Bases reguladoras y convocatoria de la Campaña "Bono-Consumo El Castell de Guadalest 2026"

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELL DE GUADALEST, EL.

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Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • Tener el domicilio fiscal en el municipio de El Castell de Guadalest
  • No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo
  • 2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con el Ayuntamiento de El Castell de Guadalest a la fecha de la presentación de adhesión a la campaña.
  • Disponer del título habilitante para el funcionamiento de la actividad económica que desarrolle concedido por el Ayuntamiento de El Castell de Guadalest o declaración responsable de no disponer de local determinado por no requerirlo la actividad. El plazo para presentar las solicitudes de adhesión al programa será de tres (3) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria y Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. En la sede electrónica del Ayuntamiento de El Castell de Guadalest se publicará el ANEXO Ayuntamiento de El Castell de Guadalest
  • Ayuntamiento de El Castell de Guadalest II, necesario para la presentación de la solicitud de adhesión. La solicitud se presentará por la persona física que ejerza la actividad o por el representante legal en el caso de personas jurídicas, y se realizará en impreso normalizado conforme al modelo que se acompaña como ANEXO II Solicitud de adhesión comercios, que deberá ser presentada y firmada por la persona interesada.
  • Al impreso normalizado se acompañará obligatoriamente la siguiente documentación:
  • DNI o CIF de la persona que solicita la subvención (empresa/autónomo) y de su representante legal, cuando proceda.
  • Acreditación de la representación legal (en su caso)
  • Declaración responsable, conforme al modelo que se acompaña como ANEXO II, debidamente cumplimentada y firmada por la persona interesada, que contendrá
  • Que conoce y acepta las bases que rigen la CAMPAÑA BONO-CONSUMO EL
  • Que no se encuentra incurso en ninguna de las circunstancias que impiden tener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda pública local, autonómica y estatal (AEAT) y con la Seguridad Social, impuestas por la legislación vigente conforme establece el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la precitada Ley, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el fin del plazo para canjear los bonos-consumo.
  • Que asume el compromiso de colaborar con la campaña de bonos, descontando el importe del bono al consumidor que después le será abonado por el Ayuntamiento una vez aportados los justificantes requeridos en las presentes bases.
  • Que desarrolla su actividad económica en El Castell de Guadalest.
  • Que acepta ser incluido como establecimiento colaborador del programa de bonos en los soportes publicitarios del programa: webs, redes sociales, etc.
  • Que autoriza el tratamiento de datos personales necesarios para el desarrollo de la campaña al Ayuntamiento de El Castell de Guadalest.
  • Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que indique la actividad económica con su fecha de alta.
  • Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos e informe de la vida laboral del solicitante con fecha actual.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria, a los efectos de que el Ayuntamiento de El Castell de Guadalest realice el abono de las cantidades que resulten de los bonos canjeados en cada establecimiento. Ayuntamiento de El Castell de Guadalest
  • Ayuntamiento de El Castell de Guadalest La mera presentación de la solicitud de adhesión supone la aceptación de las presentes Bases y el compromiso de cumplir con las obligaciones y deberes derivados de las mismas y de la normativa reguladora en materia de subvenciones. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en estas bases o no se acompaña la documentación exigida, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la referida Ley. La resolución en la que se establezcan los establecimientos adheridos al a campaña BONO-CONSUMO EL CASTELL DE GUADALEST 2026, corresponde a la Alcaldía- Presidencia. Dicha resolución será notificada a los interesados de conformidad con lo previsto en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes