Personas jurídicasES431 - Badajoz

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA A TRAVÉS DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS EN ALMENDRALEJO, TEMPORADA 25/26

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en la forma, condiciones y plazos establecidos.
  • Justificar ante este Excmo. Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos así como la realización en tiempo y forma de la actividad objeto de la subvención mediante la presentación de una memoria anual de la actividad en la que se recoja de manera específica la actividad subvencionada, así como la correspondiente cuenta justificativa.
  • Los beneficiarios harán constar expresamente y de forma claramente visible en cualquiera de los medios materiales que utilicen para la difusión de las actividades subvencionadas, que las Cód. Validación: A3942Z9ZYZ2H6MJ5YKJ724R7A Verificación: https://almendralejo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 27
  • mismas se realizan con la financiación de este Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, se aportarán fotografía acreditativas del cumplimiento de esta obligación de publicidad.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a las que sean requeridas, facilitando cuanta información sea solicitada para verificar la adecuación de los programas a los criterios generales y específicos de valoración previstos y a las de control financiero que correspondan.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como su importe y la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, para que puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Las entidades que perciban subvención del Excmo. Ayto. de Almendralejo, Concejalía de Deportes, vendrán obligadas a colaborar con la misma en la organización de sus actividades, si son requeridas para ello, así como exhibir en lugar visible del atuendo, vehículo o cualquier medio publicitario el logotipo de la Concejalía de Deportes que figura en las bases de esta normativa.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos recogidos en el Titulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Título III del Reglamento de la citada Ley.
  • Ejecutar las actividades subvencionadas en el plazo fijado en la convocatoria.
  • Que esté al corriente con la Hacienda Pública Local, Regional y Estatal, así como con la Seguridad Social. Se considerará que el solicitante está al corriente de obligaciones tributarias con la Corporación cuando no mantenga deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
  • Que no tenga ninguna subvención pendiente de justificar en los servicios de Intervención municipal del Excmo. Ayto. de Almendralejo. Se acreditará mediante una declaración responsable emitida por el responsable de la entidad, del cumplimiento de dicha circunstancia. Cód. Validación: A3942Z9ZYZ2H6MJ5YKJ724R7A Verificación: https://almendralejo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 27
  • Que la entidad tenga contratado un seguro de Responsabilidad Civil y otro de cobertura sanitaria para todos los alumno/as-deportistas. Deberán presentarse documentos acreditativos al efecto.
  • No encontrarse incursa, la entidad, en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable firmada por el representante de la Entidad.
  • DÉCIMO CUARTA.- RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES
  • IMPUESTOS. El incumplimiento total de la actividad dará lugar a la no procedencia del pago de la subvención, si el incumplimiento es parcial y se refiera a elementos no relevantes de la misma, que no hayan impedido el ejercicio de la actividad se procederá al pago proporcional de la misma. La ausencia de justificación en plazo de la actividad subvencionada, dará lugar a la no procedencia del pago de la subvención. La ausencia parcial de la justificación de la actividad subvencionada, dará lugar a la procedencia parcial del pago, siempre y cuando sin la realización de los gastos no justificados, se acredite la realización de la actividad subvencionada. No cumplir las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen corporativa de este Ayuntamiento supondrá la no procedencia del pago de la subvención. El pago fuera del plazo dispuesto, dará lugar a la no procedencia del pago de las cantidades correspondientes.
  • DÉCIMO SEXTA.- RECURSOS. Contra las presentes Bases Reguladoras, que ponen fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dicta el acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BoletínOficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
  • justification
    Fdo: (*) "Con las limitaciones previstas en el artículo 7.1 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, modificado por la Ley 11/2021, de 9 de julio (de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal , de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164 . El importe del pago en efectivo deberá ser inferior a 1.000 euros. Cód. Validación: A3942Z9ZYZ2H6MJ5YKJ724R7A Verificación: https://almendralejo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 27

Gastos y actuaciones

  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Remuneraciones del personal a cargo de la entidad, así cómo cualquier otro gasto asociado a dicha remuneración.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Material deportivo.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Desplazamientos, alojamientos y manutención de deportistas y equipos participantes.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Licencias federativas.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Organización, gestión y ayuda a competiciones que estén debidamente justificadas de acuerdo con las normas que se mencionan.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Productos farmacéuticos y botiquín.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Gastos de Asesoría.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Manutención y alojamiento de deportistas.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Servicios médicos, fisioterapia y masajista.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Imprenta y publicidad.
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    Cursos de formación relacionados con la modalidad deportiva ll) Alquiler de instalaciones deportivas
  • Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes: · eligible
    En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: a. Los gastos inventariables por tratarse esta convocatoria de subvenciones corrientes no de capital. b. Adquisición de bienes destinados a la venta. c. Tributos susceptibles de devolución para la entidad. d. Multas y recargos por prórroga o apremio impuestos por cualquier Administración Pública. e. Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. f. Gastos de procedimientos judiciales. Cód. Validación: A3942Z9ZYZ2H6MJ5YKJ724R7A Verificación: https://almendralejo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 27

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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