Personas jurídicasES431 - Badajoz

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA A TRAVÉS DE LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS EN ALMENDRALEJO

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO.

● Cerrada

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Qué necesitas

  • Las actividades deportivas objeto de subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Que los clubes y asociaciones deportivas estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura.
  • Que estén inscritos en el Registro Municipal de Entidades Deportivas del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
  • Que las actividades fomenten la práctica de la actividad física y deportiva.
  • Que la entidad solicitante disponga de los recursos necesarios para ejecutar el proyecto presentado.
  • Que los eventos se celebren entre el día 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, debiendo justificarse dentro del plazo establecido.
  • Que los eventos se desarrollen dentro del término municipal de Almendralejo, salvo que por circunstancias excepcionales, principalmente relacionadas con la disponibilidad de instalaciones o espacios deportivos, no sea posible su celebración en la localidad.
  • Alquiler de instalaciones deportivas, espacios, equipamientos, material deportivo, transporte de equipamientos y cualquier otro material técnico necesario para la organización del evento.
  • Trofeos y premios en especie.
  • Seguros necesarios para la actividad.
  • Desplazamientos, alojamientos y manutención de deportistas y equipos participantes.
  • Servicios médicos, fisioterapia y masajista.
  • Productos farmacéuticos y material de botiquín.
  • Imprenta, publicidad y promoción del evento.
  • Servicios de seguridad y vigilancia. Cód. Validación: 92FJ3JPJXFTFRM94TNFTK42WE Verificación: https://almendralejo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 28
  • Los gastos inventariables, al tratarse de subvenciones destinadas a gastos corrientes y no de capital.
  • La adquisición de bienes destinados a la venta.
  • Tributos susceptibles de devolución o compensación para la entidad beneficiaria.
  • Multas, recargos e intereses derivados de procedimientos sancionadores o de apremio.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas o penales.

Gastos y actuaciones

  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Jueces y árbitros.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Alquiler de instalaciones deportivas, espacios, equipamientos, material deportivo, transporte de equipamientos y cualquier otro material técnico necesario para la organización del evento.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Material deportivo.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Trofeos y premios en especie.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Premios en metálico.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Seguros necesarios para la actividad.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Desplazamientos, alojamientos y manutención de deportistas y equipos participantes.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Servicios médicos, fisioterapia y masajista.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Productos farmacéuticos y material de botiquín.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Imprenta, publicidad y promoción del evento.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Servicios de seguridad y vigilancia. Cód. Validación: 92FJ3JPJXFTFRM94TNFTK42WE Verificación: https://almendralejo.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 28
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos inventariables, al tratarse de subvenciones destinadas a gastos corrientes y no de capital.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    La adquisición de bienes destinados a la venta.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Tributos susceptibles de devolución o compensación para la entidad beneficiaria.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Multas, recargos e intereses derivados de procedimientos sancionadores o de apremio.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas o penales.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Gastos derivados de procedimientos judiciales.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, acreditativa de que la misma no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (Anexo III).
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local, así como frente a la Seguridad Social, o documento acreditativo de la exención cuando proceda.
  • No serán gastos subvencionables: · ineligible
    Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura