Personas físicasES523 - Valencia / València

BASES Y CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS DE DISFRACES DE LAS FIESTAS PATRONALES DE CHIVA 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CHIVA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 11.000,00 €. Inicio: 27/07/2026. Plazo: Fin: 07/08/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Forma de presentación de solicitudes Las solicitudes de inscripción deberán formalizarse mediante la presentación de los Anexos I y II, correspondientes a la Solicitud de inscripción y la Declaración responsable , debidamente cumplimentados y firmados, dentro del plazo establecido en estas bases.
  • Las solicitudes podrán presentarse:
  • Presencialmente, en el Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Chiva.
  • Electrónicamente, a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Chiva o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 27 de julio hasta el 7 de agosto de 2026, ambos inclusive, en el horario de 09:00 a 14:00 y de 19:00 a 21:00 horas para las solicitudes presentadas presencialmente. Las solicitudes presentadas por medios electrónicos podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de las presentes bases, y producirán efectos desde la fecha y hora de su presentación en el registro electrónico correspondiente.
  • Recogida del dorsal Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de participación y, en su caso, presentada correctamente la solicitud, el Ayuntamiento asignará a cada participante o representante del grupo un número de dorsal identificativo. La recogida del dorsal será obligatoriamente presencial en el Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Chiva, desde el 27 de julio hasta el 7 de agosto de 2026, ambos inclusive, en el horario de 09:00 a 14:00 y de 19:00 a 21:00 horas. El dorsal deberá colocarse en un lugar visible del disfraz, carroza o elemento participante, según las instrucciones de la organización, permaneciendo visible durante todo el recorrido del desfile. La alteración, ocultación o pérdida del dorsal podrá dar lugar a la exclusión del concurso cuando impida la correcta identificación por el jurado. La NO recogida del dorsal en el plazo y condiciones establecidos impedirá la participación en el concurso. Ayuntamiento de Chiva Pág.4 de 12
  • Subsanación Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o faltara documentación, se requerirá a la persona interesada para que subsane la falta en el plazo de cinco días hábiles , con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015.
  • Ayuntamiento de Chiva Los premios podrán declararse de siertos por el Jurado cu ando los disfraces o carrozas presentados no alcancen el nivel de calidad exigido. La resolución pondrá fin a la vía administrativa.
  • BASE SÉPTIMA .- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. A los efectos de notificación a los interesados, el acuerdo resolutorio de los premios concedidos y denegados se publicará en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento y se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y 42 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • BASE OCTAVA .- ACEPTACIÓN E INTERPRETACIÓN DE LAS BASES La inscripción a los premios Premios disfraces Fiestas Patronales 2026 supone la aceptación incondicionada de las presentes bases. Incumplir las obligaciones que imponen las bases puede ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria. El jurado del Premio tiene la facultad de interpretarlas y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con la naturaleza y finalidad que motiva la concesión. Cualquier cuestión no prevista en estas bases será resuelta por el Ayuntamiento de Chiva conforme a la normativa aplicable.
  • LGS. El incumplimiento de las obligaciones previstas en estas bases podrá dar lugar a la pérdida del derecho al cobro o al reintegro de las cantidades percibidas.
  • Ayuntamiento de Chiva Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad mediante solicitud dirigida al Ayuntamiento de Chiva.
  • INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos, y de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa de que los datos personales facilitados serán tratados por el Ayuntamiento de Chiva con la finalidad de gestionar la convocatoria de los Premios de Disfraces de las Fiestas Patronales de Chiva 2026, tramitar la concesión de los premios y cumplir las obligaciones legales derivadas de este procedimiento. Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad en los términos previstos en la normativa vigente.
  • Reúne los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria para participar en los Premios de Disfraces de las Fiestas Patronales de Chiva.
  • No concurre en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del
  • Forma de presentación de solicitudes Las solicitudes de inscripción deberán formalizarse mediante la presentación de los Anexos ,I y II, correspondientes a la Solicitud de inscripción y la Declaración responsable debidamente cumplimentados y firmados, dentro del plazo establecido en estas bases.
  • , en el Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Chiva.Presencialmente
  • , a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Chiva o porElectrónicamente cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 27 de julio hasta el 7 de agosto de , ambos inclusive, en el horario de y de para las2026 09:00 a 14:00 19:00 a 21:00 horas solicitudes presentadas presencialmente. Las solicitudes presentadas por podrán presentarse a partir del díamedios electrónicos siguiente al de la publicación de la convocatoria y de las presentes bases, y producirán efectos desde la fecha y hora de su presentación en el registro electrónico correspondiente.
  • Recogida del dorsal Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de participación y, en su caso, presentada correctamente la solicitud, el Ayuntamiento asignará a cada participante o representante del grupo un número de dorsal identificativo.
  • Ayuntamiento de Chiva 7 / 14 Ayuntamiento de Chiva La recogida del dorsal será obligatoriamente presencial en el Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Chiva, ,desde el 27 de julio hasta el 7 de agosto de 2026 ambos inclusive, en el horario de y de 09:00 a 14:00 19:00 a 21:00 horas. El dorsal deberá colocarse en un lugar visible del disfraz, carroza o elemento participante, según las instrucciones de la organización, permaneciendo visible durante todo el recorrido del desfile. La alteración, ocultación o pérdida del dorsal podrá dar lugar a la exclusión del concurso cuando impida la correcta identificación por el jurado. La NO recogida del dorsal en el plazo y condiciones establecidos impedirá la participación en el concurso.
  • SUBSANACIÓN Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o faltara documentación, se requerirá a la persona interesada para que subsane la falta en el plazo de , concinco días hábiles indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura