BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE CARÁCTER SOCIAL Y/O ASISTENCIAL EJ · 2026

Título oficial: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE CARÁCTER SOCIAL Y/O ASISTENCIAL EJERCICIO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MADRIDEJOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Programa detallado y presupuesto desglosado de la actividad a realizar.
  • Ejemplar de los Estatutos de la entidad, copia del CIF o NIF, si ha sido objeto de concesión de subvenciones por el Ayuntamiento en años anteriores, no será necesario su presentación, salvo que hubiese sido objeto de modificación. Todas las solicitudes incluirán un proyecto de las actividades realizadas para este ejercicio. Así mismo podrá presentarse cuanta documentación complementaria se considere oportuna, incluyendo cartelería y/o programa de la actividad. 7º.- RESOLUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN.
  • 1. Resolución. La respectiva Concejalía elevará propuesta de la concesión que será resuelta por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo motivado, los criterios objetivos que se tendrán en cuenta para la concesión de las subvenciones a las Entidades Públicas y
  • Ámbito territorial y número de personal a las que va a llegar el programa subvencionado. Bases caracter asistencia-social
  • Madridejos, en la fecha indicada al margen. La Secretaria. electrónica) Intervención y contratación Telf. 925 46 00 16 Ext. 1 – 3 intervencion@madridejos.es SG 1849460W Bases asistencia social b
  • Programas y actividades integradas en un proyecto coherente.
  • Porcentaje de financiación propia de las actividades y bienes a subvencionar y las ayudas recibidas para la misma finalidad.
  • Actividades que promuevan, coordinen y mantengan el asociacionismo y la participación de las personas encaminadas a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
  • 2. Justificación. Una vez resuelta y comunicada la concesión de la ayuda, los beneficiarios deberán acreditar la total realización de la actividad y/o proyecto a la finalidad que fundamenta la concesión de la subvención, estableciéndose como plazo máximo hasta el 15 de diciembre de 2026 y justificando desde un punto de vista económico, al menos, el 100% de la subvención concedida, mediante instancia en el Registro General del Ayuntamiento según modelo oficial que se incluye como Anexo, que deberá incluir la
  • Memoria detallada de la actividad realizada (fundamentación, objetivos alcanzados, personas que han participado, evaluación de la metodología, desarrollo de la actividad y/o proyecto, adecuación de la temporalización, localización de la actividad, evaluación realizada, recursos humanos y materiales que han sido utilizados).
  • Certificado del responsable de la entidad que comprenda relación de ingresos y gastos de la entidad. (Anexo III)
  • Facturas u otros documentos justificativos de los gastos efectuados, debiendo estar fechados, extendidos a nombre de la asociación y ser originales, una vez compulsadas se devolverán a los interesados.
  • Relación en su caso de otras ayudas concedidas a la Asociación.
  • Un ejemplar de la documentación y propaganda escrita y gráfica de la actividad subvencionada, que contenga que “Colabora el Ayuntamiento de Madridejos” junto con el logotipo municipal, o aclaración al respecto (publicidad). Bases caracter asistencia-social
  • Se deberá estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, Hacienda Municipal y Seguridad Social, debiendo estar en vigor los certificados aportados, ya que tienen una caducidad de seis meses.
  • Relación de gastos e ingresos de la actividad y/o proyecto subvencionado junto con una relación numerada de las facturas por su importe total. La concesión de estas subvenciones supone la justificación del 100% del importe concedido, la no justificación de la subvención en las condiciones y tiempos establecidos en estas bases conllevará que sólo se subvencione la parte justificada de la actividad o proyecto. No se considerarán subvencionables, sin perjuicio de los ya establecidos en la
  • Gastos en servicios de hostelería y restauración, alojamientos y otros de carácter protocolario.
  • Gastos que superen el valor de mercado comprobado por la Administración, por el importe que exceda respecto del mismo, en particular, los relativos a dietas y locomoción de personal en la medida que resulten subvencionables y superen los límites establecidos con carácter oficial para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  • Gastos relativos a alquileres/hipotecas de sedes o locales
  • Suministros (agua, luz, teléfono, fax…..)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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