DeportistasPersonas físicasES521 - Alicante / Alacant

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL Y…

Título oficial: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL Y DE ALTO RENDIMIENTO DEL MUNICIPIO DE CATRAL

Constituye el objeto de las presentes bases y convocatoria para la regulación de la concesión de subvenciones en régimen concesión competitiva a deportistas de alto nivel y alto rendimiento del municipio de Catral que, reuniendo los requisitos que se establecen en el apartado segundo de estas bases, con la finalidad de reconocer los resultados deportivos conseguidos durante el periodo que determine la convocatoria, que en esta anualidad son del 1 de septiembre de 2025 al 30 de agosto de 2026.

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CATRAL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Deportistas, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de solicitudes, reúnan todos los requisitos
  • Tener reconocida oficialmente la condición de deportista de alto nivel o de deportista de alto rendimiento por el Consejo Superior de Deportes, por el órgano
  • competente de la comunidad autónoma correspondiente o por el organismo público competente, y mantener dicha condición vigente durante el periodo que establezca la convocatoria.
  • Estar empadronadas y tener residencia efectiva en Catral con una antigüedad mínima e ininterrumpida de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Haber realizado durante el periodo subvencionable actividad deportiva federada o haber participado en competiciones oficiales susceptibles de valoración conforme a estas bases.
  • No estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Catral, así como haber justificado correctamente las subvenciones municipales concedidas con anterioridad.
  • Las personas menores de edad actuarán mediante su representante legal, sin perjuicio de que la condición de beneficiaria corresponda al deportista.
  • - La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en el Anexo I Solicitud, que se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento de Catral. www.catral.es
  • Lugar de presentación: El Anexo I de solicitud, debidamente cumplimentado,
  • En la sede electrónica del Ayuntamiento: https://catral.sedelectronica.es/ (Instancia General), Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al aquí descrito será inadmitida. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio y el cauce descrito, serán causas de inadmisión. En caso de no presentar la solicitud con la documentación completa, se considerará como fecha de registro de Entrada la de la última presentación de documentación relativa a dicha solicitud. La presentación de la solicitud implicará la aceptación íntegra de estas bases y de la convocatoria.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Comunicar a este Ayuntamiento cualquier eventualidad que afecte sustancialmente al objeto de la subvención o a los datos presentados para su solicitud.
  • Colaborar en las actuaciones de seguimiento del Ayuntamiento, aportando cuanta información le sea requerida, así como cualesquiera otras de comprobación y control que fuesen necesarias con la finalidad de verificar el cumplimiento específico de las obligaciones asociadas a la ayuda. Justificar debidamente la aplicación de la subvención concedida en la forma y plazos indicados en las presentes bases.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 y 15 de la Ley General de Subvenciones.
  • La aceptación de las subvenciones por parte de las entidades beneficiarias implica la sujeción a las obligaciones establecidas con carácter general en las presentes bases y demás normativa aplicable en materia de subvenciones.
  • Dar adecuada publicidad y difusión de carácter público de la financiación de las actividades sujetas a dicha subvención.
  • Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entidades públicas o privadas, siempre que la suma total no supere el coste de la actividad subvencionada.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras ayudas o recursos que financien los mismos gastos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Constituye el objeto de las presentes bases y convocatoria para la regulación de la concesión de subvenciones en régimen concesión competitiva a deportistas de alto nivel y alto rendimiento del municipio de Catral que, reuniendo los requisitos que se establecen en el apartado segundo de estas bases, con la finalidad de reconocer los resultados deportivos conseguidos durante el periodo que determine la convocatoria, que en esta anualidad son del 1 de septiembre de 2025 al 30 de agosto de 2026.