Personas jurídicasES613 - Córdoba

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA VERBENAS POPULARES DEL AÑO 2026 DE LA DELEGACIÓN DE FIESTAS Y TRADICIONES.

Las presentes bases, tienen por objeto regular, con carácter general, el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de sub venciones, en concurrencia competitiva, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos, cuya finalidad sea la organización de Verbenas Populares en el mar co del PROGRAMA MUNICIPAL DE VERBENAS POPULARES 2026, en el periodo comprendido e ntre el 1 de junio y el 12 de octubre de 2026 (ambos inclusive), pudiéndose subvencionar verbenas ya realizadas.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Para la admisión a este procedimiento, las Verbenas Populares deberán cumplir con
  • Que sea una propuesta abierta a la ciudadanía cor dobesa y, de forma específica, al vecindario de su área de influencia.
  • Que su duración no sea superior a cuatro días.
  • Que sirvan para crear dinámicas de participación en las asociaciones y en las entidades que las organizan.
  • Que no se desarrollen en lugares del Casco Histór ico en los que se hayan celebrado o se vayan a celebrar dos o más eventos d el Calendario de Fiestas Populares a lo largo del año, al objeto de no sobre cargar ningún espacio perturbando el descanso vecinal.
  • Que los ingresos que se generen con la organizaci ón de estos eventos redunden en beneficio de la propia asociación, en p royectos sociales o actividades socio-culturales para su comunidad.
  • En el caso de verbenas que ya se hayan celebrado o se vayan a celebrar en la vía pública, deberán contar con la correspondiente autorización municipal de ocupación de vía pública.
  • En el caso de verbenas que ya se hayan celebrado o se vayan a celebrar en recintos privados deberán contar con los permisos y licencias oportunas y cumplir con las medidas de seguridad para el desarr ollo de la actividad. Las entidades presentarán declaración responsable sobre esta cuestión, según modelo Anexo 3.
  • En el supuesto de concurrir dos o más solicitudes en el mismo lugar de celebración o en ubicaciones muy próximas, se atend erá según la fecha de presentación en el registro. La entidad cuya solici tud sea rechazada podrá, en el plazo no superior a cinco días naturales, propon er mediante escrito al Departamento de Ferias y Festejos otra ubicación, v alorándose su viabilidad por el servicio gestor.
  • En el supuesto de que se solicite un mismo espaci o por dos verbenas durante fines de semana consecutivos, se atenderá según la fecha de presentación en el registro. La entidad cuya solicitud sea rechazad a podrá, en el plazo no superior a cinco días naturales, proponer mediante escrito al Departamento de Ferias y Festejos otra ubicación o fecha, valorándo se su viabilidad por el servicio gestor. En este último caso sólo se podrá prestar una nueva ubicación alternativa.
  • Como máximo se permitirán dos verbenas por distri to en un mismo fin de semana. Para la elección se tendrá en cuenta le fec ha de presentación en registro. El resto podrá proponer, en el plazo no superior a cinco días, naturales y mediante escrito al Departamento de Ferias y Fest ejos, nueva ubicación y/o fecha de celebración, valorándose su viabilidad por el servicio gestor. En este último caso sólo se podrá prestar una nueva ubicación alternativa. Serán excluidas de esta convocatoria las siguientes ac tividades y conceptos
  • Las que sean o puedan ser objeto de otra convocat oria municipal.
  • Las que atenten contra los valores universales co mo la paz, la solidaridad, la igualdad de género, el respeto al medio ambiente, la interculturalidad, etc.
  • Las actividades con ánimo de lucro personal.
  • Las que no respondan al objeto de esta convocator ia.
  • Las actividades cerradas o que pretendan el disfr ute exclusivo del colectivo solicitante. Plaza de Orive, 2 – CÓRDOBA 14071 - 2 Telef: 957 485 001 / Fax: 957 497 888 – Código RAEL JA01140214
  • La solicitud de subvención, con arreglo a esta Co nvocatoria, de una Federación de asociaciones excluirá la de sus integrantes por separado y viceversa.
  • Aquellas que ya se hayan celebrado y no han conta do con la autorización municipal de ocupación de vía pública, en el caso de ser necesaria.
  • La solicitud se presentará mediante instancia gener al a través del punto de acceso general en la siguiente URL: https://sede.cordoba.es, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma el ectrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicam ente según los Anexos de estas Bases seleccionando como Unidad Organizativa destinataria: LA0016646- PROMOCIÓN- FERIAS Y FESTEJOS, y haciendo referencia en el apartado 4. SOLICITUD- Asunto: CONVOCATORIA VERBENAS POPULARES 2026. También se podrán presentar en cualquiera de los lu gares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimient o Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de presentar la solicitud en Administración distinta, el/la interesado/a, al objeto de agilizar el proceso, deberá comunicarlo v ía correo electrónico al Departamento de Ferias y Festejos (feriasyfestejos@ayuncordoba.es)
  • Las entidades interesadas deberán de presentar la siguiente documentación:

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Las presentes bases, tienen por objeto regular, con carácter general, el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de sub venciones, en concurrencia competitiva, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos, cuya finalidad sea la organización de Verbenas Populares en el mar co del PROGRAMA MUNICIPAL DE VERBENAS POPULARES 2026, en el periodo comprendido e ntre el 1 de junio y el 12 de octubre de 2026 (ambos inclusive), pudiéndose subvencionar verbenas ya realizadas.