Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2026/2027 y para gastos de desplazamientos para estudiantes de ciclos medio o superior y estudiantes de grados universitarios

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES111 - A Coruña. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SOMOZAS, AS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Presentar debidamente cubierta la documentación requerida en el plazo señalado.
  • Justificar ante el Ayuntamiento de As Somozas el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones, así como la finalidad que determine la concesión de la subvención.
  • No tener pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de As Somozas.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos municipales, proporcionando c uanta información les sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Proceder al reintegro de los fondos públicos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LXS.
  • Que las/los menores de 16 a ños estén debidamente escolarizados y no hayan abierto expedientes por absentismo escolar. (El Ayuntamiento puede requerir a los solicitantes que justifiquen este punto con informes o certificados del centro educativo)
  • La instrucción del procedimiento le corresponderá a la Comisión Evaluadora, que estará constituida por el Alcalde, o concejal en quien delegue, que actuará como presidente; la/el Secretaria/el -Interventor/la o funcionario/la en quien delegue, que actuará como secretaria/ o y la Trabajadora Social o empleado público en quien delegue, que deberán evaluar las solicitudes presentadas y requerir las subsanaciones
  • Evaluadas las solicitudes, se emitirá propuesta de resolución en la que se indicará la concesión o no y la cuantía de la ayuda.
  • El alcalde resolverá sobre la concesión o denegación de las ayudas . La resolución contendrá la relación de los beneficiarios y los importes de las ayudas, así como las solicitudes desestimadas con la motivación que proceda.
  • La Resolución provisional de concesión se publicará en el Tablero de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal únicamente con el número del documento de identidad que las personas solicitantes pusieran en su solicitud, concediéndose un plazo de 10 días naturales para presentar alegato y/o emendar documentación. En este listado provisional se reflejarán todas las solicitudes: las completas, las denegadas y las pendientes de emendar documentación, advirtiendo en este último caso que, de no corregir los errores de la documentación en el plazo estipulado, quedarán denegadas.
  • La resolución definitiva que se adopte y los listados de solicitudes concedidas y denegadas serán asimismo publicadas en la misma forma que la resolución provisional. La publicación de la resolución en este pr ocedimiento sustituirá a las notificaciones personales, teniendo los mismos efectos al contar con el contenido exigido en el artículo 45 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Una vez publicada la resolución con la concesión definitiva, las familias y/o personas beneficiarias tendrán un plazo máximo de 20 días naturales para justificar las ayudas concedidas.
  • documentation
    La documentación que habrá de presentarse para la justificación es la siguiente:
  • documentation
    Relación de los gastos y facturas por importe igual o superior al conjunto de todas las ayudas concedidas, en el caso de alumnado de Educación Infantil, Primaria, ESO, FP Básica, Bachillerato (modelo en los anexos)
  • documentation
    Facturas justificativas de los gastos realizados en concepto de libros y material escolar, material fungible, mochilas, material informático, y deportivo. En la factura deberá figurar: núm. de factura, fecha de emisión, razón social, dirección, CIF de la empresa, descripción de los conceptos e importes y nombre y apellidos del cliente que deberá coincidir con la persona solicitante y beneficiaria de la ayuda. Serán admitidas facturas emitidas la partir de 1 de julio de 2026 En el caso de estudiantes de ciclos medio o superior y grados universitarios, presentarán declaración responsable de que se desplazan a sus centros educativos por sus propios medios de desplazamientos.
  • documentation
    Finalizado el plazo para la justificación, comprobada la docum entación aportada y que fue cumplido el objeto para lo cual fue concedida la ayuda, se procederá al pago.
  • documentation
    - Confidencialidad. Segundo lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el artículo 6.3.f de la Ley 13/2008, de servicios sociales de Galicia, se les garantizará a las personas usuarias de los servicios sociales el derecho "a la confidencialidad, al sigilo y al respeto con relación a sus datos personales y con su información que sea conocida por los servicios sociales en razón de su intervención profesional...".
  • documentation
    - Publicidad. El Ayuntamiento de As Somozas dará publicidad de la presente convocatoria en la BNDS, en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablero de edictos y en la web municipal. Fdo.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad