BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y COLECTIVOS CULTURALES Y EDUCATIVOS DE MADRIDEJOS PARA EL AÑO 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MADRIDEJOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Programa detallado y presupuesto desglosado de la actividad a realizar.
  • Ejemplar de los Estatutos de la entidad, copia del CIF o NIF, si ha sido objeto de concesión de subvenciones por el Ayuntamiento en años anteriores, no será necesario su presentación, salvo que hubiese sido objeto de modificación. Todas las solicitudes incluirán un proyecto de las actividades realizadas para este ejercicio. Así mismo podrá presentarse cuanta documentación complementaria se considere oportuna, incluyendo cartelería y/o programa de la actividad. Bases Subvenciones Culturales y Educativas 2026
  • 2- Podrán atenderse solicitudes presentadas fuera de plazo hasta tanto se agote el crédito presupuestario asignado al efecto y, en todo caso, éstas sean presentadas antes del 1 de diciembre de 2026. 7º.- RESOLUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN.
  • 1. Resolución. Las respectivas Concejalías elevarán propuesta de l a concesión que será resuelta por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo motivado, los criterios objetivos que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones a las Entidades Públicas y
  • Ámbito territorial y número de personal a las que v a a llegar el programa subvencionado.
  • Programas y actividades integradas en un proyecto coherente.
  • Porcentaje de financiación propia de las actividades y bienes a subvencionar y las ayudas recibidas para la misma finalidad.
  • Actividades que promuevan, coordinen y mantengan el asociacionismo y la participación de las personas encaminadas a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
  • 2. Justificación. Una vez resuelta y comunicada la concesión de la ayuda, los beneficiarios deberán acreditar la total realización de la actividad y/o proyecto a la finalidad que fundamenta la concesión de la subvención, estableciéndose como plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2026 y justificando desde un punto de vista económico, al menos, el 100% de la subvención concedida, mediante instancia en el Registro General del Ayuntamiento según modelo oficial que se incluye co mo Anexo, que deberá incluir la
  • Memoria detallada de la actividad realizada (fundam entación, objetivos alcanzados, personas que han participado, evaluación de la metodología, desarrollo de la actividad y/o proyecto, adecuación de la temporalización, localización de la actividad, evaluación realizada, recursos humanos y materiales que han sido utilizados). Bases Subvenciones Culturales y Educativas 2026
  • Certificado del responsable de la entidad que comprenda relación de ingresos y gastos de la entidad. (Anexo III)
  • Facturas u otros documentos justificativos de los g astos efectuados, debiendo estar fechados, extendidos a nombre de la asociació n y ser originales, una vez compulsadas se devolverán a los interesados.
  • Relación en su caso de otras ayudas concedidas a la Asociación.
  • Un ejemplar de la documentación y propaganda escrita y gráfica de la actividad subvencionada, que contenga que “Colabora el Ayuntamiento de Madridejos” junto con el logotipo municipal, o aclaración al respecto (publicidad).
  • Se deberá estar al corriente de las obligaciones co n la Agencia Tributaria, Hacienda Municipal y Seguridad Social, debiendo est ar en vigor los certificados aportados, ya que tienen una caducidad de seis meses.
  • Relación de gastos e ingresos de la actividad y/o p royecto subvencionado junto con una relación numerada de las facturas por su importe total. La concesión de estas subvenciones supone la justif icación del 100% del importe concedido, la no justificación de la subvención en las condiciones y tiempos establecidos en estas bases conllevará que sólo se subvencione la parte justificada de la actividad o proyecto.
  • 3. Requisitos que deben reunir los documentos justificativos: Las facturas contendrán al menos los siguientes req uisitos (Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueb a el Reglamento por el que se
  • El beneficiario deberá figurar obligatoriamente como destinatario de la factura.
  • Tener referencia de gastos generados por la acti vidad objeto de la subvención, expresando con detalle los bienes y servicios adquiridos.
  • Cumplir con los requisitos técnicos exigidos por las leyes y reglamentos que regulen las características de la factura y su contenido. Numeración de la empresa que emite la factura, nombre o denominación social, dat os del expendedor y del destinatario, N.I.F., descripción de la operación y contraprestación total. Cuando la operación esté sujeta y no exenta del I.V.A., deberán consignarse en la factura todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible, así como Bases Subvenciones Culturales y Educativas 2026

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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