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BB.EE. y CONV. DE SUBV. AREA DE CONCERTACION. DIPUTACION SEVILLA PROG. DESTIN. PARTIC. AYTOS DE LA PROVINCIA EXCP.CAPIT · 2026/2021

Título oficial: BB.EE. y CONV. DE SUBV. AREA DE CONCERTACION. DIPUTACION SEVILLA PROG. DESTIN. PARTIC. AYTOS DE LA PROVINCIA EXCP.CAPITAL (LÍNEA 7 DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBV.CONCURRENCIA NO COMPETITIVA PARA 2026) BENEFICIARIOS DE SENDA FINANCIERA FEDER 2021-2027.

La Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda, en fecha 16 de enero de 2026, ha resuelto definitivamente la convocatoria para la asignación de senda financiera FEDER a los denominados Planes de Actuación Integrados de entidades locales (PAI), en el marco del desarrollo urbano sostenible, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el periodo de programación 2021-2027, resultando aprobados y seleccionados los PAI de nueve Municipios de la Provincia de Sevilla, (exceptuada la capital): Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas, La Rinconada, Carmona, Mairena del Alcor, Coria del Río, Los Palacios y Villafranca, Mairena del Aljarafe y Lebrija…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 0,00 €. Inicio: 29/09/2026. Plazo: Fin: 15/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tendrán la consideración de beneficiarios los Ayuntamientos de la Provincia de Sevilla (excepto su capital), cuyos Planes de Actuación Integrados hayan resultado seleccionados para asignación de senda financiera FEDER de Desarrollo Urbano del período 2021-2027 (Programa EDIL-PAI). Sus Planes de Actuación deben constar como seleccionados en el Anexo I de la Resolución de 16 de enero de 2026, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de Actuación Integrados de entidades locales, en el marco del desarrollo urbano sostenible, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el periodo de programación 2021-2027, y no incurrir en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la LGS.
  • Las solicitudes se presentarán conforme al modelo de Anexo I que figura en
  • ANEXO I: Solicitud: Se presentará conforme al modelo normalizado que figura como Anexo I a estas Bases, firmada por el/-la Alcalde-sa/Presidente- a, en la que se indicarán los datos del Proyecto FEDER objeto de la ayuda que figuran en dicho Anexo. Comprenderá además Declaración responsable del representante legal de la entidad local, en la que se determine que la entidad que preside cumple con los requisitos para ser beneficiaria de subvenciones, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, así como compromiso de aportación de los recursos económicos propios necesarios para la ejecución de las actuaciones y del cumplimiento de las obligaciones de comunicación y publicidad. La solicitud deberá incluir la identificación de la persona de contacto de la entidad solicitante, nº de teléfono y correo electrónico.
  • Junto a la solicitud, se adjuntará:
  • Memoria técnica descriptiva de las actuaciones y cronograma, firmada
  • por el/la representante legal. Dicha Memoria podrá adoptar la misma forma y/o modelos presentados a la convocatoria de FEDER de la que ha resultado beneficiario, al objeto de facilitar a los solicitantes la preparación del expediente de solicitud.
  • Documentación por la que se acepta la senda financiera FEDER asignada a la entidad local, acreditando la existencia de crédito adecuado y suficiente para la aportación municipal.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto que fundamente la concesión de la subvención en la forma y en el plazo indicado en el Acuerdo de Concesión
  • Justificar, de acuerdo a estas bases, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actuación y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención en la forma y plazos determinados
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos. Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de subvención
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención de Fondos Provinciales de la Diputación de Sevilla así como las que realicen los órganos competentes, tanto nacionales como comunitarios y autonómicos, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, en el plazo de cuatro años
  • Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de la actividad subvencionada por la Diputación Provincial de Sevilla, y utilizando un lenguaje no sexista, y deberán fomentar valores de igualdad, pluralidad de roles y corresponsabilidad entre mujeres y hombres. En todo caso, se deberán adoptar las medidas de información y publicidad que se indican en la base referida a la forma de justificación de la subvención. Por otra parte, los Ayuntamientos beneficiarios están obligados al estricto cumplimiento de las medidas de visibilidad, transparencia y comunicación contempladas en los artículos 47, 49 y 50 del Reglamento (UE) 2021/1060 , así como en los manuales de identidad visual dictados por la Autoridad de Gestión de la Unión Europea, conllevando el incumplimiento de estas normas la aplicación de correcciones financieras por parte de la Autoridades de Gestión y Certificación de la financiación europea.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuesto contemplados en la BASE 18ª.
  • De conformidad con lo estipulado en el artículo 31.3 de LGS, al tener las entidades beneficiarias la consideración de administraciones públicas territoriales y encontrarse sometidas a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, estas deberán seguir los procedimientos de selección del contratista previstos en la misma en función de la cuantía de los gastos subvencionables.
  • La entidad beneficiaria deberá comunicar a la Diputación de Sevilla la celebración de los actos que en su caso pudiesen celebrarse y que estén relacionados con la actividad objeto de subvención
  • La entidad beneficiaria deberá comunicar a la Diputación de Sevilla, Área de Concertación, Servicio de Desarrollo Local, cualquier modificación de las condiciones de ejecución establecidas en la Resolución de concesión de senda financiera FEDER del período 2021-2027 (Programa EDIL-PAI), mediante presentación de documentación acreditativa de dicho extremo, ya sea referida a los plazos, condiciones de ejecución y/o presupuesto, en el plazo de diez días desde que tenga conocimiento de dicha modificación
  • El beneficiario será responsable de determinar la elegibilidad de los gastos incurridos de acuerdo a la normativa reguladora de la subvención procedente del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la que es beneficiario, así como del cumplimiento del resto de obligaciones que se deriven de las disposiciones reguladoras de tales fondos.
  • Respecto a la concurrencia de subvenciones se advierte que, si bien la subvención concedida en el marco de esta convocatoria es compatible con otras subvenciones o ayudas concedidas o que pudieran concederse para la misma finalidad según lo dispuesto en la Base 10, el beneficiario será responsable de verificar la compatibilidad de las subvenciones concurrentes en los proyectos respecto a las Bases y convocatorias por las que se regulan los fondos europeos que tienen concedidos y de su comunicación al organismo concedente correspondiente.
  • Cualquier otra a que pueda referirse las presentes bases.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • BASE 8. Gastos subvencionables · eligible
    Serán gastos subvencionables todos aquellos directamente relacionados con la ejecución del proyecto para el cual se solicita subvención, que resulten estrictamente necesarios para la adecuada ejecución de este, y que hayan sido pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación establecido en la Resolución de concesión de la financiación procedente del FEDER y en el DECA. En caso de verse modificados dichos plazos por la autoridad de gestión del FEDER, se entenderán modificados los mismos respecto a las subvenciones concedidas en el marco de las presentes Bases.
  • En ningún caso se consideran gastos subvencionables: · eligible
    los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • En ningún caso se consideran gastos subvencionables: · eligible
    los gastos correspondientes a las retribuciones del personal propio de la entidad, los intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, gastos de procedimientos judiciales, ni costes indirectos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda, en fecha 16 de enero de 2026, ha resuelto definitivamente la convocatoria para la asignación de senda financiera FEDER a los denominados Planes de Actuación Integrados de entidades locales (PAI), en el marco del desarrollo urbano sostenible, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el periodo de programación 2021-2027, resultando aprobados y seleccionados los PAI de nueve Municipios de la Provincia de Sevilla, (exceptuada la capital): Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas, La Rinconada, Carmona, Mairena del Alcor, Coria del Río, Los Palacios y Villafranca, Mairena del Aljarafe y Lebrija. La presente convocatoria tiene por objeto colaborar con los Ayuntamientos de la Provincia, cuyos Planes de Actuación Integrados de Estrategias de Desarrollo Integrado Local (programa EDIL-PAI) han resultado seleccionados para asignación de senda financiera FEDER del período de programación 2021-