DeportistasPersonas físicasES523 - Valencia / València

“BASES Y CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DEPORTISTAS DE ÉLITE “

Educación

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE NÁQUERA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • FUNGIBLE Adquisición de material destinado al desarrollo de la modalidad deportiva del/de la deportista, incluye tanto material deportivo como equipaciones deportivas. Factura con suministrado. Indicación expresa del material Federativos Licencias federativas. Inscripciones en competiciones o torneos federados. Se acreditarán mediante factura o certificado expedido por la federación correspondiente en el que se haga constar que se ha realizado el pago. Entidades deportivas Cuotas satisfechas a la entidad deportiva del/de la deportista. Se acreditarán mediante certificado o documento expedido por la entidad deportiva correspondiente, en el que se haga constar que se han pagado las correspondientes cuotas.
  • Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Náquera y se presentarán ante el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios en impreso normalizado, de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.
  • La solicitud deberá ser cumplimentada en su totalidad, figurando el deportista como interesado siendo la persona que debe firmar la solicitud, salvo que el deportista sea menor de edad, en este caso además del deportista como interesado, debe figurar la madre, padre o tutor como representante y ser firmado por el representante.
  • Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
  • Solicitud de Ayuda cuyo modelo se encontrará a disposición del público en la oficina de información y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Náquera.
  • FOTOCOPIA del DNI del deportista.
  • En el caso de ser el/la deportista menor de edad, FOTOCOPIA del DNI del deportista y de la madre, padre o tutor que s o l i c i t a l a b e c a o, en su caso, FOTOCOPIA documento que justifique la tutoría.
  • FOTOCOPIA licencia federativa en vigor de una federación de la Comunidad Valenciana.
  • Certificados positivos, a nombre del/de la deportista, de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Tesorería del Ayuntamiento de Nàquera y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de no tener deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social; a efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido por la LGS. Dichos certificados tienen una validez de 6 meses desde la fecha de su expedición, tal como se indica en el art. 23.3 del RLGS.
  • Copia de las Facturas fechadas en el ejercicio económico correspondiente a nombre del deportista. Las facturas deberán contener los requisitos exigidos con carácter general en el real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las obligaciones de facturación. Se deberá demostrar que las facturas han sido pagadas. La
  • acreditación del pago de las facturas se ajustará a las siguientes condiciones: Para las facturas pagadas al contado, deberá figurar en la factura la expresión “PAGADO” así como sello y firma del emisor de la factura. Para las facturas pagadas mediante transferencia bancaria, tarjeta de crédito o cheque, se
  • deberá presentar justificante emitido por la entidad bancaria como que dicho pago se ha realizado. A la hora de justificar los pagos efectuados mediante domiciliación bancaria, será admisible la presentación de un certificado realizado por el emisor de los recibos en el que conste todos los datos del emisor junto con su sello y firma, los datos del receptor, el concepto al que se corresponden los pagos, así como la cantidad total satisfecha. En ningún caso se aceptarán facturas, documentos o transferencias bancarias de persona física/ jurídica distinta del deportista, salvo que sea a nombre de la madre, del padre o del/de la tutor/ a, cuando el deportista carezca de recursos propios y siempre y que haga referencia al deportista.
  • Certificados de pago de los gastos federativos o de inscripción a las competiciones y torneos oficiales.
  • Modelo de mandamiento a terceros. La titularidad de la cuenta será del deportista que solicite la ayuda, aunque este sea menor de edad. Se adjuntará certificado de la cuenta bancaria.
  • Certificado de empadronamiento histórico del deportista. Se comprobará de oficio por el Departamento Gestor.
  • Historial deportivo certificado por la federación deportiva autonómica correspondiente, que recoja la participación y los resultados del deportista en las competiciones desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha final del plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria.
  • Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Esta declaración está incluida en el apartado D de la solicitud.
  • Registrada la solicitud, se comprobará que la documentación es correcta. De no ser así, la administración requerirá a las personas que hayan presentado su solicitud dentro del plazo establecido, para que en el plazo de diez días hábiles acompañen los documentos preceptivos, con apercibimiento de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos de su petición, y que previa la resolución correspondiente, se procederá al archivo del expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • OCTAVA. Compatibilidad de las ayudas Las ayudas económicas previstas en la presente norma serán compatibles con otras disposiciones de incentivo y fomento del deporte promovido por otras administraciones públicas, siempre y cuando la totalidad de las subvenciones y ayudas recibidas no supere la cuantía total de las actividades subvencionadas. A tal efecto, el beneficiario deberá comunicar al órgano otorgante la concesión de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada en cuanto tenga conocimiento de ello.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación