Personas jurídicasES120 - Asturias

Bases subvenciones participación ciudadana ejercicio 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES120 - Asturias. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LANGREO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Langreo/Llangreu.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
  • Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Langreo/Llangreu. Syurnam.erto e Larveo s e Essa8a sin - 1398: grte (Acturlas1 P33031DOF • 98S 57 58 00 . krhirmackgbIlvtg-iwgrto.es www..syyz-iunteo.es ‘.0
  • r o• T o . 1 1 . f i 5112I b t , „ 111 :2:51 311
  • No ser deudores con la hacienda municipal por razón de tributos o reintegros de subvenciones de convocatorias anteriores.
  • Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la base 6) de esta convocatoria.
  • No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostenten la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. del 18 de noviembre).
  • Desarrollar las actividades directamente por los beneficiarlos de la subvención que figurarán inscritos en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Langreo, así como en el correspondiente registro de la Consejería pertinente del Principado de Asturias.
  • - órgano competente para la instrucción y resolución.- El órgano competente para la instrucción del expediente es la Concejalía de Participación Ciudadana. El órgano competente para resolver será el Sr. Alcalcie previo dictamen de la Comisión informativa de Cultura, Servicios Sociales y Deportes.
  • - Plazo cle presentación de solicitudes y documentación.- Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo 1 de esta convocatoria, acompañadas de la documentación correspondiente, de acuerdo con lo establecido enesta base. La solicitud de subvención, junto con la documentación exigida en la presente convocatoria, deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través AyLl,t1,,,iento i Litrylc P!aza Esaaft sur 339.1D - ungreo ,tsztzriagl • P3303100F 985 67 ,38 00 ,,MarrnaconlevEn..angreo.es www.ay,o-lancracr.as
  • t Z 517 o 9 1 1 1 .1 et o e .0 -= c s 8 >
  • Ayuntamiento de Langreo de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Langreo (Langreo.sedelectronica.es), en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente hábil a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) por conducto de la BDNS, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación; forma y plazo en que deban presentarse las
  • Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
  • Deciaración responsable (anexo 11) sobre el curnplimiento de lo previsto en el artículo
  • 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de que ésta al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales como autonómicas, así como frente a la Seguridad Social.
  • Certificado del Secretario sobre otras subvenciones o ayudas solicitadas para la financiación de la actividad
  • Fichero de acreedores, según modelo que figura en el Anexo 111 de estas Bases. En el caso de que ya haya sido beneficiarto de esta ayuda en ejercicios anteriores y el número de cuenta siga siendo el mismo, no será necesario que la aporte de nuevo. En tal caso bastara con adjuntar la declaración sobre este extremo que se adjunta como
  • solicitante En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Ley 39/2015, la presentación de esta solícitud, así como de las declaraciones responsables adjuntas, en nombre de otra persona física o jurídica, requiere que se acredite la representación. En cuanto a los modos de acreditarla, se estará a lo dispuesto en el artículo
  • 4 de la Ley 3912015. Y en concreto, a los documentos enumerados anteriormente en esta misma cláusula. Avw.,ta,verto cleurwe, pi,de de 1 1 1 1339ag La,g,e0 ,:Astuhai; P33031,3,0F 985 67 sg C:0 intcfrnIcimlevco•lansreo.es ww.v.ayto•ianyte.es F e c h a: 2 7/1 0/2 0 2 6 0,3
  • Ayuntamiento de langreo Esto no excluye la posibilidad de que el Ayuntamiento de Langreo pueda requerir la aportación de otra documentación acreditativa para una mejor valoración de las peticiones. Cuando los documentos exigidos hayan sido aportados anteriorrnente a cualquíer Administración Pública, la entidad solicitante deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo fueron presentados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 3912015.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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