BASES REGULADORAS ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE CULTURA Y CIUDADANÍA DESTINADAS A ASOCIACIONES · 2026

Título oficial: BASES REGULADORAS ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE CULTURA Y CIUDADANÍA DESTINADAS A ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS, EJERCICIO 2026.

SERVICIO DE CIUDADANÍA Código Seguro De Verificación uOXW7JTZA0wUGlc07q7H7Q== Estado Fecha y hora Firmado Por Fernando Fernandez Figueroa Guerrero Firmado 15/10/2026 12:50:45 Casimiro Fernandez Linares Firmado 15/10/2026 12:42:39 Observaciones Página 2/21 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirma/code/uOXW7JTZA0wUGlc07q7H7Q%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES61 - ANDALUCIA. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 200.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios o en el Registro de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía.
  • Tener como objeto estatutario la defensa, información, educación, formación, asistencia y representación de sus personas asociadas como consumidoras, así como la defensa de los intereses colectivos de la ciudadanía en cuanto a su condición de personas consumidoras en general.
  • Tener domicilio social o delegación permanente en la provincia de Sevilla.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones frente a Diputación
  • Son obligaciones de las entidades beneficiarias las previstas en el
  • El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En el
  • La solicitud de subvención, debidamente cumplimentada conforme al modelo que acompaña a las presentes bases, estará firmada electrónicamente por la persona representante o apoderado de la
  • Certificado del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios o del Registro de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía relativo a la identidad de los miembros de sus órganos de gobierno y representación.
  • Acreditación del apoderamiento, en su caso.
  • Copia de los Estatutos de la entidad.
  • Certificación expedida por la persona titular de la Secretaría de la entidad solicitante acreditativa del número total de personas asociadas a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria y, en su caso, de la acreditación de que posee delegación permanente en la provincia de Sevilla.
  • Certificación bancaria acreditativa de la cuenta corriente cuya titularidad ha de corresponder a la entidad solicitante.
  • Proyecto de actuaciones, que recogerá cada actuación de forma separada, con el contenido mínimo previsto en el modelo anexo, que recoje los datos descriptivos de la actuaciones y un presupeusto desglosado.
  • Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, cualquier eventualidad o cambio en los proyectos será comunicada de forma explícita y motivada, a la mayor brevedad posible y por anticipado, salvo causas de fuerza mayor.
  • Si la solicitud presentada en plazo no reúne los requisitos exigidos se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo improrrogable de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la LPACAP y 23.5 de la LGS. Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento del procedimiento podrá instarse a la entidad solicitante a que cumplimente cualquier
  • 5 de la LGS. Undécima. Criterios de valoración de solicitudes
  • Se valorará cada proyecto por línea de subvención solicitada y de
  • Desarrollo muy bajo (la descripción de las actuaciones es deficiente e impide conocer con precisión el objeto de las mismas y/o su adecuación a las bases; no se indican los plazos ni los recursos materiales y técnicos, o estos no son coheren tes o proporcionados con las actuaciones previstas): 0-2 puntos.
  • Desarrollo bajo(no se indican los plazos o los recursos materiales y técnicos, o estos no son coherentes o proporcionados c on las actuaciones previstas): 3-4 puntos.
  • Desarrollo suficiente (se describen adecuadamente las actuaciones previstas y se indican los plazos y los recursos materiales y técnicos) : 5-6 puntos.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Sexta. Período de ejecución y gastos subvencionables. · eligible
    El período de ejecución de las actuaciones subvencionadas podrá abarcar desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de octubre de 2027.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de personal técnico contratado por la asociación para prestar servicios de consulta presencial en días fijos y en municipios donde aún no exista una Oficina Municipal de Información al Consumidor
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los · eligible
    Publicidad y difusión.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los · eligible
    Gastos de edición e impresión de materiales.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los · eligible
    Material fungible.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los · eligible
    Alquiler de espacios para realizar actividades divulgativas y formativas.
  • En particular, se considerarán gastos subvencionables los · eligible
    Servicios profesionales externos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

SERVICIO DE CIUDADANÍA Código Seguro De Verificación uOXW7JTZA0wUGlc07q7H7Q== Estado Fecha y hora Firmado Por Fernando Fernandez Figueroa Guerrero Firmado 15/10/2026 12:50:45 Casimiro Fernandez Linares Firmado 15/10/2026 12:42:39 Observaciones Página 2/21 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirma/code/uOXW7JTZA0wUGlc07q7H7Q%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).