Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de competencia competitiva simplificada destinadas a Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio de Uncastillo.

La presente convocatoria tiene por finalidad colaborar en la financiación de actividades de carácter cultural, deportivo, social y juvenil promovidas por asociaciones, entidades y fundaciones sin ánimo de lucro del municipio de Uncastillo.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona AYUNTAMIENTO DE UNCASTILLO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
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    Memoria descriptiva de la actividad o actividades para las que se solicita la
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    subvención, que deberá incluir:  Denominación de la actividad o programa.  Descripción de las actuaciones que se pretenden realizar.  Personas destinatarias o participantes.  Calendario o período de ejecución.  Presupuesto previsto de ingresos y gastos.  Importe de la subvención solicitada. Ayuntamiento de Uncastillo Plza. de la Villa, 22, Uncastillo. 50678 (Zaragoza). Tfno. 976679001. Fax: 976679497 Cód. Validación: Y7DRS6YTSLCEYKDERJR4R27RT Verificación: https://uncastillo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 9
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    Certificado bancario de titularidad de cuenta, únicamente cuando no obre en poder del Ayuntamiento o se hayan producido modificaciones respecto de los datos anteriormente comunicados.
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    CIF de la entidad, únicamente cuando no obre en poder del Ayuntamiento.
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    Estatutos vigentes de la entidad, únicamente cuando no obren en poder del Ayuntamiento o hayan sido modificados.
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    Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en la legislación vigente en materia de subvenciones. Si la documentación estuviera incompleta, se concederá un plazo de diez días hábiles para su subsanación. Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la pérdida de la subvención concedida.
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    DÉCIMA. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN La instrucción del procedimiento corresponderá a los servicios municipales. Comprobada la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases y en la correspondiente convocatoria, el órgano instructor formulará propuesta de resolución. La propuesta de resolución contendrá la relación de entidades beneficiarias y la cuantía de la subvención propuesta para cada una de ellas. La resolución corresponderá a la Alcaldía. La resolución deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La falta de resolución expresa en dicho plazo tendrá efectos desestimatorios. Ayuntamiento de Uncastillo Plza. de la Villa, 22, Uncastillo. 50678 (Zaragoza). Tfno. 976679001. Fax: 976679497 Cód. Validación: Y7DRS6YTSLCEYKDERJR4R27RT Verificación: https://uncastillo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 9
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    Memoria de actuación realizada.
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    Relación clasificada de gastos e ingresos.
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    Facturas y justificantes de pago.
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    Certificado de cumplimiento de la finalidad.
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    Declaración de ayudas concurrentes. La entidad beneficiaria deberá justificar el importe de la subvención concedida y el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada. Cuando la actividad se ejecute parcialmente, la subvención se reducirá proporcionalmente. En ningún caso podrá abonarse una cuantía superior al gasto efectivamente justificado.
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    Las entidades beneficiarias de la subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones:  Realizar la actividad subvencionada y justificar adecuadamente su ejecución y pago ante el Ayuntamiento de Uncastillo, cumpliendo las condiciones establecidas en la correspondiente convocatoria  Hacer constar en toda la información, difusión o promoción de la actividad que esta está subvencionada por el Ayuntamiento de Uncastillo.  Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación relevante que afecte a la actividad subvencionada.  Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que pueda realizar el Ayuntamiento, aportando la información que sea requerida.  Declarar responsablemente que no se encuentran incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las asociaciones, entidades y fundaciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en la s Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia compe- titiva simplificada destinadas a asociaciones, entidades y fundaciones sin ánimo de lucro del municipio de Uncastillo. El cumplimiento de dichos requisitos se acreditará mediante la presentación de la documen- tación prevista en las Bases Reguladoras y, en particular, mediante la solicitud normalizada, la memoria descriptiva de las actividades, la declaración responsable correspondiente y el resto de documentación exigida en la presente convocatoria.
  • Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es la Secretaria-intervención. Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El órgano competente para resolver será Alcaldía.
  • Plazo de presentación de solicitudes y documentación Las solicitudes se formularán en el modelo normalizado que figura como anexo de la pre- sente convocatoria y se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Uncastillo. Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Uncastillo, de conformidad con lo dispuesto en el artícul o 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto d e la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.
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    Memoria descriptiva de la actividad o actividades para las que se solicita la subvención,
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    que deberá incluir:  Denominación de la actividad o programa.  Descripción de las actuaciones que se pretenden realizar.  Personas destinatarias o participantes.  Calendario o período de ejecución.  Presupuesto previsto de ingresos y gastos.  Importe de la subvención solicitada.
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    Certificado bancario de titularidad de cuenta, únicamente cuando no obre en poder del Ayuntamiento o se hayan producido modificaciones respecto de los datos anterior- mente comunicados.

Gastos y actuaciones

  • TERCERA. GASTOS NO SUBVENCIONABLES · ineligible
    No serán subvencionables:  Gastos ordinarios de funcionamiento de la entidad no vinculados directamente al proyecto.  Comidas de hermandad, celebraciones internas o gastos protocolarios.  Gastos financieros, intereses, sanciones o recargos.  Impuestos recuperables.  Gastos de asesoría jurídica o financiera.  Inversiones, obras, adquisición de inmovilizado o equipamiento inventariable.  Gastos de personal estructural de la entidad.  Premios en metálico.  Viajes turísticos o desplazamientos no vinculados directamente a la actividad.  Vestuario o equipamiento no imprescindible para el desarrollo de la actividad subvencionada.
  • TERCERA. GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    SEXTA. COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones públicas o privadas siempre que el importe total de las ayudas no supere el coste total de la actividad. Serán incompatibles con subvenciones nominativas o ayudas directas concedidas por el Ayuntamiento de Uncastillo para la misma finalidad durante la correspondiente convocatoria
  • TERCERA. GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    El reparto igualitario del crédito disponible entre todas las entidades beneficiarias admitidas.
  • TERCERA. GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    El reparto mediante criterios automáticos previamente establecidos.
  • TERCERA. GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Una combinación de ambos sistemas. En ningún caso la subvención concedida a una misma entidad podrá superar la cuantía máxima que establezca la correspondiente convocatoria, sin que pueda exceder del coste de la actividad subvencionada.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por finalidad colaborar en la financiación de actividades de carácter cultural, deportivo, social y juvenil promovidas por asociaciones, entidades y fundaciones sin ánimo de lucro del municipio de Uncastillo.