 60 años que permitan mantener el bienestar integral, la autonomía funcional y prevenir el deterioro asociado a la edad promoviendo la actividad física, la alimentación equilibrada y la estimulación cognitiva.
  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Prevención del aislamiento social y fomento de las actividades intergeneracionales que promuevan la inclusión e interacción social de las personas mayores en situación o riesgo de soledad no deseada, mediante el impulso de la participación comunitaria y el desarrollo de iniciativas intergeneracionales que favorezcan el tejido social y la cohesión comunitaria.
  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Promover el acceso a la cultura y el ocio mediante actividades dirigidas a la población mayor de 60 años fomentando su participación activa, mediante un enfoque de inclusión cultural y de participación en actividades significativas.
  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida a través de actividades formativas que favorezcan la autonomía personal y reduzcan la brecha digital generacional a través de la alfabetización en TICs, garantizando su pleno acceso a servicios esenciales, reforzando su participación social y promoviendo un envejecimiento activo que prevenga el aislamiento y la exclusión social. Página 2 de 22
  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Impulsar el tejido asociativo senior y empoderar a las personas mayores de 60 años mediante la capacitación técnica y organizativa de las juntas directivas y el despliegue de estrategias de dinamización social con el fin de favorecer el trabajo en red entre asociaciones y municipios, garantizar el relevo generacional y promover un modelo de envejecimiento activo.
  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Cuyas actividades y actuaciones no vayan a ser llevadas a cabo íntegramente en la provincia de Cáceres.
  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Cuyos objetivos no se adecúen a las bases de la convocatoria.
  • BASE PRIMERA. OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES. · eligible
    Que incluyan actividades puntuales como fiestas, viajes o comidas que constituyan una actividad aislada y no formen parte de un proyecto de envejecimiento activo en el que se incluyan actuaciones formativas y/o divulgativas y no estén incardinadas en la consecución de los objetivos de esta convocatoria, de manera clara e inequívoca.
  • BASE NOVENA. GASTOS SUBVENCIONABLES. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGA. · eligible
    GASTOS SUBVENCIONABLES Las entidades beneficiarias podrán destinar el importe de la subvención a la financiación de gastos de naturaleza corriente que estén directa, necesaria e inequívocamente vinculados a la ejecución de las actuaciones objeto de subvención, siempre que dichos gastos sean adecuados a la naturaleza y finalidad de la actividad subvencionada y se ajusten a las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Página 10 de 22
  • Entre otros, se consideran gastos subvencionables los destinados a: · eligible
    Los gastos de servicios , suministros, arrendamientos, material y gastos del personal propio de la entidad, que estén vinculados a la ejecución de las actuaciones subvencionables relacionadas en el
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Objetivo 1. Fomentar hábitos saludables en la población mayor de 60 años: Gastos corrientes derivados de servicios de actividad física.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Gimnasia de mantenimiento.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Entrenamiento funcional.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Psicomotricidad.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Yoga, pilates, taichí.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Paseos saludables.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Talleres de prevención de caídas. Gastos corrientes derivados de servicios relativos a educación nutricional.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Talleres de alimentación saludable.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Talleres de planificación de la compra. Gastos corrientes derivados de servicios de estimulación cognitiva.
  • ANEXO I. LISTADO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Talleres de memoria.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social