Bases reguladoras y la Convocatoria de subvenciones para la creación y mantenimiento de HUERTOS ESCOLARES ECOLÓGICOS en · 2026/2027

Título oficial: Bases reguladoras y la Convocatoria de subvenciones para la creación y mantenimiento de HUERTOS ESCOLARES ECOLÓGICOS en la provincia de Toledo durante el curso escolar 2026/2027

1. Conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por R. D. 887/2006, de 21 de julio, la presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a centros educativos de la provincia de Toledo que estén adheridos a la Red de Huertos Escolares Ecológicos para la creación y mantenimiento de huertos escolares ecológicos.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Las solicitudes se formalizarán mediante instancia dirigida a la Ilma. Sra. presidenta de la Diputación Provincial (Anexo I) y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se detalla, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
  • - De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para
  • A través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Toledo (https://diputacion.toledo.gob.es/procedimientos_y_servicios), en el apartado “Solicitud de Propósito General”.
  • A través de cualquier otro registro telemático previsto en el artículo 16.4 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados, resolviéndose la inadmisión de las mismas, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - Cada centro educativo podrá presentar una única solicitud, que podrá englobar cualquier tipo de gasto previsto en la base cuarta. En el caso de los Colegios Rurales Agrupados (CRA) deberán presentar una solicitud para cada una de las secciones para las que se solicite la subvención.
  • - Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará anuncio en el BOPT dando un plazo de diez días, a contar desde el siguiente a su publicación, para subsanar las deficiencias detectadas en la relación de solicitudes recibidas, que se encontrará disponible en la página web del Servicio de Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural de la Diputación Provincial. Si la citada subsanación no se efectuara se le tendrá por d esistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto. La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, y en los lugares indicados con anterioridad.
  • Los centros educativos que opten a las subvenciones previstas en esta convocatoria deberán presentar los documentos que se indican a continuación. En el caso de los CRA estos documentos deberán ser presentados individualmente para cada una de las secciones para las que solicite la subvención.
  • Memoria explicativa de la actuación para la que solicita la subvención, conforme al modelo del
  • Que la entidad que represento no se encuentra incursa en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas de las previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como, en su caso, del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Que se compromete a comunicar a esa Diputación cualquier modificación de las circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para el otorgamiento de la subvención.
  • No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Diputación Provincial de Toledo, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
  • Que la entidad no ha solicitado a cualquier Administración Pública o entes públicos o privados otras ayudas, subvenciones o ingresos para el objeto de la presente solicitud de subvención. En el supuesto de haber solicitado y/o recibido alguna ayuda o ingreso, deberá cumplimentar los
  • AUTORIZA: A la Diputación de Toledo para recabar, en su caso, los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En ....................................................., a ........ de .......................... de 2026 Firmante 1 de 1: Jesús Prieto Sabugo | Servicio de Secretaría y Documentación | Secretario General Acctal. | Fecha hora firma: 11/09/2026 12:26:43 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN:tR6Nz1gg3CUcU8ekyIk7 PÁGINA 8 DE 15 URL de validación:https://diputacion.toledo.gob.es/SIGEM_GestionCSVWeb/action/documento/form
  • Que la entidad no ha solicitado a cualquier Administración Pública o entes públicos o privados otras ayudas, subvenciones o ingresos para el objeto de la presente solicitud de subvención.
  • AUTORIZA: A la Diputación de Toledo para recabar, en su caso, los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En ...................................................., a ........ de .......................... de 2026 Firma y sello del/de director/a del centro educativo

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    - Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen y contabilicen desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 30 de junio de 2027.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    - Serán subvencionables los siguientes gastos:
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos relativos a la preparación o acondicionamiento de la superficie destinada a huerto. Se incluyen en este concepto las pequeñas obras para acondicionar un huerto o su delimitación, así como las estructuras necesarias para instalación de un huerto.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos realizados en la adquisición de maquinaria, herramientas o utensilios utilizados para el mantenimiento del huerto escolar.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos realizados en adquisición de sistemas de riego destinados exclusivamente para el huerto escolar.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos derivados de la compra de semillas, plantas, sustratos o enmiendas orgánicas.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos ocasionados por la realización de actividades de asesoramiento o formación en materia de huerto escolar destinadas al personal de la comunidad educativa. Será subvencionable la realización de jornadas, talleres, actividades, campañas y exposiciones dirigidas a la formación, concienciación y sensibilización medioambiental del huerto escolar, así como aquellas temáticas relacionadas con esta actuación (alimentación saludable, agricultura ecológica…).
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos derivados de la elaboración de material educativo que sea empleado para el trabajo realizado en el huerto escolar.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    Podrá admitirse otra tipología de actuaciones para la puesta en marcha y/o mantenimiento del huerto escolar no contemplada en el listado anterior, siempre que tenga una finalidad similar y se considere de interés para el huerto y sus destinatarios.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    - Los tributo s serán gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se considerará gasto subvencionable el IVA soportado cuando este sea deducible para el beneficiario de la subvención.
  • Cuarta.- Gastos subvencionables · eligible
    - No tendrán la considera ción de gastos subvencionables aquellos que se produzcan en el centro educativo y no estén relacionados ni puedan vincularse con la creación o mantenimiento del huerto escolar.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. Conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por R. D. 887/2006, de 21 de julio, la presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a centros educativos de la provincia de Toledo que estén adheridos a la Red de Huertos Escolares Ecológicos para la creación y mantenimiento de huertos escolares ecológicos.