Personas jurídicasES521 - Alicante / Alacant

Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a asociaciones vecinales, anualidad 2026

1.1. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento para la concesión de subvenciones a asociaciones de Los Montesinos que realicen actividades culturales, educativas, sociales, económicas, deportivas, etc., acordes con los fines de la asociación y que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública local.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MONTESINOS, LOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1. El Ayuntamiento de Los Montesinos convoca ayudas económicas dirigidas a las Asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, Plaza del Ayuntamiento, 1 – 03187 LOS MONTESINOS Telf.966721087 Fax 966721004 alcaldia@losmontesinos.org www.losmontesinos.org 1 Cód. Validación: 7SCP7QPLNRLGG4FJ3HAYGDY53 Verificación: https://losmontesinos.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 24
  • 2. Requisitos de los beneficiarios: Podrán obtener la condición de beneficiario las entidades que reúnan las especificaciones establecidas en la normativa vigente al respecto, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artículos 11 y 13) y su Reglamento (RD 887/2006, 1 julio), y la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Ayuntamiento de Los Montesinos (art. 14), así como su necesaria inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones. Así pues, las asociaciones deberán reunir las siguientes condiciones a la fecha de finalización
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente al Ayuntamiento de Los Montesinos.
  • No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Quedan excluidas de la presente convocatoria las entidades asociativas que sean destinatarias de subvenciones nominativas conforme a lo previsto en el Presupuesto Municipal vigente.
  • 2. El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
  • 3. Las presentes bases se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Los Montesinos y en la web municipal.
  • 4. La documentación necesaria para presentar la solicitud es la siguiente: Plaza del Ayuntamiento, 1 – 03187 LOS MONTESINOS Telf.966721087 Fax 966721004 alcaldia@losmontesinos.org www.losmontesinos.org 2 Cód. Validación: 7SCP7QPLNRLGG4FJ3HAYGDY53 Verificación: https://losmontesinos.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 24
  • Impreso de solicitud firmado por el presidente/a de la asociación, con indicación de las actividades previstas y su importe estimado (anexo I).
  • Memoria explicativa del proyecto, donde se detallen las actividades a realizar en el plazo de ejecución, con indicación el presupuesto previsto desglosado por conceptos de cada una de las actividades descritas (anexo II). Esta memoria deberá de contener los datos que permitan aplicar los criterios de valoración especificados en la base 5 debidamente acreditados. En caso contrario la valoración del criterio será 0.
  • Certificado del secretario/a de la asociación en el que se indique el número de socios/as que la componen (anexo V).
  • Certificado del secretario/a de la asociación sobre el funcionamiento de la misma (Anexo VI).
  • Declaración responsable de que la contabilidad de la entidad se lleva conforme a las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad para las entidades sin fines lucrativos (anexo
  • Datos relativos a la cuenta bancaria de la asociación (Anexo VII).
  • Declaración de que no se encuentra obligado a presentar los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según lo establecido en el art. 18 y siguientes del RLGS (Anexo VIII).
  • Declaración relativa a no estar incursa en las prohibiciones señaladas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo IX).
  • 5. Cuando la solicitud presentada fuera incompleta o falte alguno de los datos exigidos, se requerirá a los interesados para que en plazo de 10 días hábiles subsanen los defectos o, en su caso, completen la documentación. La falta de respuesta a este requerimiento se entenderá como desistimiento, previa resolución expresa en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 6. Se presentará una única solicitud. En el caso de presentar varias solicitudes, será admitida la presentada correctamente en último lugar.
  • Realizar las actividades conforme a la actuación subvencionada objeto de la solicitud presentada.

Gastos y actuaciones

  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    1. Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta Ley, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    2. En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales ni los gastos de procedimientos judiciales.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · ineligible
    Quedan expresamente excluidos de la presente convocatoria los siguientes gastos:
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Las actividades con una finalidad únicamente lúdica y/o festiva, tales como viajes, almuerzos, vinos de honor, comidas de socios y similares donde no queden claramente acreditadas que forman parte de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública local.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Comisiones bancarias y gastos notariales.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Rifas o sorteos, premios en metálico o de naturaleza económica, donativos u obsequios. Plaza del Ayuntamiento, 1 – 03187 LOS MONTESINOS Telf.966721087 Fax 966721004 alcaldia@losmontesinos.org www.losmontesinos.org 6 Cód. Validación: 7SCP7QPLNRLGG4FJ3HAYGDY53 Verificación: https://losmontesinos.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 24
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Gastos que han sido financiados por otras subvenciones, ayudas, aportaciones o donaciones públicas o privadas.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    En general, ningún gasto que no guarde relación con el objeto de la convocatoria y que no estén debidamente justificados
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    3. Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    4. Las actividades subvencionables, de modo orientativo, pero no excluyente, siempre que
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Organización de jornadas, conferencias o eventos, cursos, charlas, conciertos, viajes, excursiones, organización de actos protocolarios, jornadas de convivencia, campañas, etc.) donde quede claramente acreditado que cumple con el objeto de esta convocatoria que es el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública local.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Compra de material necesario para la realización de las actividades subvencionables.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Mantenimiento de la asociación (material de oficina, suministros, reparaciones y gastos corrientes, en general), con un máximo del 20% del proyecto.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Promoción y difusión de las actividades subvencionables (material de difusión, cartelería, folletos divulgativos, equipaciones, etc.), siempre que cumplan con la base 8 c) y d) de estas bases.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Adquisición de bienes inventariables (equipos informáticos, mobiliario, etc.) con un máximo del 20% del proyecto.
  • BASE 10. Gastos subvencionables · eligible
    Actividades que conlleven gastos de comidas se subvencionarán con un máximo del 50%.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.1. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento para la concesión de subvenciones a asociaciones de Los Montesinos que realicen actividades culturales, educativas, sociales, económicas, deportivas, etc., acordes con los fines de la asociación y que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública local.