Personas jurídicasES114 - Pontevedra

Bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones realizadas por entidades inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Meaño ejercicio 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES114 - Pontevedra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MEAÑO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Tener su domicilio social en el término municipal de Meaño y figurar inscritas cómo tal en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Desarrollar sus actuaciones en el ámbito territorial do municipio y/o que afecten a colectivos de este Concello o versen sobre temas de interés de O Concello.
  • No incurrir en ninguno dos supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas ni en alguna de las prohibiciones para percibir subvenciones recogidas en la Ley.
  • Estar al corriente con las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal Tributaria, Hacienda gallega, con la Seguridad Social y con el Concello de Meaño.
  • Contar con seguro de responsabilidad civil.
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    Concesión de ayuda: haciendo constar el apartado para lo cual se solicita la ayuda, el presupuesto, la ayuda solicitada y el importe propuesto de ayuda a conceder.
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    Justificar el cumplimiento dos requisitos y condiciones, así como la realización de la inversion y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de subvención.
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    Conservar los documentos justificativos de la aplicación dada a los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
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    Dar adecuada publicidad de la ayuda concedida para la actividad, actuación o inversión objeto de subvención (cartelería, publicidad, recortes de prensa, vallados, pancartas, redes sociales, etc).
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    Los gastos que figuren en la cuenta justificativa serán pagados por los beneficiarios con anterioridad a presentación de la justificación de la subvención.
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    Acreditación de haber realizado el pagado do/s gasto/os justificado/os mediante transferencia bancaria para facturas por importe mayor el igual a
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    000,00 € (artículo 7 de la ley 7/2012,do 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude). Cuando sean facturas pagadas en metálico (< 1.000,00 €), debe constar además el pagado o acuse de recibo emitido por la empresa, sellado y rubricado (nombre y DNI o CIF y firma). De acuerdo con el establecido en el artículo 31.2 de la Ley 38/2003, así como en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, se considera gasto realizado lo que había sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización do período de justificación.
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    A declarar la ayuda recibida en el modelo 347, en los casos en que así proceda atendiendo la normativa tributaria.
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    — Las inversiones subvencionadas deberán realizarse y ser facturadas durante el año 2026, entre lo 1 de enero y el 30 de noviembre. Las subvenciones concedidas serán pagadas una vez sea justificado el gasto realizado, objeto de la subvención, con los documentos justificativos que se regulen en las bases de la correspondiente convocatoria.
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    — El plazo de presentación de la justificación de las ayudas concedidas finalizará el 1 de diciembre de 2026. La 31 de diciembre de 2026 se anularán automáticamente todas las subvenciones pendientes de justificar.
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    — Para pagar la subvención se tendrá en cuenta el siguiente:
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    En caso de que se justifique gasto por el 100% do presupuesto subvencionado, se abonará la totalidad de la subvención.
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    En caso de que se justifique gasto inferior al 100%, se abonará la parte Detalle - Deputación de Pontevedra https://boppo.depo.gal/detalle/-/boppo/2026/08/14/2026062633/gl-es 9 de 18 14/08/2026, 13:27
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    — Para recibir las subvenciones concedidas, de acuerdo con estas bases, hace falta presentar electrónicamente en la sede electrónica de O Concello de Meaño, con la dirección concellodemeano.sedelectrónica.gal, a través dos modelos normalizados que estarán su disposición en la página web de O Concello de www.concellodemeano.com. los siguientes documentos, firmados o conformados
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    Cuenta justificativa dos gastos, firmada electrónicamente, en la que se determinará el coste o gasto total de la inversion subvencionada, detallando las facturas o documentos con valor probatorio en el ámbito mercantil y administrativo (identificando: el proveedor, el CIF, el importe, nº de factura, fecha de emisión y fecha de pago. (Anexo IV). No se abonará más que el importe justificado con el límite de la subvención concedida.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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