BASES SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS PROFESIONALES AUTÓNOMOS DEL SECTOR PRIMARIO

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Autónomos, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES703 - El Hierro. La gestiona CABILDO INSULAR DE HIERRO, EL.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Autónomos, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.238.933,91 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que está enterado/a de las Bases específicas reguladoras para el otorgamiento de subvenciones a los profesionales autónomos del sector primario 2025-2026, y que acepta sin reservas todas y cada una de las condiciones establecidas en las mismas.
  • Que tiene la residencia habitual y ejerce la actividad en la isla del El Hierro.
  • Que son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la documentación que presenta (la falsedad en un documento público es un delito, de acuerdo con el artículo 392 del Código Penal).
  • Que se compromete a cumplir las condiciones especificadas en la normativa aplicable, la cual conoce en su integridad.
  • Que tiene justificadas todas las subvenciones anteriores concedidas por el Cabildo de El Hierro, así como que se encuentra al corriente de las obligaciones con el mismo y sus empresas públicas.
  • Que el total de las subvenciones solicitadas y/o recibidas de cualquiera de las Instituciones y Organismos, tanto públicos como privados, no superan el coste total de la actividad a subvencionar.
  • Que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del
  • Una memoria de actuación justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica con el siguiente contenido mínimo:  Relación clasificada de los gastos, y por cada uno de ellos, los datos siguientes de las facturas o documentos de valor probatorio: acreedor, número de factura, breve descripción del objeto, importe, fecha de emisión, fecha y medio de pago, identificación de la anotación contable e impuesto soportado, Asimismo se indicarán, en su caso, las desviaciones acaecidas en relación con el presupuesto inicial.  Cuantía de la subvención, calculada sobre la base de las actividades cuantificadas en la memoria.
  • Información de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Cabildo Insular de El Hierro Pág.9 de 11
  • Informe de vida laboral del trabajador autónomo y/o informe de vida laboral del código cuenta cotización de los trabajadores por cuenta ajena, según corresponda. La cuenta justificativa se presentará junto a la propuesta de concesión de dichas subvenciones. El órgano para dar por justificada la subvención concedida será el Consejo de Gobierno Insular. DUODÉCIMA. - Reintegro. Infracciones y prescripción
  • - Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente, cuando se produzca alguno de los supuestos previstos en el artículo 37 de la LGS.
  • - Las personas beneficiarias de las subvenciones quedarán sometidas a las responsabilidades y régimen sancionador regulado en el Título IV de la LGS, sobre infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.
  • - El derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro de las subvenciones prescribirá a los cuatro años, computándose dicho plazo según lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. DECIMOTERCERA. - Tratamiento de datos personales De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
  • Responsable del tratamiento de los datos: Cabido Insular de El Hierro (CIF: P-3800003J; C/Doctor Quintero Magdaleno, 11 -38900- Valverde), en su condición de único destinatario de la información aportada voluntariamente.
  • Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar la solicitud de subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para compensar los costes de producción y del alimento a los ganaderos que realizan el pastoreo de ganado extensivo.
  • Tiempo de conservación de los datos: Durante el plazo de vigencia de este expediente. No obstante, los datos serán conservados con fines de archivo de interés público o fines estadísticos.
  • Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de los poderes públicos o competencias propias.
  • Cesión a terceras personas: Los datos no serán cedidos a terceras personas ajenas al Cabildo Insular, salvo que deban ser comunicados a otras entidades públicas por imperativo legal.
  • Derechos: Derecho de acceso a los datos por los interesados, solicitar su rectificación o, en su caso, cancelación, oposición o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos o, en su caso, oponerse al tratamiento de los mismos, a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de El Hierro. DECIMOCUARTA. - Compatibilidad

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación