Personas jurídicasES511 - Barcelona

Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para Proyectos de Cooperación al Desarrollo para el año 2024

El objeto de estas bases es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, la concesión y la justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de San Pere de Ribes para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo promovidos por oenegés y entidades solidarias locales. La finalidad de estas subvenciones es apoyar proyectos del tejido asociativo local que trabajan en el marco de la solidaridad, la cooperación y la sensibilización, para dar cumplimiento a los objetivos estratégicos definidos en el Plan de Actuación del mandato…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT PERE DE RIBES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 55.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Contribuir a la defensa, la garantía y el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, ligado al ODS5 de igualdad de género, diversidad afectiva y sexual y/o colectivos LGBTI+. Para favorecer la transformación de las estructuras que perpetúan las desigualdades de género, favoreciendo el empoderamiento de las mujeres en los ámbitos familiares, sociales, laborales y comunitarios. En este apartado , tendrán una puntuación adicional los pr oyectos que combaten la violencia machista hacia las mujeres beneficiarias del proyecto. Teniendo en cuenta las
  • El proyecto presentado deberá incluir instrumentos de planificación seguimiento y evaluación con perspectiva de género.
  • Realización de dos acciones en San Pere de Ribes destinada s a pr omover entre la ciudadanía los valores de la cultura de la pa z, fomentar los valores de la solidaridad y cooperación y dar a con ocer las causas estructural es que gener an desigual dades y pobreza. Las acciones de sensibilización deberán estar detalladas en la memoria del año anterior: calendario, lugar, participantes, evaluación del imp acto, recogida de valoraciones, propuestas de mejora y objetivos alcanzados. En caso de haber realizado más de dos acciones se valorará con 1 punto adicional cada acción a partir de la 3ª acción, hasta un máximo de 2 puntos.
  • Los proyectos de cooperación al desarrollo se deben desarrollar a través de entida des socias locales (institución, entidad sin ánimo de lucro ) identificada en la memoria del proyecto.
  • Enmarcarse dentro de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) promovidos por las Naciones Unidas en la Agenda 2030 y de acuerdo con los Objetivos estratégicos recogidos en el Plan Director de Cooperación 2022-2026, como se detallan a
  • Contar con una sede permanente y / o representante local en San Pere de Ribes.
  • Ser miembro del Consejo Municipal de Cooperación (CMC) de San Pere de Ribes, con una antigüedad mínima de un año.
  • Estar inscritas en el Registro municipal de entidades del ayuntamiento o haber hecho la solicitud de inscripción formal.
  • Que en sus estatutos conste que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y proyectos de cooperación al desarrollo, que fomenten la paz, la justicia, la igualdad, la lucha contra las desigualdades y la erradicación de la pobreza.
  • Que hayan justificado anteriormente cualquier subvención otorgada por el Ayuntamiento en años anteriores, excepto en aquellos casos que no haya transcurrido el correspondiente plazo de justificación.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y el resto de administraciones.
  • Que no hayan incurrido en falsas declaraciones al facilitar la información exigida para poder participar en la convocatoria.
  • No haber sido estado condenadas peor sentencia firme a la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • No estar afectadas por la Ley concursal o haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato suscrito con la administración.
  • No estar afectada por la Ley de incompatibilidades la persona física o representante legal.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Las entidades beneficiarias deberán de:
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y/o actividad que fundamente la concesión de la subvención.
  • Realizar una justificación adecuada del cumplimiento de los requisitos y también de la posterior realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad.
  • Aportar toda la información que se le requiera y colaborar al máximo con las actuaciones de comprobación.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Únicamente se tomarán en consideración para la subvención l os costes definidos como a
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Ajuntament Sant Pere de Ribes Plaça de la Vila, 1 - 08810 – Ribes / Plaça de la Vinya d’en Petaca, 1 – 08812 Les Roquetes Tel. 93 896 73 00 (ext. 1) - Fax 93 896 73 01 - A/e: ajuntament@santperederibes.cat www.santperederibes.cat L’Ajuntament de Sant Pere de Ribes compleix amb el que estableix el Reglament 2016/679 del Parlament Europeu i del Consell de 27 d’abril de 2016, i la Llei Orgànica 3/2018, de 5 de desembre, de Protecció de Dades Personals i garantia dels drets digitals . Per a més informació adreceu-vos a http://www.santperederibes.cat o directament a l’Ajuntament. 6 Ajuntament Sant Pere de Ribes Cooperació, Solidaritat i Pau no signifiquen un incremento de capital o el patrimonio público. Se aceptará hasta un máximo de un 10% sobre los costes directos imputados a la subvención. Las cantidades imputadas a la subvención en concepto de costos indirectos dentro del período de ejecución de la intervención y de los porcentajes autorizados por las correspondientes bases reguladoras no necesiten justificación. La descripción de las partidas presu puestarias y de gastos imputables a cada partida figura al formulario de Presupuesto SUBV_004/2024.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · ineligible
    2. Gastos no elegibles
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Las provisiones por posibles pérdidas o deudas
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Los gastos financiados por otro financiador.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Los gastos auto facturados: justificantes de servicios prestados emitidos por la entidad beneficiaria líder o agrupada o las entidades socias locales.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Declaración anual de Impuestos sobre la r enta, Impuesto de Sociedades ni impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación (IVA y otros).
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Las pérdidas debidas al cambio de moneda.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    DOTACIÓN PRESUPUESTARIA El importe total de ayudas a proyectos de cooperación al desarr ollo, promovidos por ONG de
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    PROCEDIMENTO DE EVALUACIÓN 1ª FASE: Requisitos para obtener la condición de entidades beneficiarias De acuerdo con la Ley de Subvenciones ( 38/2003, de 17 de noviembre) y el correspondiente Reglamento que la desarrolla (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio), las entidades solicitantes deberán cumplir todos los requisitos y obligaciones que se relacionan en los apartados 3 y 4 de estas bases. El proyecto y las actividades subvencionables deberán cumplir con los requisitos establecidos en los apartados 2 y 5 de estas bases. Esta fase tiene carácter eliminatorio, y en caso de que las solicitudes no cumplan los requisitos quedarán automáticamente de scartadas de la convocatoria y no podrán continuar el proceso de evaluación. 2ª FASE: Valoración general de l a entidad y los proyectos presentados, seg ún los criterios fijados por cada ámbito de actuación.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    El criterio y procedimiento de asignación de la subvención está determinado por la puntuación otorgada a cada proyecto según las fichas de valoración de proyectos de cooperación (anexo 1_PF de la convocatoria anual) y la ficha de valoración de la entidad en el ámbito local (anexo 2_PC de la convocatoria anual).
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Ajuntament Sant Pere de Ribes Plaça de la Vila, 1 - 08810 – Ribes / Plaça de la Vinya d’en Petaca, 1 – 08812 Les Roquetes Tel. 93 896 73 00 (ext. 1) - Fax 93 896 73 01 - A/e: ajuntament@santperederibes.cat www.santperederibes.cat L’Ajuntament de Sant Pere de Ribes compleix amb el que estableix el Reglament 2016/679 del Parlament Europeu i del Consell de 27 d’abril de 2016, i la Llei Orgànica 3/2018, de 5 de desembre, de Protecció de Dades Personals i garantia dels drets digitals . Per a més informació adreceu-vos a http://www.santperederibes.cat o directament a l’Ajuntament. 7 Ajuntament Sant Pere de Ribes Cooperació, Solidaritat i Pau
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    Para poder ser beneficiarios de la subvención los proyectos tienen que obtener una puntuación mínima de 50 puntos en los apartados 1,2,3,4,5 y 6 y una puntuación mínima de 6 puntos en el apartado 7 de la ficha de valoración del proyecto (anexo 1 _PF).
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    La puntuación total final (PTF) para el cálculo de la asignación de la subvención será la suma de la ficha de valoración de la entidad en el ámbito local (PC) más la suma de la puntuación de la ficha de valoración del proyecto (PF). Esta úl tima tendrá un peso del 75% de la puntuación total final, según esta fórmula de cálculo: PFT= (PFx75/115)+PC.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    El importe de la convocatoria se repartirá entre todos los proyectos que hayan alcanzado la puntuación mínima en la valoración del proyecto (P F). El cálculo de la aportación para cada proyecto se hará aplicando un criterio de proporcionalidad sobre el importe solicitado en función de la puntuación total obtenida. En ningún caso la aportación podrá ser superior al importe solicitado. 3ª FASE: Presentación y defensa pública del proyecto, por parte de uno o dos miembros de la ONGD ante el plenario del CMC y con representación del Fondo Catalá n de Cooperación al Desarrollo , en una sesión extraordinaria , en caso que se estime oportuno. Los miembros d el CMC podrán efectuar preguntas sobre los proyectos, pero no tendrán voto en el tribunal o mesa de valoración de los proyectos.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    1. Convocatoria de las subvenciones Una vez aprobadas estas bases reguladoras y la corre spondiente convocatoria por la Junta de Gobierno Local se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el BOP, en la página web del Ayuntamiento, en el tablón de anuncios municipal y se comunicarán por correo electrónico a todas las entidades que componen el Consejo Municipal de Cooperación con una antigüedad mínima de un de año.
  • “gastos elegibles” tal y como se describe en este siguiente punto: · eligible
    2. Documentación a presentar

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas bases es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, la concesión y la justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de San Pere de Ribes para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo promovidos por oenegés y entidades solidarias locales. La finalidad de estas subvenciones es apoyar proyectos del tejido asociativo local que trabajan en el marco de la solidaridad, la cooperación y la sensibilización, para dar cumplimiento a los objetivos estratégicos definidos en el Plan de Actuación del mandato. De acuerdo con las previsiones del Pl an Estratégico de subvenciones para el presente año, estas subvenciones deberán fomentar proyectos / actividades de interés público o social.