Personas jurídicasES425 - Toledo

Bases reguladoras y Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades en materia de bienestar social por · 2026/2027

Título oficial: Bases reguladoras y Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades en materia de bienestar social por las Entidades Locales de la provincia de Toledo menores de 5.000 habitantes en el ámbito del Programa Tu Salud en Danza 2026-2027

Las presentes Bases reguladoras y Convocatoria tienen por objeto la concesión de subvenciones a Entidades Locales de la provincia de Toledo menores de 5.000 habitantes para la realización de actividades en materia de bienestar social, desde el del 15 de octubre al 15 de diciembre de 2026 y del 15 de enero al 30 de mayo de 2027, en el ámbito del programa “Tu Salud en Danza” consistente en la contratación de un monitor, de acuerdo a las modalidades del Anexo IV, para la práctica de actividades de baile saludable para personas mayores de 50 años de edad y realizadas por un grupo, en dos sesiones semanales de 1 hora de duración o una sesión semanal de dos horas, cada una, con un número de partic…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 136.000,00 €. Inicio: 15/07/2026. Plazo: Fin: 04/08/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán obtener la condición de beneficiarios las Entidades Locales de la provincia de Toledo con menos de 5.000 habitantes.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de Firmante 1 de 1: Jesús Prieto Sabugo | Servicio de Secretaría y Documentación | Secretario General Acctal. | Fecha hora firma: 10/07/2026 14:00:49 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN:xX/bWSrvoGAFXYC8PDp9 PÁGINA 2 DE 11 URL de validación:https://diputacion.toledo.gob.es/SIGEM_GestionCSVWeb/action/documento/form
  • No estar incursos en ninguna de las circunstancias establecidas en el apartado 2 del
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recurs os que financien la actuación, objeto de subvención, procedentes de esta administración o de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados nacionales o internacionales.
  • Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación d e la actuación objeto de subvención y para ello cumplir las medidas de información previstas en la base séptima de esta Convocatoria.
  • Cumplir el resto de obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, su normativa de de sarrollo y las establecidas en el acuerdo de concesión.
  • Habilitar un local accesible y apropiado para la actividad dotado de condiciones de ventilación, climatización y luminosidad con capacidad para albe rgar al grupo de participantes.
  • Las actividades desarrolladas respetaran siempre las medidas de higiene y seguridad que las normativas de la Consejería de Sanidad de Castilla la Mancha estipule.
  • Supervisar el número de participantes, no deberá ser inferior a 10 ni superior a 25 por grupo, para lo que se tendrá en cuenta el aforo del local. Excepcionalmente podrá superarse este número siempre que las condiciones de las instalaciones, la seguridad de los usuarios y el criterio del monitor de baile lo permitan.
  • Las formas de presentación serán las siguientes:  A través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Toledo, (https://diputacion.toledo.gob.es/procedimientos_y_servicios), en el apartado “Solicitud de Propósito General”.  A través de ORVE.  A través de cualquier otro registro telemático previsto en el artículo 16.4 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez presentada, de observarse deficiencias en la solicitud formulada, se requerirá a los interesados al objeto de que procedan a su subsanación en el plazo de diez días y, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto. La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, y en los lugares indicados con anterioridad. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados, resolviéndose la inadmisión de las mismas, previa resolución, que deberá ser dictada al efecto.
  • por los siguientes miembros del Área de Bienestar Social, Familia y Juventud:  Presidente: Diputado Delegado.  Vocal: Director.  Vocal y Secretaria: Jefa de Sección. Una vez evaluadas las solicitudes, dicha Comisión elevará propuesta de resolución a la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Toledo quien resolverá la Convocatoria desestimando o concediendo las solicitudes y fijando, en este caso, el importe de la misma. Firmante 1 de 1: Jesús Prieto Sabugo | Servicio de Secretaría y Documentación | Secretario General Acctal. | Fecha hora firma: 10/07/2026 14:00:49 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN:xX/bWSrvoGAFXYC8PDp9 PÁGINA 4 DE 11 URL de validación:https://diputacion.toledo.gob.es/SIGEM_GestionCSVWeb/action/documento/form
  • EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL POR ENTIDADES
  • 000 HABITANTES EN EL ÁMBITO DEL PROGRAMA “TU
  • Que la entidad que represento no se encuentra incursa en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas de las previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Que se encuentra al corriente de sus obligaciones económicas o por reintegro de subvenciones frente a la Dip utación Provincial de Toledo, así como de sus obligaciones tributarias con todas las Administraciones Públicas, incluida aquélla, y frente a la Seguridad Social. En…..........................……….. a..………..de..………..........…….. de 20….. Firma Electrónica del Alcalde/sa-Presidente/a de la Entidad Local
  • ACTIVIDADES EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL POR

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes Bases reguladoras y Convocatoria tienen por objeto la concesión de subvenciones a Entidades Locales de la provincia de Toledo menores de 5.000 habitantes para la realización de actividades en materia de bienestar social, desde el del 15 de octubre al 15 de diciembre de 2026 y del 15 de enero al 30 de mayo de 2027, en el ámbito del programa “Tu Salud en Danza” consistente en la contratación de un monitor, de acuerdo a las modalidades del Anexo IV, para la práctica de actividades de baile saludable para personas mayores de 50 años de edad y realizadas por un grupo, en dos sesiones semanales de 1 hora de duración o una sesión semanal de dos horas, cada una, con un número de participantes que no deberá ser inferior a 10 ni superior a 25, para un total de 56 sesiones.