las subvenciones a la rehabilitación de edificios en el Centro Histórico de Miranda de Ebro (Burgos).

Título oficial: Bases reguladoras de las subvenciones a la rehabilitación de edificios en el Centro Histórico de Miranda de Ebro (Burgos).

El objeto de las presentes bases es el de fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las actuaciones tendentes a la recuperación, protección y reutilización de edificios incluidos en la delimitación del Centro Histórico de Miranda de Ebro, recogidos en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Miranda de Ebro (PEPRI) de acuerdo con las características del mismo…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES41 - CASTILLA Y LEON. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €. Inicio: 21/09/2026. Plazo: Fin: 22/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar las subvenciones reguladas en estas bases tanto personas físicas como jurídicas, que acrediten debidamente su personalidad jurídica, promotoras de las obras a
  • Los propietarios de inmuebles vacíos o en régimen de arrendamiento u ocupados por ellos mismos.
  • Los arrendatarios de inmuebles que deseen acometer los trabajos de rehabilitación conservando su condición de arrendatario.
  • Cualquier persona, arrendataria o no de la finca, que desee acceder a la propiedad para proceder a su rehabilitación y ocupación posterior.
  • Las personas que deseen adquirir una vivienda construida dentro del Centro Histórico por iniciativa de un promotor privado.
  • Las personas que ostenten cualquier otro título de disfrute sobre los bienes inmuebles a rehabilitar. En aquellas actuaciones de rehabilitación en las cuales el solicitante de la ayuda no sea el titular, será precisa la presentación de la autorización de la persona propietaria, así como la declaración jurada sobre quien costeará las obras de rehabilitación.
  • Estar situado en el área delimitada por el Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Miranda de Ebro (PEPRI).
  • Que la antigüedad del edificio sea superior a 50 años.
  • Certificado del final de la obra suscrito por el facultativo o persona que las haya ejecutado, o en su defecto, declaración firmada por el beneficiario acreditando la finalización de las mismas.
  • Factura detallada emitida por el contratista encargado de la realización de las obras, en la que quede acreditado el coste real y efectivo de las obras realizadas, debiendo reunir los requisitos exigidos por la normativa aplicable.
  • Copia de la carta de pago de la liquidación definitiva girada por el Ayuntamiento de Miranda de Ebro, en concepto de Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras
  • 9.- Pago de la subvención. Comprobada por los servicios técnicos la adecuación de las obras efectivamente realizadas a las normas de estas bases y emitidos informes de cumplimiento de condiciones técnicas de la obra por parte de técnicos de la Unidad Técnica municipal correspondiente , y de certificado de existencia de crédito por parte de Intervención Municipal, el expediente será resuelto por la Junta de Gobierno Local.
  • 10.- El abono de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria a cuenta indicada por el beneficiario, mediante presentación de certificado bancario, en el plazo de dos meses desde la concesión definitiva mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
  • 11.- Reintegro de la subvención. El beneficiario de las ayudas económicas establecidas en estas bases, vendrá obligado a
  • Falseamiento de datos o documentación exigida para la concesión de las ayudas de referencia.
  • Haber obtenido subvención sin reunir los requisitos requeridos.
  • Incumplimiento de la finalidad de la subvención que fue concedida o de las condiciones impuestas al beneficiario con motivo de la concesión.
  • Haberse producido la concurrencia de subvenciones a que se refieren estas bases y por la cuantía del exceso obtenido sobre el coste de la actuación subvencionada.
  • El incumplimiento de cualquiera de los plazos establecidos en estas bases será causa suficiente para proceder a la denegación de la subvención solicitada y al archivo del expediente. Disposición Adicional Se faculta a la Junta de Gobierno Local para la ampliación de plazos de presentación de solicitudes en el supuesto de que, una vez finalizado el mismo, siga existiendo partida presupuestaria.
  • Que son ciertos cuantos datos figuran en esta solicitud y en los documentos que se adjuntan, que conoce las estipulaciones de las bases que regulan estas subvenciones, que cumple los requisitos señalados en las mismas y que se compromete a destinar el importe de la ayuda al objeto del proyecto indicado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de las presentes bases es el de fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las actuaciones tendentes a la recuperación, protección y reutilización de edificios incluidos en la delimitación del Centro Histórico de Miranda de Ebro, recogidos en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Centro Histórico de Miranda de Ebro (PEPRI) de acuerdo con las características del mismo. Se redactan de acuerdo a la Ordenanza Municipal General de Subvenciones del Ayuntamiento de Miranda de Ebro, publicada en el Boletín oficial de la Provincia de Burgos, nº186, de miércoles 29 de septiembre de 2021, en especial el art.7-Bases de la convocatoria. Se subvencionarán actuaciones de rehabilitación que afecten a elementos comunes de los edificios destinados a vivienda: cubiertas y acondicionamiento de fachadas (cambio de ventanas, arreglo de miradores, rejería, etc.). La actuación pública regulada en estas bases se establece como colaboración económica a fondo perdido en la financiación de las actuaciones promovidas por los agentes privados dirigidas a la rehabilitación de edificios del Centro Histórico.