BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE L · 2026

Título oficial: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BANDAS DE MÚSICA DEL AYUNTAMIENTO DE LALÍN DURANTE EL AÑO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES114 - Pontevedra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LALÍN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 100.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar válidamente constituidas
  • Ter o seu domicilio social en Lalín
  • Estar inscritas no Rexistro Municipal de Asociacións e ter actualizada a información no mesmo
  • Desenvolver as súas actividades total ou parcialmente no Concello de Lalín
  • Estar integradas por un mínimo de 30 membros
  • Contar con posto de dirección
  • Non ter pendente de xustificar ningunha subvención concedida polo Concello de Lalín
  • Estar ao corrente das súas obrigas tributarias: coa AEAT, coa Seguridade Social así como coa Administración Autonómica e co Concello de Lalín.
  • 2.- En calquera caso, non poderán ter a condición de beneficiarias aquelas entidades nas que concorra algunha das circunstancias establecidas no artigo 13 da Lei 38/2003 do 17 novembro,
  • - ser condenadas mediante sentenza firme á pena de perda da posibilidade de obter subvencións ou axudas públicas;
  • - solicitar a declaración de concurso, ser declaradas insolventes en calquera procedemento, atoparse declaradas en concurso, salvo que neste houbese adquirido a eficacia un convenio, estar suxeitas a intervención xudicial ou ser inhabilitadas conforme á Lei concursal, sen que conclúa o período de inhabilitación fixado na sentenza de cualificación do concurso; Concello de Lalín Praza de Galicia, 1, Lalín. 36500 (Pontevedra). Tfno. 986787060. Fax: 986780638 Corrección: https://lalin.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 3 a 38
  • - dar lugar, por causa da que foran declaradas culpables, á resolución firme de calquera contrato celebrado coa administración;
  • - estar incursa a persoa física, os administradores das sociedades mercantís ou aqueles que ostenten a representación legal doutras persoas xurídicas nalgún dos supostos de incompatibilidades que estableza a normativa vixente; non atoparse ao corrente no cumprimiento das obrigas tributarias ou fronte á Seguridade Social ou ter pendente de pago algunha outra débeda coa Administración pública da Comunidade Autónoma nos termos que reglamentariamente se determinen;
  • -ter a residencia fiscal nun país ou territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal;
  • - Non atoparse ao corrente de pago das obrigas por reintegro de subvencións nos termos que reglamentariamente se determine;
  • -ter sido sancionada mediante resolución firme coa perda da posibilidade de obter subvencións según a presente lei ou a Lei Xeral Tributaria.
  • 3. Todos os requisitos e condicións esixidos deberán cumprirse na data en que finalice o prazo de presentación de solicitudes.
  • 4.- As entidades beneficiarias das subvencións reguladas nas presentes bases non poderán resultar beneficiarias das subvencións para actividades culturais convocadas polo Concello de Lalín
  • 1.- As entidades beneficiarias disporán dun prazo de 10 días, contados a partir do día seguinte ao da notificación da resolución, para comunicar a aceptación da subvención ou ben comunicar a renuncia á subvención concedida. Transcorrido dito prazo sen que se producise manifestación expresa a subvención entenderase tácitamente aceptada de acordo con artigo 21.5 da Lei 9/2007, do 13 de xuño, de Subvencións de Galicia.
  • 2.- Son obrigas das persoas ou entidades beneficiarias das subvencións as sinaladas no artigo 14 da Lei 38/2003 Xeral de Subvencións así como no artigo 11 da Lei 9/2007, do 13 de xuño, de Subvencións de Galicia.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Son gastos subvencionables aquellos en los que incurran las bandas de música y las bandas de música tradicional gallega durante el período comprendido entre el 1 de
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, por los siguientes conceptos: Ø Gastos de personal del director y del profesorado (salario y gastos de Seguridad Social). Ø Desplazamientos con motivo del desarrollo de su actividad (alquiler de vehículos). Ø Alquiler y reparación de instrumentos. Ø Gastos de vestuario. Ø Gastos de mantenimiento de vehículos propiedad de la agrupación. Ø Organización de campamentos, cursos, seminarios y/u otras actividades de carácter formativo o cultural, siempre que la entidad no perciba contraprestación económica por su participación en ellos. Ø Gastos de publicidad.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    1.- Las entidades beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, para comunicar la aceptación de la subvención o bien comunicar la renuncia a la subvención concedida. Transcurrido dicho plazo sin que se produjera manifestación expresa la subvención se entenderá tácitamente aceptada de acuerdo con el artículo 21.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    2.- Son obligaciones de las personas o entidades beneficiarias de las subvenciones las señaladas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones así como en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    3.- Asimismo, las entidades beneficiarias se obligan a:
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Desarrollar un programa de actuaciones conjuntas, que consistirán en la realización de forma gratuita de cinco actuaciones anuales para el Ayuntamiento de Lalín (conciertos, pasacalles, inauguraciones, procesiones...)
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Hacer constar en todo tipo de publicidad e información que se realice en el desarrollo de su actividad la participación y colaboración del Ayuntamiento de Lalín.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Facilitar toda la información que le sea requerida desde el Ayuntamiento de Lalín, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas objeto de las presentes bases.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Destinar la subvención obtenida a la finalidad para la que fue concedida.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado, así como la modificación de las circunstancias que fundamentaran la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse en el momento en que se conozca y, en todo caso, en el momento de realizar la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    1 Las entidades que deseen acogerse a esta subvención deberán presentar una única solicitud según el modelo que figura como Anexo I a estas bases reguladoras. La presentación electrónica será obligatoria y si alguna de las entidades interesadas presentase su solicitud presencialmente se le requerirá que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se realizase la subsanación. Para la presentación de las solicitudes la sede electrónica del Ayuntamiento de Lalín admite los certificados electrónicos del sistema Cl@ve, que contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves concertadas (sistemas de usuario y contraseña) y certificados electrónicos (incluido el DNIe).
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    2 Junto con la solicitud se aportará la siguiente documentación:
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Documentación relativa a la entidad
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    NIF de la entidad solicitante y DNI del representante.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Estatutos por los que se rige la entidad junto con los documentos que acrediten la inscripción en registros públicos, así como el acta de constitución con los cargos de la actual junta directiva.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Presupuesto anual de gastos e ingresos de la entidad.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Memoria de actividades del año anterior firmada por el representante de la entidad.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Certificado del Secretario/a de la entidad acreditativo de la representación que tiene la persona que firma la solicitud así como de que la entidad cuenta con puesto de dirección, del número de integrantes de la banda de música o número de alumnos/as de la escuela de música en su caso. (Anexo II)
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Certificaciones relativas a estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social así como frente a la Agencia Tributaria de Galicia y a la AEAT. Asimismo, se comprobará que se encuentra al corriente con las obligaciones con el Ayuntamiento de Lalín.
  • QUINTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Declaración responsable de que la información que obra en poder del Registro Municipal de Asociaciones está actualizada así como de que la entidad no está incursa en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el artículo 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia. (Anexo III)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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