BASES XI CAMPAÑA MUNICIPAL «TOT AL TEU POBLE 2026»

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €. Plazo: Fin: 06/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). Los comercios adheridos a la campaña tendrán la consideración de entidades colaboradoras, en tanto que cooperan en la gestión de la subvención, de conformidad con lo establecido en el primer apartado del artículo 12 de la LGS 38/2003, siéndoles de aplicación el régimen jurídico previsto en dicha norma legal para las entidades colaboradoras en la gestión de subvenciones. Son obligaciones de la empresas adheridas, además de las señaladas para las entidades colaboradoras en el artículo 15 de la LGS 38/2003, así como en el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley, las que se
  • Aceptar las bases de la convocatoria.
  • La verificación de la identidad de la persona participante mediante el código QR.
  • Realizada la venta, el comercio introducirá e l importe del tique de compra de cada participante en el portal https://almussafes.comercioscomunitatvalenciana.com/ . El órgano instructor podrá solicitar al comercio el tique correspondiente a la participación premiada.
  • Colocar los materiales publicitarios o de información que establezca el Ayuntamiento de Almussafes relativos a la presente convocatoria, en un lugar visible del establecimiento.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento de Almussafes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Para que el establecimiento perciba el reembolso del importe premiado, deberá seguir el procedimiento establecido por el Ayuntamiento de Almussafes. La lista de los comercios adheridos se publicará con arreglo a lo que las presentes bases establecen en materia de publicidad y, en todo caso, en el portal https://almussafes.comercioscomunitatvalenciana.com/ BASE SEXTA. Funcionamiento de la campaña y condiciones de participación
  • Podrán participar en esta campaña las personas físicas mayores de 18 años.
  • Las personas participantes deberán estar inscritas previamente en el portal
  • FIRMADO POR Regidora delegada de Gestió Econòmica, Comerç, Mercat, Sanitat, Benestar Animal i Polítiques Inclusives
  • Las personas premiadas accederán al portal para descargarse el Código QR que presentarán en el comercio al realizar cada compra.
  • Para participar en el sorteo de los premios será necesario:
  • Estar en posesión del DNI/NIE.
  • Aceptar las Bases de la convocatoria de la campaña.
  • Aceptar la política de privacidad en relación con la Ley de protección de datos personales.
  • Cumple con los requisitos establecidos en el Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para ser beneficiarios de una subvención pública.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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