Personas físicasEstudiantes y educaciónES522 - Castellón / Castelló

EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA EL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL PRIMER CICLO (0-3 años). CURSO 2026-2027

Título oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA EL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL PRIMER CICLO (0-3 años). CURSO 2026-2027

1.El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para sufragar los gastos correspondientes al transporte del alumnado escolarizado y matriculado en la Escuela de Educación Infantil 1.º ciclo en las edades de 0 a 3 años, para el curso 2026-2027 autorizada por la Consellería de Educación del Municipio de Alcalà de Xivert, en tanto y cuanto no haya plazas disponibles de escolarización en la escuela del núcleo donde tengan ubicada su vivienda habitual, y esté empadronado en Alcalà de Xvert.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCALÀ DE XIVERT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • en las edades de 0 a 3 años, para el curso 2026-2027: A. Podrán ser objeto de subvención, los gastos correspondientes al transporte del alumnado escolarizado y matriculado en la escuela infantil autorizada por la Consellería de Educación del Municipio de Alcalà de Xivert, en tanto y cuanto no haya plazas disponibles de escolarización en el del núcleo donde tengan ubicada su vivienda habitual. Podrán solicitarla los/as progenitores o representantes legales respecto del
  • Que la unidad familiar se encuentre empadronada en el Municipio de Alcalà de Xivert a la fecha de presentación de la instancia y durante todo el curso escolar o el periodo durante el cual sea beneficiario/a.
  • Estar escolarizado y matriculado en la escuela infantil autorizada por la Consellería de Educación del Municipio de Alcalà de Xivert.
  • Que la persona solicitante no concurra en ninguna circunstancia de las señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que la persona solicitante se encuentre al corriente de pago de los distintos ingresos de derecho público municipales. Únicamente, se concederá una subvención por unidad familiar. Podrá ser subvencionado con un importe máximo de 80.-€ o parte proporcional según la asistencia del alumnado al centro. Ayuntamiento de Alcalà de Xivert C/ Purissima, nº 21, Alcalá de Xivert. 12570 Castellón / Castelló. Tfno. 964410301. Fax: 964410139
  • PRESUPUESTO PROTEGIBLE. Se considera presupuesto a los efectos previstos en las presentes Bases, el coste real derivado del transporte del alumnado escolarizado y matriculado en la Escuela de Educación Infantil 1.º ciclo en las edades de 0 a 3 años, para el curso 2026-2027 en tanto y cuanto no haya plazas disponibles de escolarización en la escuela del núcleo donde tengan ubicada su vivienda habitual.
  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA Y PRIORIZACIÓN. La subvención prevista en la presente convocatoria se financiará con cargo a la Aplicación Presupuestaria 326-480.01 “Ayudas al Servicio de Guardería” de Alcalà de Xivert, del ejercicio corriente y con un importe inicial de 2.500.-€. Esta cantidad prevista podrá ser incrementada o disminuida previo acuerdo de la Junta de Gobierno Local en función de las disponibilidades de la partida. La concesión de las ayudas estará condicionada a las cuantías aprobadas, priorizándose siempre las solicitudes según fecha de registro de entrada.
  • Cumplir con los requisitos regulados en las presentes bases.
  • Criterio de orden de registro general de entrada de presentación de la solicitud para la concesión de ayudas, hasta agotar el límite presupuestario, en su caso.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención de este.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
  • Comunicar al Ayuntamiento la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención.
  • Acreditar, con anterioridad al cobro de la subvención, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias municipales.
  • Asistir a la escuela infantil autorizada por la Consellería de Educación del Municipio de Alcalà de Xivert en la modalidad de jornada completa o media jornada. Ayuntamiento de Alcalà de Xivert C/ Purissima, nº 21, Alcalá de Xivert. 12570 Castellón / Castelló. Tfno. 964410301. Fax: 964410139
  • Presentar en las dependencias municipales durante la primera quincena del mes, el justificante de pago del precio público de la mensualidad anterior relativa a la asistencia del referido centro.
  • Facilitar al Área de Economía y Hacienda cuanta información/documentación complementaria se considere necesaria para la comprensión y evaluación de la solicitud de ayuda.
  • Notificar al Ayuntamiento de Alcalà de Xivert la baja del alumnado de la guardería o de la escuela infantil autorizada por la Consellería de Educación del Municipio de Alcalà de Xivert en el plazo máximo de 10 días. El Ayuntamiento podrá solicitar, en cualquier momento, el certificado de asistencia al centro del beneficiario.
  • COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES O AYUDAS.
  • Las ayudas previstas en las presentes bases serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones que puedan otorgar otras instituciones públicas con el mismo objeto y finalidad. 2 En caso de varios hermanos se deberá formalizar en la misma solicitud, correspondiendo la concesión de una única subvención por unidad familiar.
  • Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en estas bases, deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Alcalá de Xivert, sito en la calle Purissima, 21, o en la Av.Valencia, 66 de Alcossebre, o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y se presentarán en el modelo normalizado de instancia. (Anexo I de estas Bases).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para sufragar los gastos correspondientes al transporte del alumnado escolarizado y matriculado en la Escuela de Educación Infantil 1.º ciclo en las edades de 0 a 3 años, para el curso 2026-2027 autorizada por la Consellería de Educación del Municipio de Alcalà de Xivert, en tanto y cuanto no haya plazas disponibles de escolarización en la escuela del núcleo donde tengan ubicada su vivienda habitual, y esté empadronado en Alcalà de Xvert.